Número de Expediente 2778/03
N° | Origen | Tipo | Extracto |
---|---|---|---|
2778/03 | Senado De La Nación | Proyecto De Ley | LOPEZ ARIAS : PROYECTO DE LEY DECLARANDO EN ESTADO DE EMERGENCIA Y DESASTRE AGROPECUARIO A DIVERSOS DEPARTAMENTOS DE SALTA. |
Listado de Autores |
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López Arias
, Marcelo Eduardo
|
Fechas en Dir. Mesa de Entradas
MESA DE ENTRADAS | DADO CUENTA | Nº DE D.A.E. |
---|---|---|
04-11-2003 | 05-11-2003 | 163/2003 Tipo: NORMAL |
Fecha de Ingreso a Dir. Gral. de Comisiones
DIR. GRAL. de COMISIONES | INGRESO DEL DICTAMEN A LA MESA DE ENTRADAS |
---|---|
05-11-2003 | 26-03-2004 |
Giros del Expediente a Comisiones
COMISIÓN | FECHA DE INGRESO | FECHA DE EGRESO |
---|---|---|
DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA
ORDEN DE GIRO: 1 |
05-11-2003 | 26-03-2004 |
DE PRESUPUESTO Y HACIENDA
ORDEN DE GIRO: 2 |
05-11-2003 | 26-03-2004 |
ENVIADO AL ARCHIVO : 07-05-2004
Resoluciones
SENADO |
---|
FECHA DE SANCION: 14-04-2004 |
SANCION: APROBO |
COMENTARIO: |
APROBADO COMO: Proyecto de Comunicacion |
NOTA: |
Órdenes del Día
NÚMERO | DE FECHA | ESTADO | ANEXO |
---|---|---|---|
95/04 | 31-03-2004 | CADUCA POR RENOV. TOTAL | Sin Anexo |
PRESIDENCIA/OFICIALES VARIOS
ORIGEN | TIPO | NUMERO | FECHA | AR |
---|---|---|---|---|
PE | RP | 396/06 | 09-11-2006 |
En proceso de carga
Senado de la Nación
Secretaría Parlamentaria
Dirección Publicaciones
(S-2778/03)
PROYECTO DE LEY
EL Senado y Cámara de diputados,...
ARTICULO 1º.-: Declàrase en estado de emergencia y desastre
agropecuario a los departamentos de La Poma, San Carlos, Los Andes,
Quebrada del Toro -Departamento de Rosario de Lerma y Quebrada de
Escoipe- Departamento de Chicoana de la Provincia de Salta, afectados
por la sequía como así también a todas las actividades económicas en
general que se desarrollan en los mismos por él termino de doce meses a
partir de la sanción de la presente ley.
ARTICULO 2° - El Poder Ejecutivo Nacional destinará a la provincia de
Salta, una partida especial de dos millones de pesos ($ 2.000.000)
para atender las necesidades derivadas de la emergencia en los
departamentos afectados. La administración y afectación de dichos
fondos estará a cargo del gobierno provincial.
ARTICULO 3°: Facultase al Poder Ejecutivo Nacional a reestructurar,
modificar o reasignar las partidas presupuestarias que resulten
necesarias para dar cumplimiento a la presente ley.
ARTICULO 4°: El Poder Ejecutivo Nacional, a través del Banco de la
Nación Argentina, instrumentará líneas de crédito con facilidades
extendidas para atender las necesidades inmediatas de las regiones y/o
Departamentos afectados con el objeto de asegurar a su población él
recupero de su actividad y economía.
ARTICULO 5° - El Poder Ejecutivo Nacional deberá reforzar los cupos
asignados a las zonas afectadas con destino al Plan Jefes y Jefas de
Hogar, creados por Decreto 165/02.
ARTICULO 6º - Facultase al Ministerio de Planificación Federal,
Inversión Pública y Servicios, a realizar las obras de emergencia
básicas y de carácter prioritario de construcción, reparación y
mantenimiento, en las zonas alcanzadas por la presente.
ARTICULO 7°: Comuníquese al Poder Ejecutivo
Marcelo E. López Arias.-
FUNDAMENTOS
Señor Presidente:
Por el presente, se solicita se declare en estado de emergencia y
desastre agropecuario a los departamentos de La Poma, San Carlos, Los
Andes, Quebrada del Toro -Departamento de Rosario de Lerma y Quebrada
de Escoipe- Departamento de Chicoana- de la Provincia de Salta,
afectados por la sequía, como así también a todas las actividades
económicas en general que se desarrollan en los mismos por él termino
de doce meses a partir de la sanción de la presente ley.
Actualmente en la provincia de Salta, y según el informe elaborado por
el Subprograma Emergencia Agropecuaria, los departamentos de La Poma,
San Carlos en la provincia de Salta sufren daños por sequía en cultivos
de bajo riego. En los departamentos de Los Andes y La Poma se vieron
seriamente afectados los productores ganaderos (informe de abril de
2003). En la Quebrada de El Toro en el Departamento de Rosario de Lerma
y Quebrada de Escoipe en el Departamento de Chicoana, la sequía afectó
a los productores agrícolas y ganaderos de ambas quebradas (informes de
septiembre de 2003).
Mediante Decreto 700/03, el gobierno provincial declaró en emergencia
y/o desastre agropecuario por sequía a los Departamentos de La Poma y
San Carlos entre otros, por la sequía que azota a toda esta zona. Este
Decreto se encuentra homologado por Resolución Conjunta del Ministerio
de Economía N° 265 y del Ministerio del Interior N° 10 de fecha 05 de
setiembre de 2003. Así también, mediante Decreto Provincial 1270/03 se
declara emergencia y/o desastre agropecuario por sequía al Departamento
de Los Andes y norte del Departamento de La Poma, cuya homologación se
encuentra en trámite. Es decir, que la evaluación de los daños por
parte de la Provincia y de la Nación ya ha sido realizada, y la
necesidad efectiva de asistir a las poblaciones afectadas por el
desfasaje hídrico resulta imprescindible.
Los daños que se vienen registrando en estas zonas, resultan de gran
magnitud, exigiendo la maximización y coordinación de todos los
esfuerzos institucionales del gobierno nacional y provincial para
coadyuvar al logro de soluciones que hagan posible paliar en forma
perentoria las consecuencias de la sequía, por lo que solicito a mis
pares, acompañen con su voto la sanción del presente proyecto de ley.
Marcelo E. López Arias.-
Secretaría Parlamentaria
Dirección Publicaciones
(S-2778/03)
PROYECTO DE LEY
EL Senado y Cámara de diputados,...
ARTICULO 1º.-: Declàrase en estado de emergencia y desastre
agropecuario a los departamentos de La Poma, San Carlos, Los Andes,
Quebrada del Toro -Departamento de Rosario de Lerma y Quebrada de
Escoipe- Departamento de Chicoana de la Provincia de Salta, afectados
por la sequía como así también a todas las actividades económicas en
general que se desarrollan en los mismos por él termino de doce meses a
partir de la sanción de la presente ley.
ARTICULO 2° - El Poder Ejecutivo Nacional destinará a la provincia de
Salta, una partida especial de dos millones de pesos ($ 2.000.000)
para atender las necesidades derivadas de la emergencia en los
departamentos afectados. La administración y afectación de dichos
fondos estará a cargo del gobierno provincial.
ARTICULO 3°: Facultase al Poder Ejecutivo Nacional a reestructurar,
modificar o reasignar las partidas presupuestarias que resulten
necesarias para dar cumplimiento a la presente ley.
ARTICULO 4°: El Poder Ejecutivo Nacional, a través del Banco de la
Nación Argentina, instrumentará líneas de crédito con facilidades
extendidas para atender las necesidades inmediatas de las regiones y/o
Departamentos afectados con el objeto de asegurar a su población él
recupero de su actividad y economía.
ARTICULO 5° - El Poder Ejecutivo Nacional deberá reforzar los cupos
asignados a las zonas afectadas con destino al Plan Jefes y Jefas de
Hogar, creados por Decreto 165/02.
ARTICULO 6º - Facultase al Ministerio de Planificación Federal,
Inversión Pública y Servicios, a realizar las obras de emergencia
básicas y de carácter prioritario de construcción, reparación y
mantenimiento, en las zonas alcanzadas por la presente.
ARTICULO 7°: Comuníquese al Poder Ejecutivo
Marcelo E. López Arias.-
FUNDAMENTOS
Señor Presidente:
Por el presente, se solicita se declare en estado de emergencia y
desastre agropecuario a los departamentos de La Poma, San Carlos, Los
Andes, Quebrada del Toro -Departamento de Rosario de Lerma y Quebrada
de Escoipe- Departamento de Chicoana- de la Provincia de Salta,
afectados por la sequía, como así también a todas las actividades
económicas en general que se desarrollan en los mismos por él termino
de doce meses a partir de la sanción de la presente ley.
Actualmente en la provincia de Salta, y según el informe elaborado por
el Subprograma Emergencia Agropecuaria, los departamentos de La Poma,
San Carlos en la provincia de Salta sufren daños por sequía en cultivos
de bajo riego. En los departamentos de Los Andes y La Poma se vieron
seriamente afectados los productores ganaderos (informe de abril de
2003). En la Quebrada de El Toro en el Departamento de Rosario de Lerma
y Quebrada de Escoipe en el Departamento de Chicoana, la sequía afectó
a los productores agrícolas y ganaderos de ambas quebradas (informes de
septiembre de 2003).
Mediante Decreto 700/03, el gobierno provincial declaró en emergencia
y/o desastre agropecuario por sequía a los Departamentos de La Poma y
San Carlos entre otros, por la sequía que azota a toda esta zona. Este
Decreto se encuentra homologado por Resolución Conjunta del Ministerio
de Economía N° 265 y del Ministerio del Interior N° 10 de fecha 05 de
setiembre de 2003. Así también, mediante Decreto Provincial 1270/03 se
declara emergencia y/o desastre agropecuario por sequía al Departamento
de Los Andes y norte del Departamento de La Poma, cuya homologación se
encuentra en trámite. Es decir, que la evaluación de los daños por
parte de la Provincia y de la Nación ya ha sido realizada, y la
necesidad efectiva de asistir a las poblaciones afectadas por el
desfasaje hídrico resulta imprescindible.
Los daños que se vienen registrando en estas zonas, resultan de gran
magnitud, exigiendo la maximización y coordinación de todos los
esfuerzos institucionales del gobierno nacional y provincial para
coadyuvar al logro de soluciones que hagan posible paliar en forma
perentoria las consecuencias de la sequía, por lo que solicito a mis
pares, acompañen con su voto la sanción del presente proyecto de ley.
Marcelo E. López Arias.-