Número de Expediente 2704/03
N° | Origen | Tipo | Extracto |
---|---|---|---|
2704/03 | Senado De La Nación | Proyecto De Declaración | OCHOA : PROYECTO DE DECLARACION MANIFESTANDO BENEPLACITO AL CUMPLIRSE EL 30 DE OCTUBRE DOS DECADAS DE CONTINUIDAD DEMOCRATICA EN EL PAIS .,- |
Listado de Autores |
---|
Ochoa
, Raúl Ernesto
|
Fechas en Dir. Mesa de Entradas
MESA DE ENTRADAS | DADO CUENTA | Nº DE D.A.E. |
---|---|---|
30-10-2003 | 05-11-2003 | 158/2003 Tipo: NORMAL |
Fecha de Ingreso a Dir. Gral. de Comisiones
DIR. GRAL. de COMISIONES | INGRESO DEL DICTAMEN A LA MESA DE ENTRADAS |
---|---|
31-10-2003 | SIN FECHA |
Giros del Expediente a Comisiones
COMISIÓN | FECHA DE INGRESO | FECHA DE EGRESO |
---|---|---|
ORDEN DE GIRO: 1 |
03-11-2003 | 28-02-2005 |
EL EXPEDIENTE CADUCO EL 28-02-2005
ENVIADO AL ARCHIVO : 31-01-2006
En proceso de carga
Senado de la Nación
Secretaría Parlamentaria
Dirección Publicaciones
(S-2704/03)
PROYECTO DE DECLARACION
El Senado de la Nación...
El Senado de la Nación Argentina manifiesta su beneplácito al
cumplirse, el 30 de octubre del corriente año, dos décadas de ejercicio
pleno y efectivo por parte de Todos los Argentinos del derecho al
sufragio, que se traduce en la formación de la conciencia moral y
cívica, y la continuidad de los Gobiernos Constitucionales.
Raúl E. Ochoa.-
Fundamentos
Señor Presidente:
El día 30 de Octubre de 1983, marca un hito histórico ya que se inicia
el proceso democrático del cual hoy, veinte años después, seguimos
siendo partícipes.
A partir de ese día, todo el pueblo argentino, vuelve a ser
protagonista en la decisión de quienes lo representan, a través de la
elección y del sufragio, términos éstos, indisolublemente ligados con
la noción del gobierno constitucional, que se basa en el principio
representativo, cuya esencia se centra en que el pueblo gobierne por
medio de sus representantes. Por ello, no cabe duda, que únicamente es
posible el funcionamiento de dicha estructura o forma gubernativa a
través de gobernantes elegidos directa o indirectamente por medio del
sufragio popular, de este modo las instituciones ejercen la voluntad
política expresada por la comunidad.
La raíz de todo este proceso democrático del cual hoy somos parte los
argentinos, se encuentra en la emisión del voto en las urnas,
manifestando así a quienes elegimos para que nos representen y expresen
nuestra voluntad; citando a Alberti decía "el derecho electoral es la
primera y más fundamental de las libertades".
También vale destacar la mención que contiene al respecto la
Declaración Universal de los Derechos del Hombre, aprobada por la
Asamblea General de las Naciones Unidas en 1948, que proclama en el
art. 21. "Toda persona tiene derecho a participar en el gobierno de su
país, directamente o por medio de representantes libremente escogidos.
Toda persona tiene el derecho de acceso en condiciones de igualdad a
las funciones públicas de su país.
La voluntad del pueblo es la base de la autoridad del poder público,
esta voluntad se expresará mediante elecciones auténticas que habrán de
celebrarse periódicamente, por sufragio universal e igual por voto
secreto u otro procedimiento equivalente que garantice la libertad del
voto".
Por la fundamentación expuesta, es que solicito a mis pares el
acompañamiento en el presente proyecto.
Raúl E. Ochoa.-
Secretaría Parlamentaria
Dirección Publicaciones
(S-2704/03)
PROYECTO DE DECLARACION
El Senado de la Nación...
El Senado de la Nación Argentina manifiesta su beneplácito al
cumplirse, el 30 de octubre del corriente año, dos décadas de ejercicio
pleno y efectivo por parte de Todos los Argentinos del derecho al
sufragio, que se traduce en la formación de la conciencia moral y
cívica, y la continuidad de los Gobiernos Constitucionales.
Raúl E. Ochoa.-
Fundamentos
Señor Presidente:
El día 30 de Octubre de 1983, marca un hito histórico ya que se inicia
el proceso democrático del cual hoy, veinte años después, seguimos
siendo partícipes.
A partir de ese día, todo el pueblo argentino, vuelve a ser
protagonista en la decisión de quienes lo representan, a través de la
elección y del sufragio, términos éstos, indisolublemente ligados con
la noción del gobierno constitucional, que se basa en el principio
representativo, cuya esencia se centra en que el pueblo gobierne por
medio de sus representantes. Por ello, no cabe duda, que únicamente es
posible el funcionamiento de dicha estructura o forma gubernativa a
través de gobernantes elegidos directa o indirectamente por medio del
sufragio popular, de este modo las instituciones ejercen la voluntad
política expresada por la comunidad.
La raíz de todo este proceso democrático del cual hoy somos parte los
argentinos, se encuentra en la emisión del voto en las urnas,
manifestando así a quienes elegimos para que nos representen y expresen
nuestra voluntad; citando a Alberti decía "el derecho electoral es la
primera y más fundamental de las libertades".
También vale destacar la mención que contiene al respecto la
Declaración Universal de los Derechos del Hombre, aprobada por la
Asamblea General de las Naciones Unidas en 1948, que proclama en el
art. 21. "Toda persona tiene derecho a participar en el gobierno de su
país, directamente o por medio de representantes libremente escogidos.
Toda persona tiene el derecho de acceso en condiciones de igualdad a
las funciones públicas de su país.
La voluntad del pueblo es la base de la autoridad del poder público,
esta voluntad se expresará mediante elecciones auténticas que habrán de
celebrarse periódicamente, por sufragio universal e igual por voto
secreto u otro procedimiento equivalente que garantice la libertad del
voto".
Por la fundamentación expuesta, es que solicito a mis pares el
acompañamiento en el presente proyecto.
Raúl E. Ochoa.-