Número de Expediente 2914/06
N° | Origen | Tipo | Extracto |
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2914/06 | Senado De La Nación | Proyecto De Comunicación | MORALES : PROYECTO DE COMUNICACION SOLICITANDO INFORMES SOBRE EL SUPERAVIT DE LA ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL ( ANSES ) . |
Listado de Autores |
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Morales
, Gerardo Rubén
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Fechas en Dir. Mesa de Entradas
MESA DE ENTRADAS | DADO CUENTA | Nº DE D.A.E. |
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17-08-2006 | 30-08-2006 | 132/2006 Tipo: NORMAL |
Fecha de Ingreso a Dir. Gral. de Comisiones
DIR. GRAL. de COMISIONES | INGRESO DEL DICTAMEN A LA MESA DE ENTRADAS |
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22-08-2006 | 07-11-2006 |
Giros del Expediente a Comisiones
COMISIÓN | FECHA DE INGRESO | FECHA DE EGRESO |
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DE TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL
ORDEN DE GIRO: 1 |
23-08-2006 | 07-11-2006 |
ENVIADO AL ARCHIVO : 08-01-2007
Resoluciones
SENADO |
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FECHA DE SANCION: 22-11-2006 |
SANCION: APROBO |
COMENTARIO: |
NOTA: |
Órdenes del Día
NÚMERO | DE FECHA | ESTADO | ANEXO |
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1155/06 | 09-11-2006 | APROBADA |
PRESIDENCIA/OFICIALES VARIOS
ORIGEN | TIPO | NUMERO | FECHA | AR |
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PE | RP | 436/08 | 15-01-2009 |
En proceso de carga
Senado de la Nación
Secretaría Parlamentaria
Dirección Publicaciones
(S-2914/06)
PROYECTO DE COMUNICACION
El Senado de la Nación
Vería con agrado que el Poder Ejecutivo nacional, a través del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, informe sobre el superávit de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES), con particular detalle en:
Monto;
Origen;
Proyección;
Destino e inversión;
Disponibilidad.
Gerardo R. Morales.
FUNDAMENTOS
Señor Presidente:
A criterio de la Corte Suprema de Justicia, la norma constitucional referida a la movilidad de las jubilaciones y pensiones, demanda el establecimiento de un sistema o mecanismo especial para hacer efectiva dicha exigencia a fin de garantizar la protección especial de la Ley Fundamental a los derechos sociales.
En la reciente causa ¿Badaro, Adolfo Valentín c/ ANSES s/ reajustes varios¿ la Corte Suprema de Justicia ha sostenido que la ¿cláusula constitucional sobre la movilidad jubilatoria debía resguardarse legislando sobre el punto¿, ya que ¿no debe obviarse que los cambios en las condiciones de hecho producidos desde el año 2002, trajeron aparejadas variaciones importantes en cualquiera de los indicadores que pueden utilizarse para analizar el mantenimiento o disminución en el nivel de vida del jubilado, y que desde el año 2003 se consolidó un proceso de recuperación de las variables salariales¿.
Efectivamente, como sostiene la Corte, fruto del proceso de recuperación de las variables salariales, y como consecuencia de la ausencia de la efectiva movilidad pertinente de las jubilaciones y pensiones, se ha producido en la órbita de la Administración Nacional de la Seguridad Social, un superávit fiscal.
Sobre dicho superávit se solicita la información pertinente mediante el presente proyecto de comunicación todo lo cual permitirá evaluar la respuesta de fondo que demanda la Corte Suprema de Justicia y encaminarnos a partir de dicha información a otorgar seguridad jurídica y garantías suficientes a los beneficiarios de la disposición constitucional que establece el principio de movilidad de los haberes jubilatorios y pensiones.
Por todo lo expuesto, solicito a mis pares que me acompañen en la sanción del presente proyecto de comunicación.
Gerardo R. Morales.