Número de Expediente 2683/03
N° | Origen | Tipo | Extracto |
---|---|---|---|
2683/03 | Senado De La Nación | Proyecto De Ley | FALCO Y SAPAG: PROYECTO DE LEY MARCO DE POLITICA HIDRICA |
Listado de Autores |
---|
Falco
, Luis
|
Sapag
, Luz María
|
Fechas en Dir. Mesa de Entradas
MESA DE ENTRADAS | DADO CUENTA | Nº DE D.A.E. |
---|---|---|
29-10-2003 | 05-11-2003 | 157/2003 Tipo: NORMAL |
Fecha de Ingreso a Dir. Gral. de Comisiones
DIR. GRAL. de COMISIONES | INGRESO DEL DICTAMEN A LA MESA DE ENTRADAS |
---|---|
31-10-2003 | SIN FECHA |
Giros del Expediente a Comisiones
COMISIÓN | FECHA DE INGRESO | FECHA DE EGRESO |
---|---|---|
DE INFRAESTRUCTURA, VIVIENDA Y TRANSPORTE
ORDEN DE GIRO: 1 |
31-10-2003 | 28-02-2005 |
DE ASUNTOS CONSTITUCIONALES
ORDEN DE GIRO: 2 |
31-10-2003 | 28-02-2005 |
DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE
ORDEN DE GIRO: 3 |
31-10-2003 | 28-02-2005 |
EL EXPEDIENTE CADUCO EL 28-02-2005
ENVIADO AL ARCHIVO : 27-04-2005
En proceso de carga
Senado de la Nación
Secretaría Parlamentaria
Dirección Publicaciones
S-2683/03)
PROYECTO DE LEY
EL Senado y Cámara de diputados,...
Artículo 1º: Apruébanse los Principios Rectores de Política Hídrica
para la República Argentina, adoptados por la Nación Argentina, las
Provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, mediante la
suscripción del Acuerdo Federal del Agua, el 17 de Setiembre de 2003 en
la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y que como Anexo I forman parte de
la presente Ley.
Artículo 2º: El Consejo Hídrico Federal (CO.HI.FE), constituido en la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires con fecha 27 de marzo del año 2003 e
integrado por los Estados Provinciales, la Nación y la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires será el ámbito idóneo para la definición de la Política
Hídrica de la República Argentina.
Artículo 3º.-Comuníquese al Poder Ejecutivo.-
Luis A. Falcó.- Luz M. Sapag.-
ANEXO I
PRINCIPIOS RECTORES DE POLÍTICA HÍDRICA
DE LA REPUBLICA ARGENTINA
Fundamentos del
ACUERDO FEDERAL DEL AGUA
CONSEJO HIDRICO FEDERAL
08 de Septiembre de 2003
EL AGUA Y SU CICLO
1 El agua es un recurso renovable, escaso y vulnerable
El agua es un elemento insustituible para el sostenimiento de la vida
humana y el resto de los seres vivos, siendo al mismo tiempo un insumo
imprescindible en innumerables procesos productivos. A pesar de ser
renovable, la escasez del agua se manifiesta gradualmente a medida que
aumentan las demandas y los conflictos por su uso. Su carácter de
vulnerable se manifiesta en la creciente degradación de su calidad, lo
cual amenaza la propia existencia de la vida.
2 El agua tiene un único origen
Toda el agua que utilizamos, ya sea que provenga de una fuente
atmosférica, superficial o subterránea, debe ser tratada como parte de
un único recurso, reconociéndose así la unicidad del ciclo hidrológico
y su importante variabilidad espacial y temporal. La conectividad
hidrológica que generalmente existe entre las distintas fuentes de agua
hace que las extracciones y/o contaminaciones en una de ellas
repercutan en la disponibilidad de las otras. De ello se desprende la
necesidad de que el Estado ejerza controles sobre la totalidad de las
fuentes de agua, dictando y haciendo cumplir la normativa para el
aprovechamiento y protección de las diversas fuentes de agua como una
sola fuente de suministro.
EL AGUA Y EL AMBIENTE
3 Incorporación de la dimensión ambiental
La preservación de un recurso natural esencial como el agua es un deber
irrenunciable de los Estados y de la sociedad en pleno. Por ser así, la
gestión hídrica debe considerar al ambiente en todas sus actividades,
desde la concepción misma de los proyectos y programas hasta su
materialización y continua evolución. La incorporación de la dimensión
ambiental en la gestión de los recursos hídricos se logra mediante el
establecimiento de pautas de calidad ambiental, el desarrollo de
evaluaciones ambientales estratégicas para planes y programas (etapa de
preinversión), y la realización de evaluaciones de riesgo e impacto y
de auditorías ambientales para proyectos específicos. Así, mediante el
análisis de la vulnerabilidad ambiental, se busca reducir los factores
de riesgo y lograr el equilibrio entre el uso y la protección del
recurso.
4 Articulación de la gestión hídrica con la gestión ambiental
La interrelación que existe entre la gestión de los recursos hídricos y
la problemática ambiental no admite compartimientos estancos entre las
administraciones de ambos sectores. De ello se desprende la necesidad
de otorgarle al manejo de los recursos hídricos un enfoque integrador y
global, coherente con la política de protección ambiental, promoviendo
la gestión conjunta de la cantidad y calidad del agua. Ello se logra
mediante la actualización y armonización de las normativas y una sólida
coordinación intersectorial tendiente a articular la gestión hídrica
con la gestión ambiental, actuando en el marco constitucional vigente.
5 Articulación de la gestión hídrica con la gestión territorial
Las múltiples actividades que se desarrollan en un territorio
(agricultura, ganadería, explotación forestal, minería, urbanización,
industria) afectan de una u otra forma sus recursos hídricos. De ello
se desprende la necesidad de imponer prácticas sustentables en todas
las actividades que se desarrollen en las cuencas hídricas. Al mismo
tiempo exige que el sector hídrico participe en la gestión territorial
de las mismas, interviniendo en las decisiones sobre el uso del
territorio e imponiendo medidas mitigatorias y restricciones al uso del
suelo cuando pudiera conducir a impactos inaceptables en los recursos
hídricos, especialmente aquéllos relacionados con la calidad de las
aguas, la función hidráulica de los cauces y los ecosistemas acuáticos.
6 Calidad de las aguas
Mantener y restaurar la calidad de las aguas constituye la meta de la
gestión hídrica más valorada por la sociedad, lo cual demanda una
efectiva complementación de las acciones desarrolladas por las
autoridades hídricas provinciales y nacional en ese sentido. Con tal
fin, la autoridad hídrica nacional establecerá a modo de presupuestos
mínimos "niveles guía de calidad de agua ambiente" que sirvan como
criterios referenciales para definir su aptitud en relación con los
usos que le sean asignados. Sobre la base de tales criterios las
autoridades hídricas provinciales tendrán el cometido de establecer
objetivos y estándares de calidad para sus cuerpos de agua y el de
diseñar e implementar las acciones de evaluación y control tendientes a
proteger o restaurar la calidad de sus cuerpos de agua de acuerdo a los
usos que les asignen a los mismos.
7 Acciones contra la contaminación
La contaminación de los recursos hídricos, que en nuestro país exhibe
manifestaciones de diverso tipo y grado, exige asumir una estrategia
integral conformada por acciones consistentes y sostenidas en el tiempo
que permitan verificar la conservación de la calidad del agua ambiente
o el cumplimiento de metas progresivas de restauración de dicha
calidad. Tal estrategia involucra la definición de programas de
monitoreo y control de emisión de contaminantes diferenciados para cada
cuenca, con premisas de diseño e implementación fijadas en función de
las características contaminantes prioritarias de los vertidos
provenientes de fuentes fijas y dispersas, de las características de
los cuerpos receptores y del destino asignado a estos últimos.
8 Agua potable y saneamiento como derecho humano básico
El consumo de agua no potable y la falta de servicios de saneamiento
adecuados constituyen causas principales de enfermedades que impactan
negativamente en el desarrollo de las comunidades, la salud de la
población y la integridad de los ecosistemas. Ello exige la integración
de las cuestiones relativas al agua potable y al saneamiento en las
políticas de gestión de los recursos hídricos y la disponibilidad de
recursos financieros permanentes para mejorar y aumentar las coberturas
de agua potable y saneamiento para la totalidad de la población urbana
y rural. Asimismo, el impacto de la contaminación directa e indirecta
sobre las fuentes de agua destinadas al consumo humano requiere el
desarrollo de investigaciones sistemáticas sobre la incidencia de su
calidad en los indicadores de salud de la población.
9 Control de externalidades hídricas
La gestión integrada de los recursos hídricos debe prever y controlar
externalidades negativas, explicitando los impactos ambientales y
perjuicios a terceros que pudiera aparejar un determinado manejo,
asignación del recurso o contaminación de una fuente de agua. Ello
determina la obligatoriedad por parte de los responsables de
internalizar los costos y asumir la recomposición o reparación de los
daños ocasionados. En este contexto se destaca la aplicación de
instrumentos jurídicos y económicos para desalentar la contaminación y
estimular la inversión en tecnologías limpias que eviten o mitiguen la
contaminación.
10 Impactos por exceso o escasez de agua
Las inundaciones recurrentes y la obstrucción del escurrimiento natural
de las aguas constituyen serios problemas para vastas zonas del
territorio nacional. Las soluciones que se adopten deben tener como
premisa esencial evitar la traslación de daños y la adopción de medidas
de mitigación y de restricción de ocupación de las áreas de riesgo,
rescatándose el valor ambiental de las planicies de inundación para
mitigar el impacto de las inundaciones. En situaciones de escasez deben
evitarse las extracciones descontroladas de aguas superficiales y
subterráneas que degraden los ecosistemas y atenten contra la
sustentabilidad de los acuíferos. Ello exige ingentes esfuerzos de
monitoreo y una estricta regulación conjunta de ambas fuentes de agua
en términos de cantidad y calidad.
11 Conservación y reuso del agua
Las prácticas conservacionistas y el reuso del agua brindan
oportunidades para el ahorro del recurso que derivan en importantes
beneficios sociales, productivos y ambientales; beneficios que deben
compartirse entre los múltiples usuarios del recurso. El reciclado del
agua a partir de la modificación de procesos industriales, la
disminución de los altos consumos de agua potable, el reuso de aguas
residuales proveniente de centros urbanos e industriales en otras
actividades, el aumento de eficiencia en el consumo de agua por el
sector agrícola bajo riego; constituyen líneas de acción concurrentes
en pos del uso racional y sustentable del recurso.
EL AGUA Y LA SOCIEDAD
12 Ética y gobernabilidad del agua
Alcanzar la plena gobernabilidad del sector hídrico requiere del
compromiso y el accionar conjunto de los organismos de gobierno y
usuarios del agua para democratizar todas las instancias de la gestión
hídrica. La dimensión ética en el manejo de nuestras aguas se logrará
incorporando a la gestión diaria la equidad, la participación efectiva,
la comunicación, el conocimiento, la transparencia y especialmente la
capacidad de respuesta a las necesidades que se planteen en el sector.
Ambas, la ética del agua y la gobernabilidad del sector hídrico, se
alcanzarán a través del cumplimiento de todos y cada uno de los
Principios Rectores aquí enunciados.
13 Uso equitativo del agua
Todos los habitantes de una cuenca tienen derecho a acceder al uso de
las aguas para cubrir sus necesidades básicas de bebida, alimentación,
salud y desarrollo. La promoción por parte del Estado del principio de
equidad en el uso del agua se manifiesta a través de: asegurar el
acceso a los servicios básicos de agua potable y saneamiento a toda la
población urbana y rural; asignar recursos hídricos a proyectos de
interés social; y promocionar el aprovechamiento del agua en todos sus
potenciales usos -usos múltiples del agua- buscando siempre alcanzar el
deseado equilibrio entre los aspectos sociales, económicos y
ambientales inherentes al agua.
14 Responsabilidades indelegables del Estado
El agua es tan importante para la vida y el desarrollo de la sociedad
que ciertos aspectos de su gestión deben ser atendidos directamente por
el Estado. La formulación de la política hídrica, la evaluación del
recurso, la planificación, la administración, la asignación de derechos
de uso y vertido, la asignación de recursos económicos, el dictado de
normativas, y muy especialmente la preservación y el control son
responsabilidades indelegables del Estado. Se requiere para ello contar
con lineamientos claros para el desarrollo y protección del recurso
hídrico y con marcos regulatorios y de control adecuados.
15 El agua como factor de riesgo
En ocasiones el agua se transforma en factor de riesgo por la
interacción que ejerce con las actividades de las personas, pudiendo
ocasionar pérdidas de vidas humanas y serios daños a los sistemas
económicos, sociales y ambientales. La notable variabilidad espacial y
temporal de la oferta hídrica de nuestro país nos exige aprender a
convivir con las restricciones que el medio natural nos impone, y al
mismo tiempo, desarrollar la normativa, los planes de contingencia y la
infraestructura que permita prevenir y mitigar los impactos negativos
creados por situaciones asociadas tanto a fenómenos de excedencia como
de escasez hídrica y fallas de la infraestructura.
EL AGUA Y LA GESTIÓN
16 Gestión descentralizada y participativa
Cada Estado Provincial es responsable de la gestión de sus propios
recursos hídricos y de la gestión coordinada con otras jurisdicciones
cuando se trate de un recurso hídrico compartido. La descentralización
de funciones debe alcanzar el nivel local más próximo al usuario del
agua que resulte apropiado, promoviendo la participación de
organizaciones comunitarias en la gestión del agua. Al mismo tiempo se
fomenta la participación efectiva de toda la sociedad en la definición
de los objetivos de la planificación hídrica, en el proceso de toma de
decisiones y en el control de la gestión.
17 Gestión integrada del recurso hídrico
La gran diversidad de factores ambientales, sociales y económicos que
afectan o son afectados por el manejo del agua avala la importancia de
establecer una gestión integrada del recurso hídrico (en contraposición
al manejo sectorizado y descoordinado). Ello requiere un cambio de
paradigma, pasando del tradicional modelo de desarrollo de la oferta
hacia la necesaria gestión integrada del recurso, mediante la cual se
actúa simultáneamente sobre la oferta y la demanda de agua, apoyándose
en los avances tecnológicos y las buenas prácticas. Asimismo, la
gestión hídrica debe estar fuertemente vinculada a la gestión
territorial, la conservación de los suelos y la protección de los
ecosistemas naturales.
18 Usos múltiples del agua y prioridades
Excepto el agua para consumo humano básico -cuya demanda se juzga
prioritaria sobre todo otro uso- el resto de las demandas serán
satisfechas conforme a las prioridades provinciales. La creciente
competencia por el uso del agua de una cuenca exige que los posibles
usos competitivos se evalúen sobre la base de sus aspectos sociales,
económicos y ambientales en el contexto de una planificación integrada
que establezca las prioridades en orden al interés público y no
solamente en atención al beneficio para un sector o usuario en
particular.
19 Unidad de planificación y gestión
Dado que el movimiento de las aguas no reconoce fronteras
político-administrativas sino leyes físicas, las cuencas hidrográficas
o los acuíferos constituyen la unidad territorial más apta para la
planificación y gestión coordinada de los recursos hídricos. La
consideración de la totalidad de las ofertas y demandas de agua en una
región hidrográfica permite detectar las mejores oportunidades para su
uso, lográndose al mismo tiempo anticipar conflictos y minimizar
impactos negativos a terceros o al ambiente.
20 Planificación hídrica
Dado los largos plazos que se requieren para concretar los objetivos de
una política hídrica es vital dar continuidad a la gestión surgida de
un trabajo de planificación consensuado, trascendiendo por sobre los
períodos de gobierno. A ese fin, cada provincia desarrollará planes
hídricos como instrumento de compromiso técnico y político para el
cumplimiento de los objetivos fijados. La planificación hídrica debe
contar con la fuerza legal necesaria que asegure su continuidad y con
los mecanismos de actualización que correspondan. Las planificaciones
hídricas provinciales así concebidas deben ser articuladas en un Plan
Hídrico Nacional que asegure el cumplimiento de los objetivos y metas
de la política hídrica consensuada en el Consejo Hídrico Federal.
21 Acciones estructurales y medidas no-estructurales
El logro de los objetivos de la planificación hídrica se alcanza
mediante la adecuada combinación de acciones estructurales
(construcción de infraestructura) y de medidas de gestión, tecnológicas
y disposiciones legales y reglamentarias que complementen o sustituyan
las obras físicas -medidas no-estructurales. Entre éstas últimas se
propician: las normativas para limitar o controlar el uso del agua y
del suelo; la tecnología para disminuir el riesgo hídrico; las medidas
para evitar el derroche y mejorar la eficiencia de uso del agua; y los
mecanismos de cogestión para aprovechar y mejorar la infraestructura
hídrica.
22 Aguas interjurisdiccionales
Para cuencas hidrográficas de carácter interjurisdiccional es
recomendable conformar "organizaciones interjurisdiccionales de cuenca"
para consensuar la distribución y el manejo coordinado de las aguas
compartidas. Actuando a petición de parte, le cabe a la autoridad
hídrica nacional el rol de facilitador y amigable componedor a fin de
compatibilizar los genuinos intereses de las provincias en el marco de
estos principios rectores.
23 Prevención de conflictos
La construcción del consenso y el manejo de los conflictos constituyen
los pilares centrales de la gestión integrada mediante los cuales se
busca identificar los intereses de cada una de las partes y así juntos
construir soluciones superadoras que potencien el beneficio general y
que al mismo tiempo satisfagan las aspiraciones genuinas de las partes.
Las organizaciones de cuenca constituyen ámbitos propicios para la
búsqueda anticipada de soluciones a potenciales conflictos.
EL AGUA Y LAS INSTITUCIONES
24 Autoridad única del agua
Centralizar las acciones del sector hídrico en una única conducción
favorece la gestión integrada de las aguas. Por ello se propicia la
conformación de una única autoridad del agua en cada jurisdicción
(nacional y provinciales) que lleve adelante la gestión integrada de
los recursos hídricos. Dicha autoridad tiene además la responsabilidad
de articular la planificación hídrica con los demás sectores de
gobierno que planifican el uso del territorio y el desarrollo
socioeconómico de la jurisdicción. La autoridad del agua debe disponer
de la necesaria autarquía institucional y financiera para garantizar un
adecuado cumplimiento de sus misiones, debiendo ser además autoridad de
aplicación de la legislación de aguas y contar con el poder de policía
necesario para su efectiva aplicación.
25 Organizaciones de cuenca
Dada la conveniencia de institucionalizar la cuenca como una unidad de
gestión, se promueve la formación de "organizaciones de cuenca"
abocadas a la gestión coordinada y participativa de los recursos
hídricos dentro de los límites de la cuenca. Las organizaciones de
cuenca resultan efectivas en la coordinación intersectorial del uso del
agua y en la vinculación de las organizaciones de usuarios con la
autoridad hídrica. De ello se desprende el importante rol de estas
organizaciones como instancia de discusión, concertación, coordinación
y cogestión de los usuarios del agua; y como instancia conciliatoria en
los conflictos que pudieran emerger.
26 Organizaciones de usuarios
Siguiendo el principio de centralización normativa y descentralización
operativa, se propicia la participación de los usuarios del agua en
determinados aspectos de la gestión hídrica. Para ello se fomenta la
creación y fortalecimiento de "organizaciones de usuarios" del agua en
los cuales delegar responsabilidades de operación, mantenimiento y
administración de la infraestructura hídrica que utilizan. A los
efectos de garantizar los fines de estas organizaciones, las mismas
deben regirse por marcos regulatorios adecuados, y disponer de la
necesaria capacidad técnica y autonomía operativa y económica.
27 El Estado Nacional y la gestión integrada de los recursos hídricos
El Estado Nacional promoverá la gestión integrada de los recursos
hídricos del territorio argentino observando premisas de desarrollo
sustentable. Para ello proveerá criterios referenciales y elementos
metodológicos que posibiliten la implementación de tal gestión por
parte de los distintos ámbitos jurisdiccionales. Paralelamente apoyará
la investigación científica y la formación de capacidades con el fin de
mejorar el conocimiento del recurso; articulando con las distintas
jurisdicciones la cooperación en los campos científico, técnico,
económico y financiero destinada a la evaluación de los recursos
hídricos y al aprovechamiento y protección de los mismos, actuando
siempre en el marco de estos Principios Rectores.
28 Gestión de recursos hídricos compartidos con otros países
Los recursos hídricos compartidos con otros países deben gestionarse de
acuerdo con los principios internacionalmente aceptados de uso
equitativo y razonable, obligación de no ocasionar perjuicio sensible y
deber de información y consulta previa a las provincias titulares del
dominio originario de las aguas. Para ello deben establecerse
procedimientos de concertación previa y de representación específicas
en relación con las decisiones que serán sustentadas por la República
Argentina ante otros países, tanto en materia de cooperación como de
negociaciones y celebración de acuerdos. Cada provincia involucrada
designará un miembro para integrarse a las actividades de las
delegaciones argentinas en las comisiones y organizaciones
internacionales que correspondan.
29 Foros internacionales del agua
Concientes de la trascendencia que tienen los foros internacionales en
temas de agua como formadores de opinión y generadores de las bases
transformadoras de la gestión hídrica, es necesario que toda vez que la
República Argentina participe de dichas reuniones, el Ministerio de
Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto promueva la
necesaria participación de las autoridades hídricas nacional y
provinciales a fin de conformar la voluntad nacional frente a los temas
en cuestión.
30 Consejo Hídrico Federal
El desarrollo armónico e integral de los recursos hídricos del país
resalta la conveniencia y la necesidad de formalizar una instancia
federal con injerencia en todos los aspectos de carácter global,
estratégico e interjurisdiccional vinculados al desarrollo sustentable
de los recursos hídricos. El Consejo Hídrico Federal (COHIFE),
integrado por las autoridades hídricas del Estado Nacional y de los
Estados Provinciales, incluida la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, se
constituye en un foro de articulación de las políticas de aguas del
país, destacándose entre sus misiones velar por la vigencia y el
cumplimiento de los Principios Rectores de Política Hídrica de la
República Argentina y las atribuciones contenidas en su carta orgánica.
EL AGUA Y LA LEY
31 El agua como bien de dominio público
Por ser el agua un bien del dominio público, cada Estado Provincial en
representación de sus habitantes administra sus recursos hídricos
superficiales y subterráneos, incluyendo los lechos que encauzan las
aguas superficiales con el alcance dado en el Código Civil. Los
particulares sólo pueden acceder al derecho del uso de las aguas
públicas, no a su propiedad. Asimismo, la sociedad a través de sus
autoridades hídricas otorga derechos de uso del agua con la condición
que su aprovechamiento resulte beneficioso en términos del interés
público.
32 Asignación de derechos de uso del agua
La necesidad de satisfacer crecientes demandas de agua requiere contar
con instrumentos de gestión que permitan corregir ineficiencias en el
uso del recurso y su reasignación hacia usos de mayor interés social,
económico y ambiental. En tal sentido, los Estados provinciales
condicionarán la asignación de derechos de uso del agua a los usos
establecidos por sus respectivas planificaciones hídricas; otorgándolos
por un período de tiempo apropiado al uso al que se los destine. Se
busca así asegurar el aprovechamiento óptimo del recurso a través de
periódicas evaluaciones de los derechos de uso asignados.
33 Reserva y veda de agua por parte del Estado
La responsabilidad que le cabe al Estado de garantizar la
sustentabilidad del uso del recurso hídrico y mantener la integridad de
los ecosistemas acuáticos requiere que las autoridades hídricas ejerzan
la potestad de establecer vedas, reservas y otras limitaciones
operativas sobre el uso de las aguas superficiales y subterráneas de su
jurisdicción.
34 Derecho a la información
La falta de información puede generar perjuicios económicos, sociales y
ambientales, ya sea porque no se la ha generado o porque permanece
fuera del alcance de la sociedad. Les cabe a las autoridades hídricas
provinciales y nacional la responsabilidad de garantizar el acceso
libre y gratuito de todos los ciudadanos a la información básica
relacionada con las instancias de monitoreo, evaluación, manejo,
aprovechamiento, protección y administración de los recursos hídricos.
EL AGUA Y LA ECONOMÍA
35 El agua como motor del desarrollo sustentable
El agua es un recurso estratégico para el desarrollo de las economías
regionales, y por ende, de la Nación en su conjunto. La asignación del
agua disponible en una región debe atender no sólo los requerimientos
ambientales y las necesidades básicas del ser humano, sino también
elevar su calidad de vida, poniendo el recurso hídrico al servicio del
desarrollo y bienestar de la sociedad.
36 El valor económico del agua
Al convertirse el agua en un bien escaso como resultado de la
competencia por su aprovechamiento, una vez cubierta su función social
y ambiental, adquiere valor en términos económicos, condición ésta que
introduce racionalidad y eficiencia en la distribución del recurso. La
consideración del valor económico del agua durante la etapa de
planificación permite identificar los posibles usos del recurso con
capacidad de aportar desarrollo sustentable a una región.
37 Pago por el uso de agua
Las estructuras tarifarias asociadas al cobro por el uso del agua deben
incentivar el uso racional del recurso y penalizar ineficiencias. Por
todo uso de agua corresponde abonar un cargo para cubrir los gastos
generales en que incurre la administración hídrica a los efectos de
llevar adelante su misión. Adicionalmente, y según corresponda, se
abonarán cargos para cubrir los gastos operativos inherentes al manejo
propiamente dicho del recurso. Para aquellos usos con probada
rentabilidad, corresponde abonar un cargo por el derecho al uso
diferenciado de un bien público.
38 Pago por vertido de efluentes, penalidad por contaminar y
remediación
Las acciones de control de vertido de efluentes demandan cubrir los
gastos en que incurre la administración hídrica en ese sentido (cargo
directo al vertido de efluentes). La infracción a los parámetros
establecidos como límites, será pasible de la aplicación de las
penalidades, con la obligación adicional de remediar los daños
ocasionados. En este contexto, las penalidades por contaminar y las
acciones de remediación emergentes deben ser estructuradas para inducir
la corrección de situaciones contaminantes existentes. Este criterio se
extiende a proyectos de nuevas actividades mediante la previsión de
reaseguros económicos que consideren el riesgo potencial de contaminar.
39 Subsidios del Estado
Los Estados podrán subsidiar total o parcialmente, de acuerdo a la
capacidad contributiva de los beneficiarios, de los costos del agua a
los efectos de posibilitar el acceso a prestaciones básicas de agua
potable y saneamiento, para incentivar proyectos hídricos de interés
social (con énfasis en el combate a la pobreza), y los gastos de
asistencia ante las emergencias hídricas. Los subsidios deben ser
solventados con recursos específicos, evitando así el desfinanciamiento
del sector hídrico.
40 Cobro y reinversión en el sector hídrico
Los recursos económicos recaudados por el sector hídrico deben
reinvertirse en el propio sector hídrico; parte en forma directa para
cubrir los gastos de gestión del agua y parte retornan a la sociedad en
forma indirecta a través del financiamiento de obras y medidas
no-estructurales que el sector hídrico realice en satisfacción del
interés público. De este modo el sector hídrico obtiene recursos
económicos genuinos para llevar adelante una gestión independiente y
con continuidad en el tiempo, y la sociedad se ve beneficiada a través
de obras y servicios que promueven su desarrollo socio-económico.
41 Financiamiento de infraestructura hídrica
Los sistemas de infraestructura hídrica deben contar con recursos
presupuestarios genuinos, enfatizándose los instrumentos financieros
necesarios para lograr la expansión, modernización, operación y
mantenimiento de los mismos. Se requiere para ello movilizar fondos
públicos y privados, involucrando a los beneficiarios en el
cofinanciamiento de las obras a partir de considerar la capacidad
contributiva de los mismos y el beneficio que las obras generen. Se
promueve la planificación hídrica como mecanismo de elegibilidad para
el financiamiento de los proyectos, debiéndose tener en cuenta las
prioridades hídricas intersectoriales y la relación de éstas con los
planes de desarrollo provincial.
42 Financiamiento de medidas no-estructurales
Resulta esencial para una mejor gestión hídrica contar con
financiamiento para la implementación de medidas no-estructurales tales
como el monitoreo sistemático, normas de ordenamiento territorial,
zonificación de riesgos, mecanismos de organización y participación
institucional de los actores involucrados y otras formas adicionales
para garantizar la gestión de las obras y la permanencia en el tiempo
de su función.
LA GESTION Y SUS HERRAMIENTAS
43 Desarrollo de la cultura del agua
Se asigna a la concienciación un rol fundamental en la transformación
del sector hídrico que estos Principios Rectores propician. Se busca
así instalar nuevas conductas y actitudes en la sociedad en su relación
con el agua, lo que permitirá una mejor comprensión de la complejidad
de los temas hídricos y de su interdependencia con factores económicos,
sociales y ambientales. Dicha tarea es una responsabilidad compartida
entre las organizaciones que administran el agua y las instituciones
educativas formales y no formales con dedicación al tema; teniendo como
fin una participación más comprometida y mejor informada de todos los
niveles de la sociedad en la gestión de los recursos hídricos.
44 Actualización legal y administrativa
La gestión integrada de los recursos hídricos requiere de un marco
legal que provea la estructura para el cumplimiento de las metas de
desarrollo y la protección de las aguas. Ante dicha necesidad, las
leyes y los mecanismos administrativos y regulatorios vigentes en
materia de agua requieren de una continua actualización que permita
avanzar hacia una unificación de criterios y normativas que eviten
contradicciones y/o superposición de funciones y eliminen ambigüedades
jurisdiccionales. Las normativas deben ser simples y ágiles de aplicar,
deben reflejar los avances del conocimiento, deben enmarcarse en
esquemas sociales y económicos modernos y deben estar comprometidas
solidariamente con las generaciones futuras.
45 Monitoreo sistemático
Conocer y evaluar el estado y la dinámica del recurso hídrico con
precisión -en cantidad y calidad- constituye el insumo básico de todo
proceso de planeamiento y gestión, proveyendo además información
esencial para controlar la eficiencia y sustentabilidad de los sistemas
hídricos y del conjunto de las actividades sociales y económicas
relacionadas con el agua. Es función del Estado Nacional asegurar la
colección y diseminación de la información básica climática,
meteorológica, cartográfica e hidrológica necesaria. Esto deberá
complementarse y coordinarse con las mediciones que realizan los
estados provinciales y los usuarios del agua, en función de sus
necesidades, con la finalidad de disminuir la incertidumbre en el
conocimiento del recurso a un nivel razonable.
46 Sistema integrado de información hídrica
Es esencial contar con un sistema de información que provea los
elementos necesarios para llevar adelante una gestión racional y
eficiente del sector hídrico. Para ello debe contarse con un sistema de
información integrada -con alcance nacional e internacional- fundado en
una estructura adecuada de última tecnología que cubra todos los
aspectos de cantidad y calidad del agua, incluyendo información
relevante relacionada con la planificación, administración, concesión,
operación, provisión de servicios, monitoreo y protección, regulación y
control del sector hídrico. La integración de la información hídrica
con otros sistemas de información de base favorecerá la toma de
decisiones de los sectores público y privado y como instrumento de
control de la gestión.
47 Optimización de sistemas hídricos
Considerando que buena parte de la infraestructura hídrica existente ha
sido diseñada y es operada como componentes independientes, es
conveniente reevaluar su operación mediante técnicas de análisis de
sistemas a los efectos de mejorar el rendimiento operativo de las obras
y la rehabilitación de la infraestructura ociosa. Se busca así nuevas y
más eficientes formas de distribución del recurso, proporcionando la
posibilidad de identificar potenciales conflictos por su uso y la
búsqueda de alternativas de distribución con mayor aceptación social.
48 Formación de capacidades
Es esencial mejorar las capacidades humanas a todos los niveles para
alcanzar una acertada gestión del agua. Para ello es imperativo
reforzar el desarrollo de capacidades en disciplinas relacionadas con
el conocimiento básico, la planificación, la gestión y el control de
los recursos hídricos. A ello se suman otras disciplinas relacionadas
con la formulación de normas regulatorias y legislación de agua. Se
busca así formar las capacidades que contribuyan a la formulación y
evaluación integral de los proyectos hídricos, considerando sus
diversos aspectos sociales, ambientales, técnicos, económicos y
financieros que estos generen. Al mismo tiempo, resulta esencial
garantizar una alta calidad institucional con cuadros profesionales de
carrera en todos sus niveles de modo de crear condiciones que permitan
atraer y retener en las organizaciones públicas del sector hídrico
personal con las capacidades mencionadas que lideren el proceso de
cambio que se propicia.
49 Red de extensión y comunicación hídrica
Se promueve la creación de una red de extensión y comunicación entre
todos los actores vinculados al quehacer hídrico para la divulgación de
información y experiencias del sector. Se busca así fomentar las
mejores prácticas en todos los aspectos que hacen al uso y protección
del recurso y eliminar las prácticas inadecuadas. Se considera a la red
de extensión y comunicación hídrica como una herramienta efectiva para
alcanzar el conocimiento y la necesaria toma de conciencia de los
usuarios actuales del agua, como también de los nuevos usuarios y
administradores que se sumen progresivamente a la gestión hídrica como
resultado del proceso de descentralización.
Luis A. Falcó.
FUNDAMENTOS
Señor Presidente:
En los últimos años la sociedad Argentina toda, y en particular
aquellos sectores vinculados al recurso hídrico -usuarios, prestadores
de servicio, investigadores, administradores, comunicadores, etc.-,
tomaron conciencia del serio deterioro de la gestión de nuestros
recursos hídricos, dándole la motivación para corregir el rumbo actual
del manejo de nuestras aguas. Se coincidió en que el primer paso en
esa dirección es la creación de una base jurídica sólida que garantice
una gestión eficiente y sustentable de los recursos hídricos para todo
el país.
Con tal fin, y a instancias de la Subsecretaría de Recursos Hídricos de
la Nación, las provincias convocaron a los sectores vinculados con el
aprovechamiento, gestión y protección de sus recursos hídricos buscando
establecer la visión que indique "qué es el agua para nosotros" y al
mismo tiempo señale la forma de utilizarla como "motor de nuestro
desarrollo sustentable".
Dicha convocatoria se plasmó en los Talleres que se realizaron a partir
del año 2001 en cada una de las jurisdicciones que integran la
Argentina, con una amplia participación de todos los sectores
vinculados a los Recursos Hídricos, los que contaron con cerca de 3.000
participantes. En dichos Talleres se discutieron ampliamente y
consensuaron los Principios Rectores de Política Hídrica para la
República Argentina, con una metodología inédita de creación normativa
por la amplia participación lograda y el consenso obtenido por todos
los participantes. La adopción de los referidos lineamientos por parte
de todas las Provincias y la Nación permitirá dotar al sector hídrico
de una Política de Estado.
Los sectores de la sociedad vinculados al recurso hídrico entienden que
su aprovechamiento debe realizarse armonizando los aspectos "sociales",
"económicos" y "ambientales" que nuestra sociedad le adjudica al agua.
Se reconoce que esta tarea no es sencilla dado que, como a menudo
ocurre, las acciones que estos tres aspectos promueven al ser
considerados aisladamente pueden resultar antagónicas o excluyentes
entre sí. Se concluye entonces que la única forma de lograr utilizar
sustentablemente el agua en beneficio de toda la sociedad provendrá de
encontrar el balance justo en la aplicación de estos tres faros que
deben guiar nuestra política hídrica. Ello conlleva la necesidad de
incorporar principios rectores de organización, gestión y economía de
los recursos hídricos en consonancia con principios de protección del
recurso. La materialización de tales principios requiere el apoyo
participativo de la comunidad en su totalidad y de un férreo compromiso
del sector político, en el entendimiento que del manejo inteligente de
las aguas depende la vida y la prosperidad de nuestro país.
El propósito de los Principios Rectores de Política Hídrica para la
República Argentina es brindar lineamientos y mecanismos que permitan
la integración de los aspectos técnicos, sociales, económicos, legales,
institucionales y ambientales del agua en una gestión moderna de los
recursos hídricos.
Consecuentemente, y a los fines de otorgarle la pertinente entidad
normativa que posibilite adoptar los citados Principios como Política
de Estado, corresponde elevar los mismos a nivel de Ley Marco de la
Nación a fin de consagrar una Política Hídrica coherente, efectiva y
que incorpore las raíces históricas y los valores de todas las
provincias y la Nación en su conjunto.
Ello servirá asimismo de guía para nuestros administradores en la
creación de organizaciones y programas de acción adecuados. La adopción
de estos principios rectores por parte de todas las Provincias y la
Nación, a la luz de un federalismo concertado, permitirá avanzar hacia
un desarrollo sustentable del recurso hídrico, disminuyendo los
posibles conflictos derivados de su uso.
Dichos Principios han sido adoptados por la Nación Argentina, las
Provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, mediante la
suscripción del Acuerdo Federal del Agua, llevada a cabo el pasado 17
de Setiembre del corriente en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
comprometiéndose las partes signatarias a compatibilizar e instrumentar
dichos principios en las políticas, legislaciones y gestión de las
aguas de sus respectivas jurisdicciones.
Asimismo, en el referido Acuerdo se reconoce al Consejo Hídrico Federal
(CO.HI.FE) como el ámbito idóneo para la definición de la Política
Hídrica de la República Argentina. Dicho Consejo se constituyó en la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires con fecha 27 de marzo del año 2003 y se
integra por los Estados Provinciales, la Nación y la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires.
Por todo ello es que propicio el presente Proyecto de Ley Marco de
Política Hídrica para la República Argentina y solicito a los señores
senadores su aprobación.
Luis A. Falcó.- Luz M. Sapag.-
Secretaría Parlamentaria
Dirección Publicaciones
S-2683/03)
PROYECTO DE LEY
EL Senado y Cámara de diputados,...
Artículo 1º: Apruébanse los Principios Rectores de Política Hídrica
para la República Argentina, adoptados por la Nación Argentina, las
Provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, mediante la
suscripción del Acuerdo Federal del Agua, el 17 de Setiembre de 2003 en
la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y que como Anexo I forman parte de
la presente Ley.
Artículo 2º: El Consejo Hídrico Federal (CO.HI.FE), constituido en la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires con fecha 27 de marzo del año 2003 e
integrado por los Estados Provinciales, la Nación y la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires será el ámbito idóneo para la definición de la Política
Hídrica de la República Argentina.
Artículo 3º.-Comuníquese al Poder Ejecutivo.-
Luis A. Falcó.- Luz M. Sapag.-
ANEXO I
PRINCIPIOS RECTORES DE POLÍTICA HÍDRICA
DE LA REPUBLICA ARGENTINA
Fundamentos del
ACUERDO FEDERAL DEL AGUA
CONSEJO HIDRICO FEDERAL
08 de Septiembre de 2003
EL AGUA Y SU CICLO
1 El agua es un recurso renovable, escaso y vulnerable
El agua es un elemento insustituible para el sostenimiento de la vida
humana y el resto de los seres vivos, siendo al mismo tiempo un insumo
imprescindible en innumerables procesos productivos. A pesar de ser
renovable, la escasez del agua se manifiesta gradualmente a medida que
aumentan las demandas y los conflictos por su uso. Su carácter de
vulnerable se manifiesta en la creciente degradación de su calidad, lo
cual amenaza la propia existencia de la vida.
2 El agua tiene un único origen
Toda el agua que utilizamos, ya sea que provenga de una fuente
atmosférica, superficial o subterránea, debe ser tratada como parte de
un único recurso, reconociéndose así la unicidad del ciclo hidrológico
y su importante variabilidad espacial y temporal. La conectividad
hidrológica que generalmente existe entre las distintas fuentes de agua
hace que las extracciones y/o contaminaciones en una de ellas
repercutan en la disponibilidad de las otras. De ello se desprende la
necesidad de que el Estado ejerza controles sobre la totalidad de las
fuentes de agua, dictando y haciendo cumplir la normativa para el
aprovechamiento y protección de las diversas fuentes de agua como una
sola fuente de suministro.
EL AGUA Y EL AMBIENTE
3 Incorporación de la dimensión ambiental
La preservación de un recurso natural esencial como el agua es un deber
irrenunciable de los Estados y de la sociedad en pleno. Por ser así, la
gestión hídrica debe considerar al ambiente en todas sus actividades,
desde la concepción misma de los proyectos y programas hasta su
materialización y continua evolución. La incorporación de la dimensión
ambiental en la gestión de los recursos hídricos se logra mediante el
establecimiento de pautas de calidad ambiental, el desarrollo de
evaluaciones ambientales estratégicas para planes y programas (etapa de
preinversión), y la realización de evaluaciones de riesgo e impacto y
de auditorías ambientales para proyectos específicos. Así, mediante el
análisis de la vulnerabilidad ambiental, se busca reducir los factores
de riesgo y lograr el equilibrio entre el uso y la protección del
recurso.
4 Articulación de la gestión hídrica con la gestión ambiental
La interrelación que existe entre la gestión de los recursos hídricos y
la problemática ambiental no admite compartimientos estancos entre las
administraciones de ambos sectores. De ello se desprende la necesidad
de otorgarle al manejo de los recursos hídricos un enfoque integrador y
global, coherente con la política de protección ambiental, promoviendo
la gestión conjunta de la cantidad y calidad del agua. Ello se logra
mediante la actualización y armonización de las normativas y una sólida
coordinación intersectorial tendiente a articular la gestión hídrica
con la gestión ambiental, actuando en el marco constitucional vigente.
5 Articulación de la gestión hídrica con la gestión territorial
Las múltiples actividades que se desarrollan en un territorio
(agricultura, ganadería, explotación forestal, minería, urbanización,
industria) afectan de una u otra forma sus recursos hídricos. De ello
se desprende la necesidad de imponer prácticas sustentables en todas
las actividades que se desarrollen en las cuencas hídricas. Al mismo
tiempo exige que el sector hídrico participe en la gestión territorial
de las mismas, interviniendo en las decisiones sobre el uso del
territorio e imponiendo medidas mitigatorias y restricciones al uso del
suelo cuando pudiera conducir a impactos inaceptables en los recursos
hídricos, especialmente aquéllos relacionados con la calidad de las
aguas, la función hidráulica de los cauces y los ecosistemas acuáticos.
6 Calidad de las aguas
Mantener y restaurar la calidad de las aguas constituye la meta de la
gestión hídrica más valorada por la sociedad, lo cual demanda una
efectiva complementación de las acciones desarrolladas por las
autoridades hídricas provinciales y nacional en ese sentido. Con tal
fin, la autoridad hídrica nacional establecerá a modo de presupuestos
mínimos "niveles guía de calidad de agua ambiente" que sirvan como
criterios referenciales para definir su aptitud en relación con los
usos que le sean asignados. Sobre la base de tales criterios las
autoridades hídricas provinciales tendrán el cometido de establecer
objetivos y estándares de calidad para sus cuerpos de agua y el de
diseñar e implementar las acciones de evaluación y control tendientes a
proteger o restaurar la calidad de sus cuerpos de agua de acuerdo a los
usos que les asignen a los mismos.
7 Acciones contra la contaminación
La contaminación de los recursos hídricos, que en nuestro país exhibe
manifestaciones de diverso tipo y grado, exige asumir una estrategia
integral conformada por acciones consistentes y sostenidas en el tiempo
que permitan verificar la conservación de la calidad del agua ambiente
o el cumplimiento de metas progresivas de restauración de dicha
calidad. Tal estrategia involucra la definición de programas de
monitoreo y control de emisión de contaminantes diferenciados para cada
cuenca, con premisas de diseño e implementación fijadas en función de
las características contaminantes prioritarias de los vertidos
provenientes de fuentes fijas y dispersas, de las características de
los cuerpos receptores y del destino asignado a estos últimos.
8 Agua potable y saneamiento como derecho humano básico
El consumo de agua no potable y la falta de servicios de saneamiento
adecuados constituyen causas principales de enfermedades que impactan
negativamente en el desarrollo de las comunidades, la salud de la
población y la integridad de los ecosistemas. Ello exige la integración
de las cuestiones relativas al agua potable y al saneamiento en las
políticas de gestión de los recursos hídricos y la disponibilidad de
recursos financieros permanentes para mejorar y aumentar las coberturas
de agua potable y saneamiento para la totalidad de la población urbana
y rural. Asimismo, el impacto de la contaminación directa e indirecta
sobre las fuentes de agua destinadas al consumo humano requiere el
desarrollo de investigaciones sistemáticas sobre la incidencia de su
calidad en los indicadores de salud de la población.
9 Control de externalidades hídricas
La gestión integrada de los recursos hídricos debe prever y controlar
externalidades negativas, explicitando los impactos ambientales y
perjuicios a terceros que pudiera aparejar un determinado manejo,
asignación del recurso o contaminación de una fuente de agua. Ello
determina la obligatoriedad por parte de los responsables de
internalizar los costos y asumir la recomposición o reparación de los
daños ocasionados. En este contexto se destaca la aplicación de
instrumentos jurídicos y económicos para desalentar la contaminación y
estimular la inversión en tecnologías limpias que eviten o mitiguen la
contaminación.
10 Impactos por exceso o escasez de agua
Las inundaciones recurrentes y la obstrucción del escurrimiento natural
de las aguas constituyen serios problemas para vastas zonas del
territorio nacional. Las soluciones que se adopten deben tener como
premisa esencial evitar la traslación de daños y la adopción de medidas
de mitigación y de restricción de ocupación de las áreas de riesgo,
rescatándose el valor ambiental de las planicies de inundación para
mitigar el impacto de las inundaciones. En situaciones de escasez deben
evitarse las extracciones descontroladas de aguas superficiales y
subterráneas que degraden los ecosistemas y atenten contra la
sustentabilidad de los acuíferos. Ello exige ingentes esfuerzos de
monitoreo y una estricta regulación conjunta de ambas fuentes de agua
en términos de cantidad y calidad.
11 Conservación y reuso del agua
Las prácticas conservacionistas y el reuso del agua brindan
oportunidades para el ahorro del recurso que derivan en importantes
beneficios sociales, productivos y ambientales; beneficios que deben
compartirse entre los múltiples usuarios del recurso. El reciclado del
agua a partir de la modificación de procesos industriales, la
disminución de los altos consumos de agua potable, el reuso de aguas
residuales proveniente de centros urbanos e industriales en otras
actividades, el aumento de eficiencia en el consumo de agua por el
sector agrícola bajo riego; constituyen líneas de acción concurrentes
en pos del uso racional y sustentable del recurso.
EL AGUA Y LA SOCIEDAD
12 Ética y gobernabilidad del agua
Alcanzar la plena gobernabilidad del sector hídrico requiere del
compromiso y el accionar conjunto de los organismos de gobierno y
usuarios del agua para democratizar todas las instancias de la gestión
hídrica. La dimensión ética en el manejo de nuestras aguas se logrará
incorporando a la gestión diaria la equidad, la participación efectiva,
la comunicación, el conocimiento, la transparencia y especialmente la
capacidad de respuesta a las necesidades que se planteen en el sector.
Ambas, la ética del agua y la gobernabilidad del sector hídrico, se
alcanzarán a través del cumplimiento de todos y cada uno de los
Principios Rectores aquí enunciados.
13 Uso equitativo del agua
Todos los habitantes de una cuenca tienen derecho a acceder al uso de
las aguas para cubrir sus necesidades básicas de bebida, alimentación,
salud y desarrollo. La promoción por parte del Estado del principio de
equidad en el uso del agua se manifiesta a través de: asegurar el
acceso a los servicios básicos de agua potable y saneamiento a toda la
población urbana y rural; asignar recursos hídricos a proyectos de
interés social; y promocionar el aprovechamiento del agua en todos sus
potenciales usos -usos múltiples del agua- buscando siempre alcanzar el
deseado equilibrio entre los aspectos sociales, económicos y
ambientales inherentes al agua.
14 Responsabilidades indelegables del Estado
El agua es tan importante para la vida y el desarrollo de la sociedad
que ciertos aspectos de su gestión deben ser atendidos directamente por
el Estado. La formulación de la política hídrica, la evaluación del
recurso, la planificación, la administración, la asignación de derechos
de uso y vertido, la asignación de recursos económicos, el dictado de
normativas, y muy especialmente la preservación y el control son
responsabilidades indelegables del Estado. Se requiere para ello contar
con lineamientos claros para el desarrollo y protección del recurso
hídrico y con marcos regulatorios y de control adecuados.
15 El agua como factor de riesgo
En ocasiones el agua se transforma en factor de riesgo por la
interacción que ejerce con las actividades de las personas, pudiendo
ocasionar pérdidas de vidas humanas y serios daños a los sistemas
económicos, sociales y ambientales. La notable variabilidad espacial y
temporal de la oferta hídrica de nuestro país nos exige aprender a
convivir con las restricciones que el medio natural nos impone, y al
mismo tiempo, desarrollar la normativa, los planes de contingencia y la
infraestructura que permita prevenir y mitigar los impactos negativos
creados por situaciones asociadas tanto a fenómenos de excedencia como
de escasez hídrica y fallas de la infraestructura.
EL AGUA Y LA GESTIÓN
16 Gestión descentralizada y participativa
Cada Estado Provincial es responsable de la gestión de sus propios
recursos hídricos y de la gestión coordinada con otras jurisdicciones
cuando se trate de un recurso hídrico compartido. La descentralización
de funciones debe alcanzar el nivel local más próximo al usuario del
agua que resulte apropiado, promoviendo la participación de
organizaciones comunitarias en la gestión del agua. Al mismo tiempo se
fomenta la participación efectiva de toda la sociedad en la definición
de los objetivos de la planificación hídrica, en el proceso de toma de
decisiones y en el control de la gestión.
17 Gestión integrada del recurso hídrico
La gran diversidad de factores ambientales, sociales y económicos que
afectan o son afectados por el manejo del agua avala la importancia de
establecer una gestión integrada del recurso hídrico (en contraposición
al manejo sectorizado y descoordinado). Ello requiere un cambio de
paradigma, pasando del tradicional modelo de desarrollo de la oferta
hacia la necesaria gestión integrada del recurso, mediante la cual se
actúa simultáneamente sobre la oferta y la demanda de agua, apoyándose
en los avances tecnológicos y las buenas prácticas. Asimismo, la
gestión hídrica debe estar fuertemente vinculada a la gestión
territorial, la conservación de los suelos y la protección de los
ecosistemas naturales.
18 Usos múltiples del agua y prioridades
Excepto el agua para consumo humano básico -cuya demanda se juzga
prioritaria sobre todo otro uso- el resto de las demandas serán
satisfechas conforme a las prioridades provinciales. La creciente
competencia por el uso del agua de una cuenca exige que los posibles
usos competitivos se evalúen sobre la base de sus aspectos sociales,
económicos y ambientales en el contexto de una planificación integrada
que establezca las prioridades en orden al interés público y no
solamente en atención al beneficio para un sector o usuario en
particular.
19 Unidad de planificación y gestión
Dado que el movimiento de las aguas no reconoce fronteras
político-administrativas sino leyes físicas, las cuencas hidrográficas
o los acuíferos constituyen la unidad territorial más apta para la
planificación y gestión coordinada de los recursos hídricos. La
consideración de la totalidad de las ofertas y demandas de agua en una
región hidrográfica permite detectar las mejores oportunidades para su
uso, lográndose al mismo tiempo anticipar conflictos y minimizar
impactos negativos a terceros o al ambiente.
20 Planificación hídrica
Dado los largos plazos que se requieren para concretar los objetivos de
una política hídrica es vital dar continuidad a la gestión surgida de
un trabajo de planificación consensuado, trascendiendo por sobre los
períodos de gobierno. A ese fin, cada provincia desarrollará planes
hídricos como instrumento de compromiso técnico y político para el
cumplimiento de los objetivos fijados. La planificación hídrica debe
contar con la fuerza legal necesaria que asegure su continuidad y con
los mecanismos de actualización que correspondan. Las planificaciones
hídricas provinciales así concebidas deben ser articuladas en un Plan
Hídrico Nacional que asegure el cumplimiento de los objetivos y metas
de la política hídrica consensuada en el Consejo Hídrico Federal.
21 Acciones estructurales y medidas no-estructurales
El logro de los objetivos de la planificación hídrica se alcanza
mediante la adecuada combinación de acciones estructurales
(construcción de infraestructura) y de medidas de gestión, tecnológicas
y disposiciones legales y reglamentarias que complementen o sustituyan
las obras físicas -medidas no-estructurales. Entre éstas últimas se
propician: las normativas para limitar o controlar el uso del agua y
del suelo; la tecnología para disminuir el riesgo hídrico; las medidas
para evitar el derroche y mejorar la eficiencia de uso del agua; y los
mecanismos de cogestión para aprovechar y mejorar la infraestructura
hídrica.
22 Aguas interjurisdiccionales
Para cuencas hidrográficas de carácter interjurisdiccional es
recomendable conformar "organizaciones interjurisdiccionales de cuenca"
para consensuar la distribución y el manejo coordinado de las aguas
compartidas. Actuando a petición de parte, le cabe a la autoridad
hídrica nacional el rol de facilitador y amigable componedor a fin de
compatibilizar los genuinos intereses de las provincias en el marco de
estos principios rectores.
23 Prevención de conflictos
La construcción del consenso y el manejo de los conflictos constituyen
los pilares centrales de la gestión integrada mediante los cuales se
busca identificar los intereses de cada una de las partes y así juntos
construir soluciones superadoras que potencien el beneficio general y
que al mismo tiempo satisfagan las aspiraciones genuinas de las partes.
Las organizaciones de cuenca constituyen ámbitos propicios para la
búsqueda anticipada de soluciones a potenciales conflictos.
EL AGUA Y LAS INSTITUCIONES
24 Autoridad única del agua
Centralizar las acciones del sector hídrico en una única conducción
favorece la gestión integrada de las aguas. Por ello se propicia la
conformación de una única autoridad del agua en cada jurisdicción
(nacional y provinciales) que lleve adelante la gestión integrada de
los recursos hídricos. Dicha autoridad tiene además la responsabilidad
de articular la planificación hídrica con los demás sectores de
gobierno que planifican el uso del territorio y el desarrollo
socioeconómico de la jurisdicción. La autoridad del agua debe disponer
de la necesaria autarquía institucional y financiera para garantizar un
adecuado cumplimiento de sus misiones, debiendo ser además autoridad de
aplicación de la legislación de aguas y contar con el poder de policía
necesario para su efectiva aplicación.
25 Organizaciones de cuenca
Dada la conveniencia de institucionalizar la cuenca como una unidad de
gestión, se promueve la formación de "organizaciones de cuenca"
abocadas a la gestión coordinada y participativa de los recursos
hídricos dentro de los límites de la cuenca. Las organizaciones de
cuenca resultan efectivas en la coordinación intersectorial del uso del
agua y en la vinculación de las organizaciones de usuarios con la
autoridad hídrica. De ello se desprende el importante rol de estas
organizaciones como instancia de discusión, concertación, coordinación
y cogestión de los usuarios del agua; y como instancia conciliatoria en
los conflictos que pudieran emerger.
26 Organizaciones de usuarios
Siguiendo el principio de centralización normativa y descentralización
operativa, se propicia la participación de los usuarios del agua en
determinados aspectos de la gestión hídrica. Para ello se fomenta la
creación y fortalecimiento de "organizaciones de usuarios" del agua en
los cuales delegar responsabilidades de operación, mantenimiento y
administración de la infraestructura hídrica que utilizan. A los
efectos de garantizar los fines de estas organizaciones, las mismas
deben regirse por marcos regulatorios adecuados, y disponer de la
necesaria capacidad técnica y autonomía operativa y económica.
27 El Estado Nacional y la gestión integrada de los recursos hídricos
El Estado Nacional promoverá la gestión integrada de los recursos
hídricos del territorio argentino observando premisas de desarrollo
sustentable. Para ello proveerá criterios referenciales y elementos
metodológicos que posibiliten la implementación de tal gestión por
parte de los distintos ámbitos jurisdiccionales. Paralelamente apoyará
la investigación científica y la formación de capacidades con el fin de
mejorar el conocimiento del recurso; articulando con las distintas
jurisdicciones la cooperación en los campos científico, técnico,
económico y financiero destinada a la evaluación de los recursos
hídricos y al aprovechamiento y protección de los mismos, actuando
siempre en el marco de estos Principios Rectores.
28 Gestión de recursos hídricos compartidos con otros países
Los recursos hídricos compartidos con otros países deben gestionarse de
acuerdo con los principios internacionalmente aceptados de uso
equitativo y razonable, obligación de no ocasionar perjuicio sensible y
deber de información y consulta previa a las provincias titulares del
dominio originario de las aguas. Para ello deben establecerse
procedimientos de concertación previa y de representación específicas
en relación con las decisiones que serán sustentadas por la República
Argentina ante otros países, tanto en materia de cooperación como de
negociaciones y celebración de acuerdos. Cada provincia involucrada
designará un miembro para integrarse a las actividades de las
delegaciones argentinas en las comisiones y organizaciones
internacionales que correspondan.
29 Foros internacionales del agua
Concientes de la trascendencia que tienen los foros internacionales en
temas de agua como formadores de opinión y generadores de las bases
transformadoras de la gestión hídrica, es necesario que toda vez que la
República Argentina participe de dichas reuniones, el Ministerio de
Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto promueva la
necesaria participación de las autoridades hídricas nacional y
provinciales a fin de conformar la voluntad nacional frente a los temas
en cuestión.
30 Consejo Hídrico Federal
El desarrollo armónico e integral de los recursos hídricos del país
resalta la conveniencia y la necesidad de formalizar una instancia
federal con injerencia en todos los aspectos de carácter global,
estratégico e interjurisdiccional vinculados al desarrollo sustentable
de los recursos hídricos. El Consejo Hídrico Federal (COHIFE),
integrado por las autoridades hídricas del Estado Nacional y de los
Estados Provinciales, incluida la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, se
constituye en un foro de articulación de las políticas de aguas del
país, destacándose entre sus misiones velar por la vigencia y el
cumplimiento de los Principios Rectores de Política Hídrica de la
República Argentina y las atribuciones contenidas en su carta orgánica.
EL AGUA Y LA LEY
31 El agua como bien de dominio público
Por ser el agua un bien del dominio público, cada Estado Provincial en
representación de sus habitantes administra sus recursos hídricos
superficiales y subterráneos, incluyendo los lechos que encauzan las
aguas superficiales con el alcance dado en el Código Civil. Los
particulares sólo pueden acceder al derecho del uso de las aguas
públicas, no a su propiedad. Asimismo, la sociedad a través de sus
autoridades hídricas otorga derechos de uso del agua con la condición
que su aprovechamiento resulte beneficioso en términos del interés
público.
32 Asignación de derechos de uso del agua
La necesidad de satisfacer crecientes demandas de agua requiere contar
con instrumentos de gestión que permitan corregir ineficiencias en el
uso del recurso y su reasignación hacia usos de mayor interés social,
económico y ambiental. En tal sentido, los Estados provinciales
condicionarán la asignación de derechos de uso del agua a los usos
establecidos por sus respectivas planificaciones hídricas; otorgándolos
por un período de tiempo apropiado al uso al que se los destine. Se
busca así asegurar el aprovechamiento óptimo del recurso a través de
periódicas evaluaciones de los derechos de uso asignados.
33 Reserva y veda de agua por parte del Estado
La responsabilidad que le cabe al Estado de garantizar la
sustentabilidad del uso del recurso hídrico y mantener la integridad de
los ecosistemas acuáticos requiere que las autoridades hídricas ejerzan
la potestad de establecer vedas, reservas y otras limitaciones
operativas sobre el uso de las aguas superficiales y subterráneas de su
jurisdicción.
34 Derecho a la información
La falta de información puede generar perjuicios económicos, sociales y
ambientales, ya sea porque no se la ha generado o porque permanece
fuera del alcance de la sociedad. Les cabe a las autoridades hídricas
provinciales y nacional la responsabilidad de garantizar el acceso
libre y gratuito de todos los ciudadanos a la información básica
relacionada con las instancias de monitoreo, evaluación, manejo,
aprovechamiento, protección y administración de los recursos hídricos.
EL AGUA Y LA ECONOMÍA
35 El agua como motor del desarrollo sustentable
El agua es un recurso estratégico para el desarrollo de las economías
regionales, y por ende, de la Nación en su conjunto. La asignación del
agua disponible en una región debe atender no sólo los requerimientos
ambientales y las necesidades básicas del ser humano, sino también
elevar su calidad de vida, poniendo el recurso hídrico al servicio del
desarrollo y bienestar de la sociedad.
36 El valor económico del agua
Al convertirse el agua en un bien escaso como resultado de la
competencia por su aprovechamiento, una vez cubierta su función social
y ambiental, adquiere valor en términos económicos, condición ésta que
introduce racionalidad y eficiencia en la distribución del recurso. La
consideración del valor económico del agua durante la etapa de
planificación permite identificar los posibles usos del recurso con
capacidad de aportar desarrollo sustentable a una región.
37 Pago por el uso de agua
Las estructuras tarifarias asociadas al cobro por el uso del agua deben
incentivar el uso racional del recurso y penalizar ineficiencias. Por
todo uso de agua corresponde abonar un cargo para cubrir los gastos
generales en que incurre la administración hídrica a los efectos de
llevar adelante su misión. Adicionalmente, y según corresponda, se
abonarán cargos para cubrir los gastos operativos inherentes al manejo
propiamente dicho del recurso. Para aquellos usos con probada
rentabilidad, corresponde abonar un cargo por el derecho al uso
diferenciado de un bien público.
38 Pago por vertido de efluentes, penalidad por contaminar y
remediación
Las acciones de control de vertido de efluentes demandan cubrir los
gastos en que incurre la administración hídrica en ese sentido (cargo
directo al vertido de efluentes). La infracción a los parámetros
establecidos como límites, será pasible de la aplicación de las
penalidades, con la obligación adicional de remediar los daños
ocasionados. En este contexto, las penalidades por contaminar y las
acciones de remediación emergentes deben ser estructuradas para inducir
la corrección de situaciones contaminantes existentes. Este criterio se
extiende a proyectos de nuevas actividades mediante la previsión de
reaseguros económicos que consideren el riesgo potencial de contaminar.
39 Subsidios del Estado
Los Estados podrán subsidiar total o parcialmente, de acuerdo a la
capacidad contributiva de los beneficiarios, de los costos del agua a
los efectos de posibilitar el acceso a prestaciones básicas de agua
potable y saneamiento, para incentivar proyectos hídricos de interés
social (con énfasis en el combate a la pobreza), y los gastos de
asistencia ante las emergencias hídricas. Los subsidios deben ser
solventados con recursos específicos, evitando así el desfinanciamiento
del sector hídrico.
40 Cobro y reinversión en el sector hídrico
Los recursos económicos recaudados por el sector hídrico deben
reinvertirse en el propio sector hídrico; parte en forma directa para
cubrir los gastos de gestión del agua y parte retornan a la sociedad en
forma indirecta a través del financiamiento de obras y medidas
no-estructurales que el sector hídrico realice en satisfacción del
interés público. De este modo el sector hídrico obtiene recursos
económicos genuinos para llevar adelante una gestión independiente y
con continuidad en el tiempo, y la sociedad se ve beneficiada a través
de obras y servicios que promueven su desarrollo socio-económico.
41 Financiamiento de infraestructura hídrica
Los sistemas de infraestructura hídrica deben contar con recursos
presupuestarios genuinos, enfatizándose los instrumentos financieros
necesarios para lograr la expansión, modernización, operación y
mantenimiento de los mismos. Se requiere para ello movilizar fondos
públicos y privados, involucrando a los beneficiarios en el
cofinanciamiento de las obras a partir de considerar la capacidad
contributiva de los mismos y el beneficio que las obras generen. Se
promueve la planificación hídrica como mecanismo de elegibilidad para
el financiamiento de los proyectos, debiéndose tener en cuenta las
prioridades hídricas intersectoriales y la relación de éstas con los
planes de desarrollo provincial.
42 Financiamiento de medidas no-estructurales
Resulta esencial para una mejor gestión hídrica contar con
financiamiento para la implementación de medidas no-estructurales tales
como el monitoreo sistemático, normas de ordenamiento territorial,
zonificación de riesgos, mecanismos de organización y participación
institucional de los actores involucrados y otras formas adicionales
para garantizar la gestión de las obras y la permanencia en el tiempo
de su función.
LA GESTION Y SUS HERRAMIENTAS
43 Desarrollo de la cultura del agua
Se asigna a la concienciación un rol fundamental en la transformación
del sector hídrico que estos Principios Rectores propician. Se busca
así instalar nuevas conductas y actitudes en la sociedad en su relación
con el agua, lo que permitirá una mejor comprensión de la complejidad
de los temas hídricos y de su interdependencia con factores económicos,
sociales y ambientales. Dicha tarea es una responsabilidad compartida
entre las organizaciones que administran el agua y las instituciones
educativas formales y no formales con dedicación al tema; teniendo como
fin una participación más comprometida y mejor informada de todos los
niveles de la sociedad en la gestión de los recursos hídricos.
44 Actualización legal y administrativa
La gestión integrada de los recursos hídricos requiere de un marco
legal que provea la estructura para el cumplimiento de las metas de
desarrollo y la protección de las aguas. Ante dicha necesidad, las
leyes y los mecanismos administrativos y regulatorios vigentes en
materia de agua requieren de una continua actualización que permita
avanzar hacia una unificación de criterios y normativas que eviten
contradicciones y/o superposición de funciones y eliminen ambigüedades
jurisdiccionales. Las normativas deben ser simples y ágiles de aplicar,
deben reflejar los avances del conocimiento, deben enmarcarse en
esquemas sociales y económicos modernos y deben estar comprometidas
solidariamente con las generaciones futuras.
45 Monitoreo sistemático
Conocer y evaluar el estado y la dinámica del recurso hídrico con
precisión -en cantidad y calidad- constituye el insumo básico de todo
proceso de planeamiento y gestión, proveyendo además información
esencial para controlar la eficiencia y sustentabilidad de los sistemas
hídricos y del conjunto de las actividades sociales y económicas
relacionadas con el agua. Es función del Estado Nacional asegurar la
colección y diseminación de la información básica climática,
meteorológica, cartográfica e hidrológica necesaria. Esto deberá
complementarse y coordinarse con las mediciones que realizan los
estados provinciales y los usuarios del agua, en función de sus
necesidades, con la finalidad de disminuir la incertidumbre en el
conocimiento del recurso a un nivel razonable.
46 Sistema integrado de información hídrica
Es esencial contar con un sistema de información que provea los
elementos necesarios para llevar adelante una gestión racional y
eficiente del sector hídrico. Para ello debe contarse con un sistema de
información integrada -con alcance nacional e internacional- fundado en
una estructura adecuada de última tecnología que cubra todos los
aspectos de cantidad y calidad del agua, incluyendo información
relevante relacionada con la planificación, administración, concesión,
operación, provisión de servicios, monitoreo y protección, regulación y
control del sector hídrico. La integración de la información hídrica
con otros sistemas de información de base favorecerá la toma de
decisiones de los sectores público y privado y como instrumento de
control de la gestión.
47 Optimización de sistemas hídricos
Considerando que buena parte de la infraestructura hídrica existente ha
sido diseñada y es operada como componentes independientes, es
conveniente reevaluar su operación mediante técnicas de análisis de
sistemas a los efectos de mejorar el rendimiento operativo de las obras
y la rehabilitación de la infraestructura ociosa. Se busca así nuevas y
más eficientes formas de distribución del recurso, proporcionando la
posibilidad de identificar potenciales conflictos por su uso y la
búsqueda de alternativas de distribución con mayor aceptación social.
48 Formación de capacidades
Es esencial mejorar las capacidades humanas a todos los niveles para
alcanzar una acertada gestión del agua. Para ello es imperativo
reforzar el desarrollo de capacidades en disciplinas relacionadas con
el conocimiento básico, la planificación, la gestión y el control de
los recursos hídricos. A ello se suman otras disciplinas relacionadas
con la formulación de normas regulatorias y legislación de agua. Se
busca así formar las capacidades que contribuyan a la formulación y
evaluación integral de los proyectos hídricos, considerando sus
diversos aspectos sociales, ambientales, técnicos, económicos y
financieros que estos generen. Al mismo tiempo, resulta esencial
garantizar una alta calidad institucional con cuadros profesionales de
carrera en todos sus niveles de modo de crear condiciones que permitan
atraer y retener en las organizaciones públicas del sector hídrico
personal con las capacidades mencionadas que lideren el proceso de
cambio que se propicia.
49 Red de extensión y comunicación hídrica
Se promueve la creación de una red de extensión y comunicación entre
todos los actores vinculados al quehacer hídrico para la divulgación de
información y experiencias del sector. Se busca así fomentar las
mejores prácticas en todos los aspectos que hacen al uso y protección
del recurso y eliminar las prácticas inadecuadas. Se considera a la red
de extensión y comunicación hídrica como una herramienta efectiva para
alcanzar el conocimiento y la necesaria toma de conciencia de los
usuarios actuales del agua, como también de los nuevos usuarios y
administradores que se sumen progresivamente a la gestión hídrica como
resultado del proceso de descentralización.
Luis A. Falcó.
FUNDAMENTOS
Señor Presidente:
En los últimos años la sociedad Argentina toda, y en particular
aquellos sectores vinculados al recurso hídrico -usuarios, prestadores
de servicio, investigadores, administradores, comunicadores, etc.-,
tomaron conciencia del serio deterioro de la gestión de nuestros
recursos hídricos, dándole la motivación para corregir el rumbo actual
del manejo de nuestras aguas. Se coincidió en que el primer paso en
esa dirección es la creación de una base jurídica sólida que garantice
una gestión eficiente y sustentable de los recursos hídricos para todo
el país.
Con tal fin, y a instancias de la Subsecretaría de Recursos Hídricos de
la Nación, las provincias convocaron a los sectores vinculados con el
aprovechamiento, gestión y protección de sus recursos hídricos buscando
establecer la visión que indique "qué es el agua para nosotros" y al
mismo tiempo señale la forma de utilizarla como "motor de nuestro
desarrollo sustentable".
Dicha convocatoria se plasmó en los Talleres que se realizaron a partir
del año 2001 en cada una de las jurisdicciones que integran la
Argentina, con una amplia participación de todos los sectores
vinculados a los Recursos Hídricos, los que contaron con cerca de 3.000
participantes. En dichos Talleres se discutieron ampliamente y
consensuaron los Principios Rectores de Política Hídrica para la
República Argentina, con una metodología inédita de creación normativa
por la amplia participación lograda y el consenso obtenido por todos
los participantes. La adopción de los referidos lineamientos por parte
de todas las Provincias y la Nación permitirá dotar al sector hídrico
de una Política de Estado.
Los sectores de la sociedad vinculados al recurso hídrico entienden que
su aprovechamiento debe realizarse armonizando los aspectos "sociales",
"económicos" y "ambientales" que nuestra sociedad le adjudica al agua.
Se reconoce que esta tarea no es sencilla dado que, como a menudo
ocurre, las acciones que estos tres aspectos promueven al ser
considerados aisladamente pueden resultar antagónicas o excluyentes
entre sí. Se concluye entonces que la única forma de lograr utilizar
sustentablemente el agua en beneficio de toda la sociedad provendrá de
encontrar el balance justo en la aplicación de estos tres faros que
deben guiar nuestra política hídrica. Ello conlleva la necesidad de
incorporar principios rectores de organización, gestión y economía de
los recursos hídricos en consonancia con principios de protección del
recurso. La materialización de tales principios requiere el apoyo
participativo de la comunidad en su totalidad y de un férreo compromiso
del sector político, en el entendimiento que del manejo inteligente de
las aguas depende la vida y la prosperidad de nuestro país.
El propósito de los Principios Rectores de Política Hídrica para la
República Argentina es brindar lineamientos y mecanismos que permitan
la integración de los aspectos técnicos, sociales, económicos, legales,
institucionales y ambientales del agua en una gestión moderna de los
recursos hídricos.
Consecuentemente, y a los fines de otorgarle la pertinente entidad
normativa que posibilite adoptar los citados Principios como Política
de Estado, corresponde elevar los mismos a nivel de Ley Marco de la
Nación a fin de consagrar una Política Hídrica coherente, efectiva y
que incorpore las raíces históricas y los valores de todas las
provincias y la Nación en su conjunto.
Ello servirá asimismo de guía para nuestros administradores en la
creación de organizaciones y programas de acción adecuados. La adopción
de estos principios rectores por parte de todas las Provincias y la
Nación, a la luz de un federalismo concertado, permitirá avanzar hacia
un desarrollo sustentable del recurso hídrico, disminuyendo los
posibles conflictos derivados de su uso.
Dichos Principios han sido adoptados por la Nación Argentina, las
Provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, mediante la
suscripción del Acuerdo Federal del Agua, llevada a cabo el pasado 17
de Setiembre del corriente en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
comprometiéndose las partes signatarias a compatibilizar e instrumentar
dichos principios en las políticas, legislaciones y gestión de las
aguas de sus respectivas jurisdicciones.
Asimismo, en el referido Acuerdo se reconoce al Consejo Hídrico Federal
(CO.HI.FE) como el ámbito idóneo para la definición de la Política
Hídrica de la República Argentina. Dicho Consejo se constituyó en la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires con fecha 27 de marzo del año 2003 y se
integra por los Estados Provinciales, la Nación y la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires.
Por todo ello es que propicio el presente Proyecto de Ley Marco de
Política Hídrica para la República Argentina y solicito a los señores
senadores su aprobación.
Luis A. Falcó.- Luz M. Sapag.-