Número de Expediente 2844/03

Origen Tipo Extracto
2844/03 Senado De La Nación Proyecto De Resolución CURLETTI :PROYECTO DE RESOLUCION REQUIRIENDO A LA CAMARA DE DIPUTADOS INCLUIR EN EL PRESUPUESTO 2004 NORMAS QUE HACEN A LA AUTARQUIA DEL INTA .-
Listado de Autores
Curletti , Mirian Belén

Fechas en Dir. Mesa de Entradas

MESA DE ENTRADAS DADO CUENTA Nº DE D.A.E.
07-11-2003 19-11-2003 166/2003 Tipo: NORMAL

Fecha de Ingreso a Dir. Gral. de Comisiones

DIR. GRAL. de COMISIONES INGRESO DEL DICTAMEN A LA MESA DE ENTRADAS
07-11-2003 SIN FECHA

Giros del Expediente a Comisiones

COMISIÓN FECHA DE INGRESO FECHA DE EGRESO
DE PRESUPUESTO Y HACIENDA
ORDEN DE GIRO: 1
10-11-2003 28-02-2005

EL EXPEDIENTE CADUCO EL 28-02-2005

ENVIADO AL ARCHIVO : 06-09-2005

En proceso de carga
Senado de la Nación
Secretaría Parlamentaria
Dirección Publicaciones

(S-2844/03)

PROYECTO DE RESOLUCIÓN

El Senado de la Nación,

RESUELVE:

Dirigirse a la H. Cámara de Diputados de la Nación solicitando
se incluya en el Proyecto de Ley del Presupuesto para el año 2004, al
Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria (INTA), en los siguientes
ítems:

1) La inclusión como organismo perteneciente al Artículo 8°, Inciso c)
de la Ley N° 24.156 de "Administración Financiera y Sistemas de Control
del Sector Público Nacional";
2) El reconocimiento del gravamen fijado por la Ley 25.641 (0,5% de las
importaciones) y la apertura de una cuenta corriente a nombre del INTA
para el propio manejo de sus recursos (extra CUT-Cuenta Única del
Tesoro).

Miriam Curletti.-
FUNDAMENTOS

Señor Presidente:

El Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria (INTA) ha sido a
través de la historia un organismo autárquico que lleva a cabo la
investigación y el desarrollo de nuevas tecnologías, herramienta útil y
eficaz para lograr un crecimiento sostenido en la economía nacional
basado en el desarrollo científico y tecnológico del sector
agropecuario, agroindustrial y agroalimentario.

Desde el dictado de la Ley 25.641 que restituyó la autarquía al INTA,
no se ha llevado a cabo el efectivo cumplimiento de lo que esta norma
dispone.

Atento a que esta Ley 25.641 asigna al organismo las 4 características
mencionadas en la Ley de Administración Financiera, Ley 24.156 para los
organismos incluidos en el Artículo 8° Inc. c) que dispone "Las
disposiciones de esta ley serán de aplicación en todo el Sector Público
Nacional, el que a tal efecto está integrado por Entes Públicos
excluidos expresamente de la Administración Nacional, que abarca a
cualquier organización estatal no empresarial, con autarquía
financiera, personalidad jurídica y patrimonio propio, donde el Estado
Nacional tenga control mayoritario del patrimonio o de la formación de
las decisiones, incluyendo aquellas entidades públicas no estatales
donde el Estado Nacional tenga el control de las decisiones"; se
requiere que el INTA sea tratado como tal y de esta manera poder hacer
uso pleno de las facultades y atribuciones conferidas.

Los últimos años nos permiten apreciar una considerable disminución de
los niveles presupuestarios asignados en el Presupuesto Nacional para
dicho Instituto, lo que ha puesto seriamente en riesgo la continuidad
de los proyectos más importantes del organismo y la permanencia en la
institución de los científicos que lo llevan adelante, llegando el
instituto a una instancia en la que claramente se vulneran los
principios legales que sustentaron un financiamiento regular y genuino.

Los ingresos que le corresponden al Instituto se originan en un
gravamen colocado a las importaciones, el que ha sido reducido del 0,5%
al 0,4% en la Ley N° 25.725 de Presupuesto Nacional correspondiente al
periodo 2003, afectando de esta manera seriamente los ingresos del
Instituto. Por tal motivo solicitamos que se reconozca el gravamen
fijado por la Ley 25.641 que asigna una tasa del 0,5% de las
importaciones.

Asimismo se solicita la apertura de una cuenta corriente a nombre del
INTA (extra CUT- Cuenta Única del Tesoro) para que el Instituto
recupere su autarquía financiera y realice de forma autónoma el
gerenciamiento de sus recursos y la planificación del uso de los
mismos, en una correcta aplicación de la Ley 25.641.

Convencidos de la necesidad de revalorizar los organismos que
desarrollan la Ciencia y Tecnología y poder así hacer realidad el
proyecto de un país que crezca y se desarrolle, y por las razones
anteriormente expuestas, solicitamos Señor Presidente, la aprobación
del presente Proyecto de Resolución.

Miriam Curletti.-