Número de Expediente 2833/05
N° | Origen | Tipo | Extracto |
---|---|---|---|
2833/05 | Senado De La Nación | Proyecto De Resolución | CAFIERO Y MORALES : PROYECTO DE RESOLUCION CREANDO LA COMISION BICAMERAL DE POLITICAS Y PROGRAMAS SOCIALES . |
Listado de Autores |
---|
Cafiero
, Antonio Francisco
|
Morales
, Gerardo Rubén
|
Fechas en Dir. Mesa de Entradas
MESA DE ENTRADAS | DADO CUENTA | Nº DE D.A.E. |
---|---|---|
05-09-2005 | 21-09-2005 | 140/2005 Tipo: NORMAL |
Fecha de Ingreso a Dir. Gral. de Comisiones
DIR. GRAL. de COMISIONES | INGRESO DEL DICTAMEN A LA MESA DE ENTRADAS |
---|---|
12-09-2005 | SIN FECHA |
Giros del Expediente a Comisiones
COMISIÓN | FECHA DE INGRESO | FECHA DE EGRESO |
---|---|---|
DE ASUNTOS CONSTITUCIONALES
ORDEN DE GIRO: 1 |
12-09-2005 | 28-02-2007 |
EL EXPEDIENTE CADUCO EL 28-02-2007
ENVIADO AL ARCHIVO : 26-03-2007
En proceso de carga
Senado de la Nación
Secretaría Parlamentaria
Dirección Publicaciones
(S-2833/05)
PROYECTO DE RESOLUCION
El Senado de la Nación
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º - Créase, en el ámbito del Congreso de la Nación, la Comisión Bicameral de Políticas y Programas Sociales, integrada por 12 (doce) miembros: 6 (seis) designados por la Honorable Cámara de Diputados de la Nación y 6 (seis) designados por el Honorable Senado de la Nación, cuyos mandatos durarán hasta la próxima renovación de la Cámara a la que pertenezcan y serán elegidos simultáneamente en igual forma que los miembros de las Comisiones permanentes.
Anualmente la Comisión elegirá un presidente, un vicepresidente y un secretario que pueden ser reelectos. Mientras estas designaciones no se realicen, ejercerán los cargos el primero, segundo y tercer vocal nombrados, respectivamente.
La Comisión contará con el personal administrativo y técnico que establezca el presupuesto general y estará investida con las facultades que ambas Cámaras delegan en sus comisiones permanentes y especiales.
ARTÍCULO 2º - La Comisión Bicameral tiene como objetivos esenciales de su acción, propender al: 1) fortalecimiento de la función pública social, 2) sostenimiento de las premisas de eficiencia y efectividad en la gestión de las políticas públicas, 3) transparencia en la utilización de los recursos, 4) democratización de la información, 5) integralidad de las acciones, 6) priorización hacia el mejoramiento de las condiciones de vida de la población en situación de pobreza y vulnerabilidad social.
Artículo 3º - Compete a la Comisión Bicameral recabar y recibir del Poder Ejecutivo de la Nación, de sus Ministerios y demás dependencias, como así también de los diversos organismos y estamentos del Estado Nacional, toda la información necesaria para el seguimiento y control de las Políticas y Programas Sociales implementados por la Nación; verificar las asignaciones de las partidas presupuestarias destinadas a programas sociales del Presupuesto Nacional y relevar las acciones que, en el marco de los diversos Programas Sociales Nacionales, se ejecutan desde el nivel central del Estado Nacional o en forma descentralizada a través de los Estados Provinciales y Municipales, las O.N.G. y / o cualquier otro estamento u organización social que intervenga en la implementación y ejecución de los referidos Programas, promover el debate de los proyectos de ley que contengan reformas sociales y sean considerados prioritarios para ambas Cámaras.
ARTÍCULO 4º - Son funciones y facultades de la Comisión Bicameral:
a) Determinar la metodología de información y seguimiento de los Programas.
b) Determinar los indicadores relevantes a ser evaluados en cada política y/o programa seleccionado, mediante la confección de una guía de pautas.
c) Comunicar al PEN lo resuelto en los puntos anteriores y solicitar la remisión de la información.
d) Recibir la información y realizar las evaluaciones correspondientes.
e) Remitir la evaluación al PEN y ponerla a disposición de las distintas comisiones que funcionan en el Congreso de la Nación.
f) Promover el debate y la búsqueda de consensos en aquellos proyectos que propongan reformas de las políticas sociales y que sean prioritarios para ambas Cámaras.
ARTÍCULO 5º - Para que la Comisión Bicameral pueda cumplir con sus roles y funciones corresponde se asigne a la misma una estructura propia, con asesoramiento propio y/o asesoramiento externo, de acuerdo a la reglamentación aplicable; todo lo cual se contemplará en las previsiones presupuestarias de gastos correspondientes a la Comisión Bicameral.
ARTÍCULO 6º - Corresponde al Poder Ejecutivo de la Nación, y a los funcionarios de sus Ministerios y demás dependencias, como así también de los diversos organismos y estamentos del Estado Nacional involucrados en la ejecución de las Políticas y Programas Sociales, brindar la información que le sea requerida por la Comisión Bicameral, de conformidad a la presente.
ARTÍCULO 7º - Comuníquese.
Antonio F. Cafiero.- Gerardo R. Morales.
FUNDAMENTOS
Sr. Presidente:
El mejoramiento de las condiciones de vida de la población en situación de pobreza es, en la actualidad, un tema central de la agenda del gobierno y del Estado en todos sus niveles jurisdiccionales. Los programas sociales son medios fundamentales para lograr los resultados y los impactos que ayuden a transformar la situación de dicha población: por lo tanto, es importante asegurar que la inversión social que se realiza a través de estos programas tenga un desempeño efectivo. En este sentido, la evaluación constituye una herramienta fundamental para mejorar la calidad de los bienes y servicios prestados por los programas.
La planificación y la ejecución de la política social han estado caracterizadas por una débil cultura de evaluación. Ello se manifiesta en la ausencia de requisitos metodológicos de evaluación en la planificación de los programas sociales; en limitaciones conceptuales y técnicas en el diseño de indicadores, de procedimientos y de metodologías de evaluación, y en la aplicación de la evaluación sólo en la fase inicial (ex ante) y final (ex post) de los programas, con lo que se desaprovecha la información que estos generan durante su ejecución. La concepción de la evaluación como su escasa utilización en la toma de decisiones fundamentales para la gestión de los programas son otros de los rasgos que presenta esta práctica evaluativa deficiente.
Por su parte, el Congreso de la Nación ha visto debilitado su protagonismo y vigencia como instancia decisoria en términos de la adecuada asignación de los recursos del Estado, en cuanto a la evaluación de la pertinencia y consecuencias del endeudamiento externo, y en relación a la capacidad de monitorear y garantizar que las intervenciones públicas obtengan resultados eficientes y de calidad. En la actualidad, existen actividades poco sistemáticas y desordenadas de pedidos de informes a los restantes poderes y jurisdicciones del Estado, transformándose en una actividad excesivamente burocrática e ineficiente.
Ante esta realidad, y con el objeto de contribuir al fortalecimiento de la función pública y al mejoramiento de las condiciones de vida de la población en situación de pobreza y vulnerabilidad social, se hace necesario instaurar un mecanismo de seguimiento y evaluación de Programas Sociales desde el Congreso de la Nación, a través de la creación de una Comisión Bicameral destinada a tales fines. Esta iniciativa tendrá especial impacto, entre otras cosas, en la toma de decisiones acerca de la programación y asignación presupuestaria que se realiza todos los años.
El seguimiento y evaluación deberá tener un carácter permanente y sistemático, operar como un aprendizaje institucional y procurar información relevante para la toma de decisiones por parte de los distintos responsables con la finalidad de mejorar la calidad y la eficiencia de los resultados.
Por otra parte el Congreso de la Nación recuperará vigencia y protagonismo en sus funciones, garantizando una adecuada asignación de los recursos del Estado, velando para que la financiación externa, que genera endeudamiento público, esté adecuadamente orientada y justificada, a la vez que propicia que las intervenciones públicas obtengan los resultados esperados.
Cabe destacar que el financiamiento internacional aporta una parte significativa de la ayuda social que el gobierno nacional canaliza con destino a los hogares en situación más crítica. Para el año 2004 las previsiones de ayuda externa para programas dirigidos a la población en situación de pobreza y vulnerabilidad social llegó al 20% (2.378 millones de pesos) del total de los fondos destinados a ese propósito (12.000 millones de pesos). La ayuda externa para esos programas representa, a su vez, el 5,9% del gasto social total de la Administración Pública Nacional. Ese financiamiento proviene de un conjunto de préstamos externos y, en menor medida, donaciones internacionales que, en su mayor parte, están por vencer entre este año y el año próximo. En este sentido resulta clave una definición oficial respecto a la continuidad de estos planes y programas, o en su efecto en la elaboración de una estrategia alternativa de financiamiento de manera tal que asegure la continuidad de este conjunto de acciones con fuerte impacto sobre la pobreza.
Entre las principales acciones financiadas se encuentran distintas políticas tendientes a resolver la crisis de ingresos de hogares. Cerca de las dos terceras partes de la ayuda internacional se dirige a financiar planes de ayuda monetaria a las familias incluyendo el aporte que realiza el Banco Mundial para el pago de los subsidios del Plan Jefes y Jefas de Hogar Desocupados, y los préstamos del BID para financiar los programas IDH - Familias y Becas Estudiantiles que tuvieron un fuerte impacto en la disminución de la brecha de pobreza.
Por último, promover el debate y la búsqueda de consensos en materia de políticas sociales, contribuirá a redimensionar el rol de la autoridad social, disminuir los efectos de la focalización y el clientelismo, transparentar la ejecución presupuestaria y mejorar el gasto en materia social.
Por todo lo anterior solicito la aprobación del presente proyecto.
Antonio F. Cafiero.- Gerardo R. Morales.