Número de Expediente 2758/05

Origen Tipo Extracto
2758/05 Senado De La Nación Proyecto De Ley CURLETTI : PROYECTO DE LEY CREANDO EN EL AMBITO DEL MINISTERIO DE LA PRODUCCION DE LA NACION EL " INSTITUTO DE DESARROLLO RURAL " ( IDER )
Listado de Autores
Curletti , Mirian Belén

Fechas en Dir. Mesa de Entradas

MESA DE ENTRADAS DADO CUENTA Nº DE D.A.E.
30-08-2005 07-09-2005 136/2005 Tipo: NORMAL

Fecha de Ingreso a Dir. Gral. de Comisiones

DIR. GRAL. de COMISIONES INGRESO DEL DICTAMEN A LA MESA DE ENTRADAS
05-09-2005 SIN FECHA

Giros del Expediente a Comisiones

COMISIÓN FECHA DE INGRESO FECHA DE EGRESO
DE ECONOMÍAS REGIONALES, ECONOMIA SOCIAL, MICRO, PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA
ORDEN DE GIRO: 1
05-09-2005 28-02-2007
DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA
ORDEN DE GIRO: 2
05-09-2005 28-02-2007

EL EXPEDIENTE CADUCO EL 28-02-2007

ENVIADO AL ARCHIVO : 27-04-2007

En proceso de carga


Senado de la Nación
Secretaría Parlamentaria
Dirección Publicaciones

(S-2758/05)

PROYECTO DE LEY

El Senado y Cámara de Diputados,...

CREACION DEL INSTITUTO DE DESARROLLO RURAL

Artículo 1º: Créase en el ámbito del Ministerio de la Producción de la Nación, el "Instituto de Desarrollo Rural" -IDER- con el objeto de promover la reconversión y desarrollo de las MiPyMEs Rurales y las industrias regionales vinculadas a los procesos de primera transformación de los productos del sector primario.

Artículo 2º: Serán funciones del "Instituto de Desarrollo Rural":
a) Compatibilizar la ejecución de los distintos Programas en vigencia destinados al sector, a nivel nacional y provincial, para la optimización de recursos mediante economías de escala que genere la cooperación interinstitucional.
b) Generar propuestas de cooperación ante organismos públicos, privados e internacionales.
c) Promover la investigación, capacitación y asistencia técnica entre técnicos, productores y empresas, sobre la base de las experiencias exitosas del desarrollo de Programas vigentes.
d) Programar y orientar la conformación de corredores productivos en las microrregiones, articulando la concurrencia de los Programas existentes.
e) Promover procesos de eslabonamiento agroindustriales que generen valor agregado a las materias primas del sector primario.
f) Orientar la búsqueda y mantenimiento de mercados sobre la base de alianzas asociativas que incorporen competitividad, generen economías de escala y revaloricen la rentabilidad de la actividad primaria.
g) Controlar los costos internos, la seguridad ambiental y defender los precios de los productos primarios.
h) Reorientar y gestionar las inversiones en infraestructura básica para el desarrollo de la agroindustria.
i) Evaluar propuestas de desarrollo de acciones descentralizadas en organizaciones de productores y organizaciones no gubernamentales y orientar su cofinanciamiento.

Artículo 3º: A efectos del funcionamiento del IDER, se constituirá un Directorio Regional con la representación de referentes regionales de organizaciones de pequeños productores, organizaciones nacionales del sector rural y de los gobiernos provinciales, los que se integrarán con carácter rotativo en forma anual.

Artículo 4º: El Directorio Regional, tendrá a su cargo una Asesoría Técnica a efectos de centralizar el diseño de políticas activas integradas, prever asistencia técnica específica y coordinar los programas existentes destinados al sector.

Artículo 5º: A efectos de la organización y funcionamiento del IDER, se rediseñarán misiones y funciones de organismos existentes en el área de la Secretaría de Agricultura cuyos recursos humanos integrarán, conforme a sus capacidades específicas, la Asesoría Técnica sin que ello implique incremento presupuestario.

Artículo 6º: Las provincias que adhieran a la presente ley, constituirán Agencias de Desarrollo Rural, integradas con representantes del sector público y privado, quienes tendrán a su cargo la articulación y ejecución de los planes de acción preestablecidos a partir del diseño de políticas sectoriales integradas.

Artículo 7º: Invítase a las provincias, a adherir a la presente ley.

Artículo 8°: El Poder Ejecutivo Nacional procederá a reglamentar la presente dentro de los ciento ochenta -180- días desde la promulgación de la ley.

Artículo 9º: Comuníquese al Poder Ejecutivo.

Mirian B. Curletti.

FUNDAMENTOS

Señor Presidente:

La presente iniciativa, surge como respuesta a uno de los ítems planteados en el documento presentado en 2002 por Confederaciones Rurales Argentinas, Federación Agraria Argentina y la Confederación Intercooperativa Agropecuaria Cooperativa Ltda., bajo el documento titulado "Propuesta conjunta para una Política Agropecuaria de Crecimiento con Equidad".

Tal como surge del documento, las entidades tienden a "promover la reconversión y desarrollo de las MiPyMEs Rurales y las industrias regionales vinculadas a los procesos de primera transformación de los productos del sector primario", hecho que significa generar el ámbito institucional que permita, desde una estrategia de afianzamiento del espacio inter e intrarregional y bajo criterios de cooperación y competencia, contribuir al racionamiento de los recursos que desde diferentes Programas, contribuyen a la generación de valor y consecuentemente la incorporación de las economías regionales al proceso de producción competitiva.

Este propósito, es viable en la medida que el desarrollo de los ejes estratégicos de acción, articulen los eslabonamientos horizontales y verticales para las distintas etapas y procesos de producción en cada una de las etapas del sector, aspectos que se contemplan a partir del conjunto de funciones asignadas del IDER, cuyas características de funcionamiento, involucran de por sí una organización en red.

La concreción de un ámbito específico de políticas agropecuarias, implica incorporar dimensiones y paradigmas innovadores basados en la racionalización de recursos, la ampliación y retención de los mercados, el cuidado del ambiente y la modernización productiva, aspectos que desde experiencias exitosas de otras economías desarrolladas, implican la institucionalización de ámbitos como el que mediante el presente proyecto se postula como respuesta a CONINAGRO, CRA Y FAA.

Por lo expuesto, Señor Presidente, solicitamos la aprobación del presente Proyecto de Ley.

Mirian B. Curletti.