Número de Expediente 2746/03
N° | Origen | Tipo | Extracto |
---|---|---|---|
2746/03 | Senado De La Nación | Proyecto De Declaración | CAFIERO : PROYECTO DE DECLARACION DECLARANDO IMPRESCINDIBLE ADOPTAR CLAUSULAS DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACION PARA FACILITAR EL CONTROL CIUDADANO SOBRE EL USO DE LOS RECURSOS FISCALES . |
Listado de Autores |
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Cafiero
, Antonio Francisco
|
Fechas en Dir. Mesa de Entradas
MESA DE ENTRADAS | DADO CUENTA | Nº DE D.A.E. |
---|---|---|
31-10-2003 | 05-11-2003 | 161/2003 Tipo: NORMAL |
Fecha de Ingreso a Dir. Gral. de Comisiones
DIR. GRAL. de COMISIONES | INGRESO DEL DICTAMEN A LA MESA DE ENTRADAS |
---|---|
03-11-2003 | 17-11-2003 |
Giros del Expediente a Comisiones
COMISIÓN | FECHA DE INGRESO | FECHA DE EGRESO |
---|---|---|
DE COPARTICIPACIÓN FEDERAL DE IMPUESTOS
ORDEN DE GIRO: 1 |
03-11-2003 | 17-11-2003 |
ENVIADO AL ARCHIVO : 22-12-2003
Resoluciones
SENADO |
---|
FECHA DE SANCION: 19-11-2003 |
SANCION: APROBO |
COMENTARIO: |
NOTA: |
OBSERVACIONES |
---|
INGRESARON DOS RESPUESTAS CON FECHA 01/02/06 - P.E. 746 Y 747/05 - |
Órdenes del Día
NÚMERO | DE FECHA | ESTADO | ANEXO |
---|---|---|---|
1199/03 | 25-11-2003 | APROBADA | Sin Anexo |
PRESIDENCIA/OFICIALES VARIOS
ORIGEN | TIPO | NUMERO | FECHA | AR |
---|---|---|---|---|
PE | RP | 263/04 | 29-06-2004 | |
PE | RP | 913/04 | 02-02-2005 | |
PE | RP | 620/04 | 06-10-2004 | |
PE | RP | 302/05 | 04-07-2005 | |
PE | RP | 461/05 | 17-10-2005 | |
PE | RP | 468/05 | 17-10-2005 | |
PE | RP | 564/05 | 24-10-2005 | |
PE | RP | 499/06 | 09-01-2007 | |
PE | RP | 501/06 | 09-01-2007 | |
PE | RP | 385/06 | 07-11-2006 | |
PE | RP | 395/06 | 09-11-2006 | |
PE | RP | 71/05 | 04-04-2005 | |
PE | RP | 83/08 | 04-06-2008 | |
PE | RP | 218/07 | 13-07-2007 | |
PE | RP | 917/06 | 27-02-2007 | |
PE | RP | 506/07 | 06-12-2007 | |
PE | RP | 696/07 | 24-01-2008 | |
PE | RP | 746/05 | 01-02-2006 |
En proceso de carga
Senado de la Nación
Secretaría Parlamentaria
Dirección Publicaciones
(S-2746/03)
PROYECTO DE DECLARACION
El Senado de la Nación:
Declara que para facilitar un adecuado control ciudadano sobre el uso
de los recursos fiscales a disposición de los distintos niveles de
gobierno, resulta imprescindible adoptar las cláusulas que se orientan
a transparentar y facilitar el acceso público e irrestricto a la
información fiscal, y demás disposiciones incluidas en la Ley 25.570,
por la cual se ratifica el Acuerdo Federal del 27 de febrero de 2002
firmado entre la Nación y las provincias.
Antonio F. Cafiero.-
FUNDAMENTOS
Señor Presidente:
Mediante el Decreto PEN Nº 872/2003, el Poder Ejecutivo creó,
recientemente, la Comisión para la Reforma de la Coparticipación
Federal en el seno de la Jefatura de Gabinete de Ministros. Dicha
reforma registra como antecedente inmediato el denominado "ACUERDO
NACION- PROVINCIAS SOBRE RELACION FINANCIERA Y BASES DE UN REGIMEN DE
COPARTICIPACION FEDERAL DE IMPUESTOS" celebrado entre el ESTADO
NACIONAL, los ESTADOS PROVINCIALES y la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS
AIRES, en la Ciudad de Buenos Aires el 27 de febrero de 2002,
destinado, entre otras cuestiones, a sentar las bases y establecer los
criterios sobre los cuales se acordó modificar el Régimen de
Coparticipación Federal de Impuestos vigente
En dicho acuerdo, ratificado por la Ley 25570 del 10 de abril
de 2002, las provincias, junto a la Nación, acordaron impulsar las
siguientes medidas:
a) La creación de un Organismo Fiscal Federal, conforme a lo previsto
en el inciso 2 del artículo 75 de la Constitución Nacional.
b) La constitución de un Fondo Anticíclico Federal financiado con los
recursos coparticipables, a los fines de atemperar los efectos de los
ciclos económicos en la Recaudación;
c) Un régimen obligatorio de transparencia de la información fiscal de
todos los niveles de gobierno;
d) Mecanismos de coordinación del crédito público y del endeudamiento
de los gobiernos provincial y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
e) Evaluación de una descentralización de funciones y servicios desde
el ámbito nacional al provincial.
f) La implementación de la armonización y financiamiento de los
regímenes previsionales provinciales.
g) La definición de pautas que permitan alcanzar una simplificación y
armonización del sistema impositivo de todos los niveles de gobierno.
h) La coordinación y colaboración recíproca de los organismos de
recaudación nacionales, provinciales, de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires y de los municipios.
i) Establecer indicadores de distribución sobre la recaudación
incremental, en base a competencias y funciones, que aumenten la
correspondencia y eficiencia fiscal.
j) La descentralización de la recaudación y la administración de
tributos nacionales a las Provincias que así lo soliciten, y sea
aceptado por la Nación.
Relaciones fiscales equilibradas y más justas entre la Nación y
las provincias, con niveles adecuados de descentralización tanto de las
responsabilidades de recaudación como de ejecución del gasto, forman
parte, sin duda alguna, de la tan mentada reforma política que la
sociedad reclama y nosotros, como sus representantes, estamos obligados
a impulsar.
En el convencimiento de que las medidas enunciadas en el
Acuerdo Federal de febrero de 2002 redundarán en una mayor
transparencia en la recaudación y uso de los recursos fiscales
coparticipables, solicito a mis pares la aprobación del presente
Proyecto de Declaración.
Antonio F. Cafiero.-
Secretaría Parlamentaria
Dirección Publicaciones
(S-2746/03)
PROYECTO DE DECLARACION
El Senado de la Nación:
Declara que para facilitar un adecuado control ciudadano sobre el uso
de los recursos fiscales a disposición de los distintos niveles de
gobierno, resulta imprescindible adoptar las cláusulas que se orientan
a transparentar y facilitar el acceso público e irrestricto a la
información fiscal, y demás disposiciones incluidas en la Ley 25.570,
por la cual se ratifica el Acuerdo Federal del 27 de febrero de 2002
firmado entre la Nación y las provincias.
Antonio F. Cafiero.-
FUNDAMENTOS
Señor Presidente:
Mediante el Decreto PEN Nº 872/2003, el Poder Ejecutivo creó,
recientemente, la Comisión para la Reforma de la Coparticipación
Federal en el seno de la Jefatura de Gabinete de Ministros. Dicha
reforma registra como antecedente inmediato el denominado "ACUERDO
NACION- PROVINCIAS SOBRE RELACION FINANCIERA Y BASES DE UN REGIMEN DE
COPARTICIPACION FEDERAL DE IMPUESTOS" celebrado entre el ESTADO
NACIONAL, los ESTADOS PROVINCIALES y la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS
AIRES, en la Ciudad de Buenos Aires el 27 de febrero de 2002,
destinado, entre otras cuestiones, a sentar las bases y establecer los
criterios sobre los cuales se acordó modificar el Régimen de
Coparticipación Federal de Impuestos vigente
En dicho acuerdo, ratificado por la Ley 25570 del 10 de abril
de 2002, las provincias, junto a la Nación, acordaron impulsar las
siguientes medidas:
a) La creación de un Organismo Fiscal Federal, conforme a lo previsto
en el inciso 2 del artículo 75 de la Constitución Nacional.
b) La constitución de un Fondo Anticíclico Federal financiado con los
recursos coparticipables, a los fines de atemperar los efectos de los
ciclos económicos en la Recaudación;
c) Un régimen obligatorio de transparencia de la información fiscal de
todos los niveles de gobierno;
d) Mecanismos de coordinación del crédito público y del endeudamiento
de los gobiernos provincial y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
e) Evaluación de una descentralización de funciones y servicios desde
el ámbito nacional al provincial.
f) La implementación de la armonización y financiamiento de los
regímenes previsionales provinciales.
g) La definición de pautas que permitan alcanzar una simplificación y
armonización del sistema impositivo de todos los niveles de gobierno.
h) La coordinación y colaboración recíproca de los organismos de
recaudación nacionales, provinciales, de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires y de los municipios.
i) Establecer indicadores de distribución sobre la recaudación
incremental, en base a competencias y funciones, que aumenten la
correspondencia y eficiencia fiscal.
j) La descentralización de la recaudación y la administración de
tributos nacionales a las Provincias que así lo soliciten, y sea
aceptado por la Nación.
Relaciones fiscales equilibradas y más justas entre la Nación y
las provincias, con niveles adecuados de descentralización tanto de las
responsabilidades de recaudación como de ejecución del gasto, forman
parte, sin duda alguna, de la tan mentada reforma política que la
sociedad reclama y nosotros, como sus representantes, estamos obligados
a impulsar.
En el convencimiento de que las medidas enunciadas en el
Acuerdo Federal de febrero de 2002 redundarán en una mayor
transparencia en la recaudación y uso de los recursos fiscales
coparticipables, solicito a mis pares la aprobación del presente
Proyecto de Declaración.
Antonio F. Cafiero.-