Número de Expediente 2878/05

Origen Tipo Extracto
2878/05 Senado De La Nación Proyecto De Ley FALCO : PROYECTO DE LEY ASIGNANDO UNA PARTIDA PRESUPUESTARIA PARA LA CONSTRUCCION DEL CENTRO DE CONGRESOS Y CONVENCIONES DE SAN CARLOS DE BARILOCHE .
Listado de Autores
Falco , Luis

Fechas en Dir. Mesa de Entradas

MESA DE ENTRADAS DADO CUENTA Nº DE D.A.E.
07-09-2005 21-09-2005 142/2005 Tipo: NORMAL

Fecha de Ingreso a Dir. Gral. de Comisiones

DIR. GRAL. de COMISIONES INGRESO DEL DICTAMEN A LA MESA DE ENTRADAS
12-09-2005 SIN FECHA

Giros del Expediente a Comisiones

COMISIÓN FECHA DE INGRESO FECHA DE EGRESO
DE PRESUPUESTO Y HACIENDA
ORDEN DE GIRO: 1
12-09-2005 28-02-2007
DE INFRAESTRUCTURA, VIVIENDA Y TRANSPORTE
ORDEN DE GIRO: 2
12-09-2005 28-02-2007

EL EXPEDIENTE CADUCO EL 28-02-2007

ENVIADO AL ARCHIVO : 17-03-2007

En proceso de carga


Senado de la Nación
Secretaría Parlamentaria
Dirección Publicaciones

(S-2878/05)

PROYECTO DE LEY

El Senado y Cámara de Diputados,...


Artículo 1°.- Asígnase al Ente Mixto de Promoción del Centro de Congresos y Convenciones de San Carlos de Bariloche (EMPROCENTRO), creado por Ley Provincial de Río Negro Nº 3.334, una partida de $ 12.000.000 (pesos doce millones), con el objetivo de construir el Centro de Congresos y Convenciones en la localidad de San Carlos de Bariloche, Provincia de Río Negro.

Artículo 2°.- El monto asignado en el articulo 1° de la presente ley se imputará a las partidas del Ministerio de Planificación Federal, Inversión Publica y Servicios, correspondientes a la Ley de Presupuesto Nacional 2005.

Artículo 3°.- Será Autoridad de Aplicación de la presente ley el Ministerio de Planificación Federal, Inversión Publica y Servicios, quien podrá en el ámbito de su órbita reasignar los fondos que sean necesarios, a los efectos de cumplir con el articulo 1° de la presente ley.

Artículo 4°.- La Autoridad de Aplicación dispondrá de amplias facultades para controlar y fiscalizar lo actuado por el EMPROCENTRO a partir de la sanción de la presente ley, como así también de los estudios de prefactibilidad, desarrollo y ejecución del Centro de Congresos y Convenciones, que se realizará en la localidad de San Carlos de Bariloche, provincia de Río Negro, en virtud de lo estipulado en la presente ley.

Artículo 5°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

Luis A. Falcó.

FUNDAMENTOS

Señor presidente:

Creado por Ley Provincial de Río Negro Nº 3.334, el Ente Mixto de Promoción del Centro de Convenciones de San Carlos de Bariloche (EMPROCENTRO) tiene por objeto poder lograr cristalizar esta obra fundamental para el desarrollo turístico de la ciudad y todo el corredor de los lagos. Una vez seleccionado el emplazamiento en la Zona del Puerto San Carlos, frente al Centro Cívico de la ciudad, se concursó el anteproyecto con la participación activa de destacados profesionales especialistas en la materia.

El proyecto elegido fue valuado como una brillante resolución en cuanto a la integración e implantación del conjunto edilicio, asimismo la relación del Centro de Convenciones con la costa permite al visitante llegar a la playa y al Puerto de San Carlos en forma paulatina y armónica. Cabe destacar que la circulación vehicular propuesta en el proyecto de construcción es generosa, ya que utiliza parte del predio para resolver los conflictos que pudiera generar una afluencia masiva de vehículos al Centro Cultural y de Eventos, al mismo tiempo que resolverá problemas hoy vigentes, como la velocidad. La solución que se la da al estacionamiento dividido en dos playa permite adaptar cualquiera de ellas a otros usos y al mismo tiempo hace desaparecer la imagen de las playas de estacionamiento que hoy presenta la ciudad, que obstruyen la visual hacia el lago con la presencia de vehículos de gran porte y casas rodantes.

Es de destacar que el Código Urbano de la Municipalidad de San Carlos de Bariloche establece para este caso el Rango de Tratamiento III porque necesita de normas urbanísticas especiales por ser un emprendimiento de trascendencia importante, y que la tramitación del mismo requiere de la intervención del Consejo de Planificación Municipal, que ya se manifestó en forma favorable al proyecto bajo Dictamen Nº 5-2000, (se adjunta en el anexo del presente proyecto) estableciendo los parámetros a ser cumplidos y poder ser expuestos ante los miembros consultivos de la ciudad y de la ciudadanía a través de audiencias públicas.

Señor presidente, debe considerarse en primer lugar que no existen actualmente en la Argentina centros de congresos y convenciones de las características del que se esta proyectando para Bariloche. Este hecho determina que no se pueda contar con parámetros locales de comparación o de validación de numerosas variables y supuestos utilizados en nuestro análisis, y que demuestran sin lugar a dudas la necesidad de contar con un centro de tales características. Tal como se detalla en el Informe del Estudio del Mercado, la actividad actual de eventos en la Argentina se lleva a cabo principalmente en instalaciones que hacen parte integral de hoteles, lo que lleva a la imposibilidad de discriminar dicha actividad específica de las demás actividades y centros de costos y utilidades de un hotel.

Desde la óptica de la demanda, existe un potencial para el desarrollo futuro de la actividad de congresos y convenciones en San Carlos de Bariloche, que sin lugar a dudas traerá innumerables beneficios turísticos y económicos, no solo para la ciudad, sino para toda la región patagónica.

De la investigación del mercado surge claramente que Bariloche posee una fuerte imagen entre las empresas y las entidades en nuestro país y también en el resto del mundo, lo que hace que pueda ser considerado como destino de eventos nacionales o internacionales. Además, esta actividad puede potencialmente, y en forma gradual, generar un flujo importante de viajeros a la ciudad, con todos los beneficios secundarios que ello implica para la economía regional y local. Es esencial destacar, sin embargo, que este potencial solamente podrá alcanzarse en la medida que se logren las mejoras en aspectos que actualmente limitan la actividad, tales como costos y facilidad de accesos, y que se utilice una estrategia de promoción en la Argentina y en el exterior.

De acuerdo con los requisitos de la demanda proyectada para los primeros diez años de operación del CCyC, se definió una configuración preliminar para el proyecto, que incluye las áreas dedicadas a la actividad de eventos, así como todas las áreas complementarias que hacen al funcionamiento integral del mismo:
- El área dedicada a Congresos y Convenciones tendría una superficie total de 2.700 m2, de los cuales 1.600 m2 abarcan los diferentes salones.
- La superficie total recomendada del terreno sería de aproximadamente 54.000 m2, de los cuales 11.000 m2 corresponden al edificio, 7.000 m2 al estacionamiento y el resto a la superficie periférica (dimensionada contemplando futuras ampliaciones)
- Cabe destacar, sin embargo, que la superficie mínima requerida para la configuración inicial del CCyC estaría en el orden de los 20.000 m2
- Esta configuración del CCyC implicaría una inversión estimada de $ 11.300.000, basada en una construcción sobre un terreno plano.

Creemos que el primer paso implica la definición dentro del ámbito Nacional, respecto de la decisión de seguir adelante con el proyecto, ya que tanto la Provincia de Río Negro como el Municipio de San Carlos de Bariloche consideran primordial la realización del mismo. Esta decisión debe tomarse en función de los resultados del Estudio de Prefactibilidad, que ha analizando las inversiones necesarias y los beneficios que podría obtener el Sector Público a partir de la construcción de un Centro de Congresos y Convenciones en Bariloche. Sin lugar a dudas, dicho estudio es por demás auspicioso y, por tales motivos, creemos sumamente necesario que el Estado Nacional asigne al Ente Mixto de Promoción del Centro de Congresos y Convenciones de San Carlos de Bariloche (EMPROCENTRO), creado por Ley Provincial de Río Negro Nº 3.334, una partida de $ 12.000.000 en el Presupuesto Nacional 2004, correspondiente al Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios para la construcción del mencionado emprendimiento.
Por los motivos expuestos, y teniendo como objetivo y fin primordial el del desarrollo del turismo y las economías regionales de nuestro país, es que solicito a mis pares los Señores Legisladores, la aprobación del presente Proyecto de Ley.

Luis A. Falcó.



(*) Nota: se adjunta al presente proyecto de Ley los siguientes anexos en treinta y una (31) fojas:

- Informe del EMPROCENTRO
- Nota del ex Secretario de Turismo de la Nación Ing. Hernán Lombardi.
- Nota del Presidente de la Legislatura de Río Negro Ing. Bautista Mendioroz.
- 2 Notas del ex Intendente de San Carlos de Bariloche Dr. Atilio Feudal.
- Dictamen Nº 5-2000 de la Unidad Coordinadora del Consejo de Planificación Municipal.


(*) A disposición de los Sres. Senadores en el Expediente original.