Número de Expediente 2734/05
N° | Origen | Tipo | Extracto |
---|---|---|---|
2734/05 | Senado De La Nación | Proyecto De Resolución | SANCHEZ Y OTROS : PROYECTO DE RESOLUCION EXPRESANDO DESAGRADO POR LA TARIFA DE REFERENCIA PARA EL GAS LICUADO DE PETROLEO EN GARRAFA PARA LA REGION NEA . |
Listado de Autores |
---|
Sánchez
, María Dora
|
Lescano
, Marcela Fabiana
|
Capos
, Liliana
|
Curletti
, Mirian Belén
|
Zavalía
, José Luis
|
Losada
, Mario Aníbal
|
Taffarel
, Ricardo César
|
Ríos
, Roberto Fabián
|
Martin
, Floriana Nélida
|
Morales
, Gerardo Rubén
|
Isidori
, Amanda Mercedes
|
Fechas en Dir. Mesa de Entradas
MESA DE ENTRADAS | DADO CUENTA | Nº DE D.A.E. |
---|---|---|
26-08-2005 | 07-09-2005 | 134/2005 Tipo: NORMAL |
Fecha de Ingreso a Dir. Gral. de Comisiones
DIR. GRAL. de COMISIONES | INGRESO DEL DICTAMEN A LA MESA DE ENTRADAS |
---|---|
31-08-2005 | SIN FECHA |
Giros del Expediente a Comisiones
COMISIÓN | FECHA DE INGRESO | FECHA DE EGRESO |
---|---|---|
DE MINERÍA, ENERGÍA Y COMBUSTIBLES
ORDEN DE GIRO: 1 |
31-08-2005 | 28-02-2007 |
EL EXPEDIENTE CADUCO EL 28-02-2007
ENVIADO AL ARCHIVO : 10-04-2007
En proceso de carga
VERSION PRELIMINAR SUSCEPTIBLE DE CORRECCION UNA VEZ CONFRONTADO CON EL ORIGINAL IMPRESO
Senado de la Nación
Secretaría Parlamentaria
Dirección Publicaciones
(S2734/05)
PROYECTO DE RESOLUCION
El Senado de la Nación
RESUELVE:
Expresar su desagrado con la fijación de tarifas de referencia para el gas licuado de petróleo en garrafas de 10 kg, 15 kg y 45 kg, alcanzado para la región NEA por las empresas productoras, fraccionadoras y distribuidoras del mismo.
María D. Sánchez. - Marcela F. Lescano. - Amanda Isidori.- Liliana D. Capos. - Mario A. Losada. - Mirian B. Curletti. - Gerardo R. Morales. - Fabién Ríos.- José L. Zavalía. - Nélida Martín. - Ricardo C. Taffarel.-
FUNDAMENTOS
Señor Presidente:
El acuerdo firmado recientemente entre las empresas productoras, fraccionadoras y comercializadoras de gas licuado de petróleo fija un precio de referencia para las garrafas de 10 kg, 15 kg y 45 kg, en $ 20,90, $ 29,70 y $ 111 más 10,5 % de IVA en cada caso, para la región NEA de nuestro país. Estos precios son los más altos de todo el país ya que el resto de las regiones tiene precios de referencia más bajos.
La región NEA tiene los índices de pobreza e indigencia más altos de Argentina y es la única que no está abastecida de gas natural por red, por lo cual resulta muy inequitativo que tenga que pagar el gas más caro del país.
La sanción de la Ley 26020 que regula el gas licuado de petróleo fija una rebaja del IVA al 10,5 %, que en este caso no se ha visto reflejada en los precios mencionados ya que son los mismos que antes que se sancionara esta Ley.
Debemos agregar a esto que en el caso de la provincia de Corrientes solamente hay habilitados puntos de venta en tres ciudades (Corrientes, Goya y Curuzú Cuatiá) para la venta de la garrafa social, lo cual dificulta excesivamente la obtención de la misma por las familias que requieren de su uso.
El 39 % de la población del país no posee gas natural y a su vez el 80% de estos utiliza gas en garrafa de 10 kg, representando este gasto en los hogares por debajo de la línea de pobreza entre el 50 % y el 60 % del gasto en servicios públicos que realizan. Esto muestra la fuerte incidencia que tiene el gas en los ingresos de estas familias y el poco apoyo que reciben al fijarse estas tarifas.
Por estos motivos expreso mi desagrado hacia la fijación de los precios de referencia y solicito a mis pares me acompañen en la aprobación de este proyecto.
María D. Sánchez. - Marcela F. Lescano. - Amanda Isidori.- Liliana D. Capos. - Mario A. Losada. - Mirian B. Curletti. - Gerardo R. Morales. - Fabián Ríos.- José L. Zavalía. - Nélida Martín. - Ricardo C. Taffarel.-
Senado de la Nación
Secretaría Parlamentaria
Dirección Publicaciones
(S2734/05)
PROYECTO DE RESOLUCION
El Senado de la Nación
RESUELVE:
Expresar su desagrado con la fijación de tarifas de referencia para el gas licuado de petróleo en garrafas de 10 kg, 15 kg y 45 kg, alcanzado para la región NEA por las empresas productoras, fraccionadoras y distribuidoras del mismo.
María D. Sánchez. - Marcela F. Lescano. - Amanda Isidori.- Liliana D. Capos. - Mario A. Losada. - Mirian B. Curletti. - Gerardo R. Morales. - Fabién Ríos.- José L. Zavalía. - Nélida Martín. - Ricardo C. Taffarel.-
FUNDAMENTOS
Señor Presidente:
El acuerdo firmado recientemente entre las empresas productoras, fraccionadoras y comercializadoras de gas licuado de petróleo fija un precio de referencia para las garrafas de 10 kg, 15 kg y 45 kg, en $ 20,90, $ 29,70 y $ 111 más 10,5 % de IVA en cada caso, para la región NEA de nuestro país. Estos precios son los más altos de todo el país ya que el resto de las regiones tiene precios de referencia más bajos.
La región NEA tiene los índices de pobreza e indigencia más altos de Argentina y es la única que no está abastecida de gas natural por red, por lo cual resulta muy inequitativo que tenga que pagar el gas más caro del país.
La sanción de la Ley 26020 que regula el gas licuado de petróleo fija una rebaja del IVA al 10,5 %, que en este caso no se ha visto reflejada en los precios mencionados ya que son los mismos que antes que se sancionara esta Ley.
Debemos agregar a esto que en el caso de la provincia de Corrientes solamente hay habilitados puntos de venta en tres ciudades (Corrientes, Goya y Curuzú Cuatiá) para la venta de la garrafa social, lo cual dificulta excesivamente la obtención de la misma por las familias que requieren de su uso.
El 39 % de la población del país no posee gas natural y a su vez el 80% de estos utiliza gas en garrafa de 10 kg, representando este gasto en los hogares por debajo de la línea de pobreza entre el 50 % y el 60 % del gasto en servicios públicos que realizan. Esto muestra la fuerte incidencia que tiene el gas en los ingresos de estas familias y el poco apoyo que reciben al fijarse estas tarifas.
Por estos motivos expreso mi desagrado hacia la fijación de los precios de referencia y solicito a mis pares me acompañen en la aprobación de este proyecto.
María D. Sánchez. - Marcela F. Lescano. - Amanda Isidori.- Liliana D. Capos. - Mario A. Losada. - Mirian B. Curletti. - Gerardo R. Morales. - Fabián Ríos.- José L. Zavalía. - Nélida Martín. - Ricardo C. Taffarel.-