Número de Expediente 2728/06

Origen Tipo Extracto
2728/06 Senado De La Nación Proyecto De Ley BAR : PROYECTO DE LEY TRANSFIRIENDO A TITULO GRATUITO A FAVOR DE LA MUNICIPALIDAD DE VIALE , DPTO. DE PARANA , ENTRE RIOS , UN INMUEBLE PROPIEDAD DEL ESTADO NACIONAL .
Listado de Autores
Bar , Graciela Yolanda

Fechas en Dir. Mesa de Entradas

MESA DE ENTRADAS DADO CUENTA Nº DE D.A.E.
03-08-2006 09-08-2006 123/2006 Tipo: NORMAL

Fecha de Ingreso a Dir. Gral. de Comisiones

DIR. GRAL. de COMISIONES INGRESO DEL DICTAMEN A LA MESA DE ENTRADAS
07-08-2006 21-06-2007

Giros del Expediente a Comisiones

COMISIÓN FECHA DE INGRESO FECHA DE EGRESO
DE ASUNTOS ADMINISTRATIVOS Y MUNICIPALES
ORDEN DE GIRO: 1
07-08-2006 21-06-2007

ENVIADO AL ARCHIVO : 03-02-2009

Resoluciones

SENADO
FECHA DE SANCION: 08-08-2007
SANCION: APROBO
COMENTARIO: SOBRE TABLAS
NOTA:
DIPUTADOS
FECHA DE SANCION: 03-12-2008
SANCION: APROBO
SANCION DE LEY
FECHA DE SANCION: 03-12-2008
NUMERO DE LEY: 26448
PODER EJECUTIVO DE LA NACION
RESOLUCION: Promulgo
FECHA: 05-01-2009
OBSERVACIONES: DE HECHO

Órdenes del Día

NÚMERO DE FECHA ESTADO ANEXO
397/07 22-06-2007 APROBADA

Senado de la Nación
Secretaría Parlamentaria
Dirección de Publicaciones

(S-2728/06)

PROYECTO DE LEY

El Senado y Cámara de Diputados,...

ARTÍCULO 1°: Transfiérase a título gratuito a favor de la Municipalidad de Viale, Distrito Quebracho, Departamento Paraná, provincia del Entre Ríos, el dominio del inmueble propiedad del Estado nacional - Administración General de los Ferrocarriles del Estado- comprendido entre las calles: al NORESTE Avenida San Martín, al SURESTE calle Soberanía Nacional, al SUROESTE zona de vías de ferrocarril, y al NOROESTE calle Dr. Martín Panutto; Matricula 142.639, inscripto el 09/02/1983, con una superficie total de 67.667,29m2.

ARTÍCULO 2°: La transferencia que se dispone en el artículo precedente se efectúa con cargo a que la beneficiaria destine el inmueble a la construcción de un centro cultural, recreativo y deportivo, y a la prolongación y apertura de calles.

ARTÍCULO 3°: Los gastos que demande la presente ley estarán a cargo de la beneficiaria.

ARTÍCULO 4º: El Poder Ejecutivo Nacional realizará los trámites pertinentes con el concesionario para efectivizar el cumplimiento de los objetivos de la presente ley. Asimismo, deberá adoptar las medidas necesarias a efectos de concluir con la respectiva transferencia en el término de noventa (90) días de entrada en vigencia de la presente ley.

ARTÍCULO 5º: Comuníquese al Poder Ejecutivo.

Graciela Bar.-

FUNDAMENTOS
Sr. Presidente:

La ciudad entrerriana de Viale, nace hace un siglo cuando un 7 de julio de 1906, se bautiza a un paraje del ramal ferroviario de Crespo, con el nombre de Estación Viale, en homenaje a Don Victorio Viale quien donó parte de sus tierras para erigir la iglesia, la plaza, la estación, entre otros edificios públicos.

Esta pujante ciudad entrerriana, se ha integrado por inmigrantes italianos, alemanes del volga, rusos, árabes, suizos, polacos y españoles que llegaron al país con la esperanza de construir un futuro mejor en nuestras tierras.

Durante años el ferrocarril ha formado parte de la historia de Viale, no solamente por ser el motivo de su nacimiento, sino que por la estratégica ubicación de la estación, donde toda la población ha crecido alrededor de ella, familiarizándose con los sonidos y los movimientos típicos de las estaciones de tren.

Desde hace años el tren ya no pasa por Viale, y no solamente ha dejado un gran vacío entre los pobladores, sino que esta circunstancia ha dividido al pueblo en dos. Hoy los terrenos del ferrocarril, sin proyectos de reactivación alguna, se extienden a lo largo de toda la ciudad.

Atento esta circunstancia, las autoridades municipales de la ciudad de Viale han proyectado reactivar estos terrenos, y destinarlos a la construcción de un centro cultural, recreativo y deportivo; y a la prolongación y apertura de calles que en la actualidad se encuentran cortadas por lo que era la vieja Estación.

Para una ciudad en incipiente crecimiento, que hoy cuenta con más de 9000 habitantes, la transferencia de los terrenos propiedad del Estado Nacional Argentino, particularmente de la Administración General de los Ferrocarriles del Estado, es indispensable para continuar con el ímpetu que esta comunicad ha demostrado.

Por todo lo expuesto, y porque considero indispensable darle a estos terrenos un uso debido y con provecho para toda la comunidad de Viale, es que solicito a mis pares la aprobación del presente proyecto.

Graciela Bar.-





Texto Original240597