Número de Expediente 2758/03
N° | Origen | Tipo | Extracto |
---|---|---|---|
2758/03 | Senado De La Nación | Proyecto De Comunicación | FALCO : PROYECTO DE COMUNICACION SOLICITANDO LA RATIFICACION DE LA CONVENCION CONTRA LA CORRUPCION . |
Listado de Autores |
---|
Falco
, Luis
|
Fechas en Dir. Mesa de Entradas
MESA DE ENTRADAS | DADO CUENTA | Nº DE D.A.E. |
---|---|---|
04-11-2003 | 05-11-2003 | 162/2003 Tipo: NORMAL |
Fecha de Ingreso a Dir. Gral. de Comisiones
DIR. GRAL. de COMISIONES | INGRESO DEL DICTAMEN A LA MESA DE ENTRADAS |
---|---|
04-11-2003 | SIN FECHA |
Giros del Expediente a Comisiones
COMISIÓN | FECHA DE INGRESO | FECHA DE EGRESO |
---|---|---|
DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO
ORDEN DE GIRO: 1 |
04-11-2003 | 28-02-2005 |
EL EXPEDIENTE CADUCO EL 28-02-2005
ENVIADO AL ARCHIVO : 27-04-2005
En proceso de carga
Senado de la Nación
Secretaría Parlamentaria
Dirección Publicaciones
(S-2758/03)
PROYECTO DE COMUNICACIÓN
El Senado de la Nación,
Se dirige al Poder Ejecutivo nacional a fin de solicitarle al
Ministerio de Relaciones, Comercio Exterior y Culto que tenga a bien
arbitrar todos los medios que sean necesarios para ratificar a la
brevedad la Convención contra la Corrupción aprobada por la Asamblea
General de las Naciones Unidas el 31/10/2003.
Luis A. Falcó.-
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
La Asamblea General de las Naciones Unidas aprobó el 31 de octubre un
tratado mundial contra la corrupción. Este hecho constituye un hito
importante que, seguramente, estimulará a los países miembros a
sostener -bajo este nuevo marco legal- su esfuerzo en la lucha
organizada contra la corrupción a escala planetaria.
El tratado, denominado "Convención contra la Corrupción", entrará en
vigencia una vez que sea ratificado por, al menos, treinta países.
El período dispuesto por el organismo internacional para la
ratificación del documento se inicia el 9 de diciembre y en la ciudad
de Mérida, México.
Para que no quede la menor duda de que el camino elegido por la
Argentina importa la erradicación de la corrupción, estimamos que sería
una trascendente señal dada al mundo que nuestro gobierno se constituya
como uno de los primeros signatarios.
La nueva Convención "advierte a los corruptos que la traición de la
confianza pública dejará de ser tolerada" porque "mina la democracia y
el imperio de la ley".
En el mensaje elevado por el Secretario General de las Naciones Unidas
que acompaña al documento se señala con acierto que "la corrupción
afecta a todos los países por igual, pero hace un mayor daño a los
pobres porque desvía los recursos destinados al desarrollo y alimenta
la inequidad y la injusticia".
El texto del documento aprobado evita, de forma deliberada, definir
taxativamente qué se entiende por corrupción. Esto se ha hecho para no
restringir el futuro alcance operativo de la Convención, ya que las
prácticas corruptas suelen adquirir formas dinámicas y cambiantes.
Entre los puntos centrales acordados por la Asamblea General, luego de
dos años de largas discusiones para la redacción del documento, se
encuentran: a) permitir que valores adquiridos de manera ilegal puedan
ser confiscados; b) que los actos que obstruyan el accionar de la
Justicia en casos de corrupción sean considerados hechos corruptos; c)
que los gobiernos dicten sus propios reglamentos anticorrupción; d) una
exhortación a los países miembros para que se asistan y cooperen
recíprocamente para impedir, investigar y juzgar actos de corrupción y
a sus responsables.
Debido a la trascendencia de esta Convención y a la voluntad política
inquebrantable del pueblo argentino de erradicar de cuajo a esta lacra
entablando una lucha sistemática contra ella y sus personeros, creemos
necesario que el gobierno nacional suscriba en tiempo y forma este
documento.
Por estas razones, solicito a mis pares que acompañen a este proyecto
con su voto por la afirmativa.
Luis A. Falcó.-
Secretaría Parlamentaria
Dirección Publicaciones
(S-2758/03)
PROYECTO DE COMUNICACIÓN
El Senado de la Nación,
Se dirige al Poder Ejecutivo nacional a fin de solicitarle al
Ministerio de Relaciones, Comercio Exterior y Culto que tenga a bien
arbitrar todos los medios que sean necesarios para ratificar a la
brevedad la Convención contra la Corrupción aprobada por la Asamblea
General de las Naciones Unidas el 31/10/2003.
Luis A. Falcó.-
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
La Asamblea General de las Naciones Unidas aprobó el 31 de octubre un
tratado mundial contra la corrupción. Este hecho constituye un hito
importante que, seguramente, estimulará a los países miembros a
sostener -bajo este nuevo marco legal- su esfuerzo en la lucha
organizada contra la corrupción a escala planetaria.
El tratado, denominado "Convención contra la Corrupción", entrará en
vigencia una vez que sea ratificado por, al menos, treinta países.
El período dispuesto por el organismo internacional para la
ratificación del documento se inicia el 9 de diciembre y en la ciudad
de Mérida, México.
Para que no quede la menor duda de que el camino elegido por la
Argentina importa la erradicación de la corrupción, estimamos que sería
una trascendente señal dada al mundo que nuestro gobierno se constituya
como uno de los primeros signatarios.
La nueva Convención "advierte a los corruptos que la traición de la
confianza pública dejará de ser tolerada" porque "mina la democracia y
el imperio de la ley".
En el mensaje elevado por el Secretario General de las Naciones Unidas
que acompaña al documento se señala con acierto que "la corrupción
afecta a todos los países por igual, pero hace un mayor daño a los
pobres porque desvía los recursos destinados al desarrollo y alimenta
la inequidad y la injusticia".
El texto del documento aprobado evita, de forma deliberada, definir
taxativamente qué se entiende por corrupción. Esto se ha hecho para no
restringir el futuro alcance operativo de la Convención, ya que las
prácticas corruptas suelen adquirir formas dinámicas y cambiantes.
Entre los puntos centrales acordados por la Asamblea General, luego de
dos años de largas discusiones para la redacción del documento, se
encuentran: a) permitir que valores adquiridos de manera ilegal puedan
ser confiscados; b) que los actos que obstruyan el accionar de la
Justicia en casos de corrupción sean considerados hechos corruptos; c)
que los gobiernos dicten sus propios reglamentos anticorrupción; d) una
exhortación a los países miembros para que se asistan y cooperen
recíprocamente para impedir, investigar y juzgar actos de corrupción y
a sus responsables.
Debido a la trascendencia de esta Convención y a la voluntad política
inquebrantable del pueblo argentino de erradicar de cuajo a esta lacra
entablando una lucha sistemática contra ella y sus personeros, creemos
necesario que el gobierno nacional suscriba en tiempo y forma este
documento.
Por estas razones, solicito a mis pares que acompañen a este proyecto
con su voto por la afirmativa.
Luis A. Falcó.-