Número de Expediente 274/05
N° | Origen | Tipo | Extracto |
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274/05 | Senado De La Nación | Proyecto De Comunicación | CAPARROS : PROYECTO DE COMUNICACION SOLICITANDO SE REGULARICE LA INTEGRACION DE LOS DIRECTORIOS DEL ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD ( ENRE ) Y DEL ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS ( ENARGAS ).- |
Listado de Autores |
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Caparrós
, Mabel Luisa
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Fechas en Dir. Mesa de Entradas
MESA DE ENTRADAS | DADO CUENTA | Nº DE D.A.E. |
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09-03-2005 | 16-03-2005 | 13/2005 Tipo: NORMAL |
Fecha de Ingreso a Dir. Gral. de Comisiones
DIR. GRAL. de COMISIONES | INGRESO DEL DICTAMEN A LA MESA DE ENTRADAS |
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14-03-2005 | 17-06-2005 |
Giros del Expediente a Comisiones
COMISIÓN | FECHA DE INGRESO | FECHA DE EGRESO |
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DE MINERÍA, ENERGÍA Y COMBUSTIBLES
ORDEN DE GIRO: 1 |
15-03-2005 | 17-06-2005 |
ORDEN DE GIRO: 2 |
15-03-2005 | 17-06-2005 |
ORDEN DE GIRO: 3 |
15-03-2005 | 17-06-2005 |
ENVIADO AL ARCHIVO : 15-09-2005
Resoluciones
SENADO |
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FECHA DE SANCION: 27-07-2005 |
SANCION: APROBO |
COMENTARIO: |
NOTA: |
Órdenes del Día
NÚMERO | DE FECHA | ESTADO | ANEXO |
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650/05 | 21-06-2005 | Sin Anexo |
En proceso de carga
Senado de la Nación
Secretaría Parlamentaria
Dirección Publicaciones
(S-0274/05)
PROYECTO DE COMUNICACIÓN
El Senado de la Nación
Vería con agrado que el Poder Ejecutivo nacional proceda, a la mayor brevedad, a la
regularización de la integración de los directorios del Ente Nacional Regulador de la
Electricidad (ENRE) y del Ente Nacional Regulador del Gas (ENARGAS), de conformidad con lo
dispuesto por los artículos 59 de la Ley 24.065 y 55 de la Ley 24.076, respectivamente, a
cuyo fin deberá conducir los pertinentes procesos de selección y darle a este Congreso la
intervención que por ley le corresponde.
Mabel L. Caparrós.-
FUNDAMENTOS
Señor Presidente
En la actual coyuntura, en la cual la situación de los servicios públicos privatizados ha
devenido en un tema central, tanto en lo que hace a los regímenes tarifarios, como al
cumplimiento de los planes de inversión por parte de las empresas concesionarias, la
calidad del servicio que reciben los usuarios y, en fin, todos los elementos que componen
la ecuación el negocio, el rol primordial que debe cumplir la autoridad regulatoria no
puede ni debe ser minimizado.
Tanto el Ente Nacional Regulador del Gas (ENARGAS) cuanto el Ente Nacional Regulador de la
Electricidad (ENRE) se diferencian del resto de las oficinas regulatorias existentes a
nivel nacional por el detalle, no menor por cierto, de haber sido creados por ley formal de
este Congreso.
Si bien no hace a la cuestión que aquí nos ocupa, no resulta ocioso recordar que la
doctrina administrativista y, en especial, la regulatoria es pacífica y unánime en el
reclamo de la creación de los entes reguladores de servicios públicos mediante ley formal.
Es decir que nos encontramos aquí frente a los únicos entes reguladores que han cumplido
con ese requisito.
A nivel internacional mucho se ha debatido respecto de la ubicación que les cabe a los
entes reguladores en el ámbito del estado, teniendo en cuenta sus delicadas y complejas
atribuciones y, de allí, la conveniencia de su independencia respecto de la administración
política.
Así, en algunos casos, se los ha colocado bajo el amparo del poder legislativo, en otros se
les ha dotado de cierto nivel de independencia, mientras que en nuestro país se ha adoptado
un sistema bastante original: se encuentran en el ámbito del poder administrador, con
autarquía prespuestaria y con control parlamentario en cuanto a la designación de sus
autoridades, entre otras notas distintivas.
Ahora bien, el original sistema de selección previsto por las leyes 24.065 y 24.076 y sus
respectivos decretos reglamentarios mediante el cual la Secretaría de Energía convocaba a
un concurso público de antecedentes con suficiente difusión por todos los medios del país,
que era conducido por un comité de selección integrado por especialistas que revisaba los
antecedentes de los postulantes, los evaluaba personalmente y luego concluía en un número
mínimo de "candidatos elegibles" que era sometido a consideración del ejecutivo para la
designación del candidato definitivo que, a su vez , era evaluado por una comisión
bicameral de este congreso, se vino aplicando exitosamente desde la creación de los entes
reguladores allá por el año 1992 hasta fines de los noventa.
Así, en un momento, pasaron por este congreso todos quienes en definitiva fueran designados
como directores de los citados entes reguladores, ocasión en la cual eran exhaustivamente
entrevistados por los señores legisladores que integraban las respectivas comisiones
bicamerales.
Este procedimiento no solo garantizaba la transparencia y legitimidad de los respectivos
procesos de selección y la idoneidad de los postulantes, sino que, adicionalmente,
posibilitaba el mutuo conocimiento personal entre los legisladores y los referentes de los
entes reguladores, facilitando la futura interacción institucional.
Lamentablemente esta costumbre de origen legal se ha ido perdiendo con el tiempo; y no sólo
se trata de un proceder desafortunado, sino que, además, transforma en ilegítimas las
designaciones efectuadas por un simple decreto soslayando la obligada intervención de este
congreso, de manera que entendemos que ha llegado la hora de regularizar la situación de
los directorios de ambos entes convocando al proceso de selección que manda la ley.
Como agravante cabe señalar que ambos directorios se encuentran actualmente incompletos:
así el ENRE carece de Presidente y, el ENARGAS, carece de vocales 2º y 3º.
No se trata aquí de poner en tela de juicio a los actuales directores de los entes
reguladores ya que tanto el Ing. Martínez Leone en el ENRE, cuanto el Ing. Muñoz en el
ENARGAS, alguna vez fueron designados en dichos organismos con arreglo a las disposiciones
legales que aquí se invocan; es más, el Ing. Martínez Leone fue designado a propuesta del
Consejo Federal de Energía Eléctrica, de modo que, en ambos casos, se descarta que
seguramente lograrán revalidar holgadamente sus títulos; lo que aquí se procura es que, a
través del cumplimiento del procedimiento legal establecido y vigente, se proceda en forma
transparente y legítima a la integración de los referidos entes reguladores.
Por las razones expuestas solicito de mis pares la aprobación del presente proyecto.
Mabel L. Caparrós.-