Número de Expediente 2797/96
N° | Origen | Tipo | Extracto |
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2797/96 | Senado De La Nación | Proyecto De Ley | FERNANDEZ MEIJIDE : PROYECTO DE LEY ESTABLECIENDO NORMAS PARA EL EMPLAZAMIENTO DE LOS BUSTOS DE EX PRESIDENTES EN LA CASA DE GOBIERNO . |
Listado de Autores |
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Fernandez Meijide
, Graciela
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Fechas en Dir. Mesa de Entradas
MESA DE ENTRADAS | DADO CUENTA | Nº DE D.A.E. |
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13-02-1997 | 26-02-1997 | 190/1996 Tipo: NORMAL |
Fecha de Ingreso a Dir. Gral. de Comisiones
DIR. GRAL. de COMISIONES | INGRESO DEL DICTAMEN A LA MESA DE ENTRADAS |
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14-02-1997 | SIN FECHA |
Giros del Expediente a Comisiones
COMISIÓN | FECHA DE INGRESO | FECHA DE EGRESO |
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ORDEN DE GIRO: 1 |
14-02-1997 | 28-02-1998 |
EL EXPEDIENTE CADUCO EL 28-02-1998
ENVIADO AL ARCHIVO : 06-04-1998
FECHA DE MOCION DE PREFERENCIA: 09-04-1997
PARA:la proxima sesion con despacho de comisión.
En proceso de carga
S-96-2797:FERNANDEZ MEIJIDE.
PROYECTO DE LEY
El Senado y Cámara de Diputados,...
Artículo 1 .- Los ciudadanos que hayan ejercido el cargo de
Presidente de la Nación de acuerdo a las normas Constitucionales
vigentes, serán homenajeados colocándose un busto en la Galería de
Bustos de la Casa de Gobierno a los efectos de recordar la
honorable función ejercida.
Art. 2 .- Los ciudadanos que hubieran ejercido el cargo de
Presidente de la Nación en carácter de usurpadores del Poder de
Iure constituido soberanamente, serán recordados en un ámbito
subsidiario, colocándose menciones sucintas, a los efectos que no
se cree un vacío cronológico en la sucesión histórica del ejercicio
del cargo.
Art. 3 .- Los ciudadanos que hayan ejercido el cargo de
acuerdo a lo establecido en el Art. 1 , serán honrados colocándose
sus bustos, luego de transcurridos dos períodos constitucionales de
Gobierno, desde la finalización del mandato respectivo.
Art. 4 .- Retirar los bustos de la Galería de la Casa de
Gobierno, de aquellos ciudadanos que no estén comprendidos en el
Art. 1 .
Art. 5 .- Se deroga el Decreto N 4022, del 8 de mayo de 1973,
publicado en el Boletín Oficial el 17/V/73.
Art. 6 .- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Graciela Fernández Meijide.
LOS FUNDAMENTOS DE ESTE PROYECTO DE LEY SE ENCUENTRAN PUBLICADOS EN
EL D.A.E. 190/96.
-A la Comisión de Interior y Justicia.