Número de Expediente 29/07
N° | Origen | Tipo | Extracto |
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29/07 | Senado De La Nación | Proyecto De Comunicación | MAZA : PROYECTO DE COMUNICACION SOLICITANDO SE PRORROGUE POR EL TERMINO DE UN AÑO A PARTIR DEL 30 DE ABRIL DEL CTE. AÑO LA VIGENCIA DE LA LEY 25994 ( JUBILACION ANTICIPADA ) . |
Listado de Autores |
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Maza
, Ada Mercedes
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Fechas en Dir. Mesa de Entradas
MESA DE ENTRADAS | DADO CUENTA | Nº DE D.A.E. |
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01-03-2007 | 14-03-2007 | 2/2007 Tipo: NORMAL |
Fecha de Ingreso a Dir. Gral. de Comisiones
DIR. GRAL. de COMISIONES | INGRESO DEL DICTAMEN A LA MESA DE ENTRADAS |
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05-03-2007 | 24-08-2007 |
Giros del Expediente a Comisiones
COMISIÓN | FECHA DE INGRESO | FECHA DE EGRESO |
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DE TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL
ORDEN DE GIRO: 1 |
05-03-2007 | 24-08-2007 |
ENVIADO AL ARCHIVO : 05-02-2008
Resoluciones
SENADO |
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FECHA DE SANCION: 07-11-2007 |
SANCION: APROBO |
COMENTARIO: |
NOTA: |
OBSERVACIONES |
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PRESENTACION DEL DICTAMEN POR ART. 101 DEL REGLAMENTO DEL H. SENADO |
Órdenes del Día
NÚMERO | DE FECHA | ESTADO | ANEXO |
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700/07 | 28-08-2007 | APROBADA |
En proceso de carga
Senado de la Nación
Secretaría Parlamentaria
Dirección Publicaciones
(S-29/07)
PROYECTO DE COMUNICACION
El Senado de la Nación
" Solicitar al Poder Ejecutivo, prorrogue nuevamente la vigencia de la Ley 25.994, por 360 días a partir del 30 de Abril del Cte. Año (Decreto 1451/06), conforme lo prescribe el articulo 4º de la mencionada norma".
Ada Maza.-
FUNDAMENTOS
Señor Presidente:
Este Congreso aprobó con todo acierto la ley numero 25.994 ley de prestación anticipada el 16 de Diciembre del año 2004.
Por este instrumento legal se beneficiaron miles de argentinos que durante muchos años de nuestra historia fueron víctimas de practicas laborales desfavorables como las desarrolladas al amparo de normas de flexibilización laboral, trabajo informal, evasión, que a la postre han repercutido negativamente al momento de procurar la ansiada obtención de un beneficio jubilatorio. En otras palabras fueron también víctimas de verdaderas situaciones de desamparo llevadas a cabo por el Estado, durante décadas anteriores.
Es así que la función de este gobierno actualmente se apoya en la redistribución equitativa de la riqueza obedeciendo a principios de solidaridad social, compatibles con el crecimiento de la economía nacional y los principios generales del derecho.
Cabe destacar el gran impacto positivo que tuvo en nuestra sociedad esta medida de política Previsional tanto que hasta la fecha han obtenido su beneficio jubilatorio 850.000 beneficiarios aproximadamente.
Si bien Sr. Presidente se ha logrado la incorporación masiva de gran parte de la clase pasiva luego del periodo fijado a tal fin, corresponde todavía circunscribir el acceso al sistema de una parte de la población que por ignorancia, escaso acceso a la información, o tienen pendientes tramites de documentación requerida, razones de distancia (residencia en lugares inhóspitos), razones de salud etc., no han podido todavía lamentablemente acogerse a dicho beneficio. Demás esta decir que son tramites que llevan su determinado tiempo razón por la cual se solicita esta ampliación del plazo.
Sabemos no obstante que el Decreto Nº 1451/06 (B.O. 23/10/2006) prorroga la vigencia de la ley mencionada hasta el 30 de Abril del 2007 inclusive.
Este instrumento legal creemos que fue muy acertado pero pensamos que se hace necesario dictar un nuevo Decreto por un tiempo razonable que amplíe aún mas este plazo.
No debemos olvidar que el espíritu que anima al todo el Derecho Previsional es amplio, tan amplio como que nace de uno de los tres postulados fundamentales de la revolución francesa cual es el de la "Fraternidad".
Ada Maza.-