Número de Expediente 2679/96
N° | Origen | Tipo | Extracto |
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2679/96 | Senado De La Nación | Proyecto De Ley | RIVAS : PROYECTO DE LEY SOBRE TRATAMIENTO DE LOS RESTOS MORTALES PERTENECIENTES A INTEGRANTES DE COMUNIDADES ABORIGENES QUE FORMAN PARTE DEL PATRIMONIO CULTURAL DE MUSEOS U OTRAS INSTITUCIONES .- |
Listado de Autores |
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Rivas
, Olijela Del Valle
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Fechas en Dir. Mesa de Entradas
MESA DE ENTRADAS | DADO CUENTA | Nº DE D.A.E. |
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11-12-1996 | 19-12-1996 | 177/1996 Tipo: NORMAL |
Fecha de Ingreso a Dir. Gral. de Comisiones
DIR. GRAL. de COMISIONES | INGRESO DEL DICTAMEN A LA MESA DE ENTRADAS |
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13-12-1996 | 22-05-1997 |
Giros del Expediente a Comisiones
COMISIÓN | FECHA DE INGRESO | FECHA DE EGRESO |
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ORDEN DE GIRO: 1 |
13-12-1996 | 22-05-1997 |
ORDEN DE GIRO: 2 |
13-12-1996 | 22-05-1997 |
EL EXPEDIENTE CADUCO EL 28-02-1999
ENVIADO AL ARCHIVO : 15-11-1999
Resoluciones
SENADO |
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FECHA DE SANCION: 18-06-1997 |
SANCION: APROBO |
COMENTARIO: |
NOTA:PASA A DIP. |
OBSERVACIONES |
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CADUCO EN DIPUTADOS 28-02-1999.- |
Órdenes del Día
NÚMERO | DE FECHA | ESTADO | ANEXO |
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411/97 | 23-05-1997 | APROBADA | Sin Anexo |
En proceso de carga
S-96-2679:RIVAS.
PROYECTO DE LEY
El Senado y Cámara de Diputados,...
Artículo 1 .- Los restos mortales de aborígenes, cualquiera
fuere su característica étnica, que integren colecciones
públicas o privadas de objetos antropológicos o formen parte del
patrimonio cultural de museos públicos o privados, deberán ser
tratados con el respeto y la consideración que se le brinda a
todos los cadáveres humanos.
Art. 2 .- Cuando los restos mortales de aborígenes
mencionados en el artículo anterior fuesen reclamados por sus
descendientes, las autoridades a cargo dispondrán su inmediata
restitución.
Art. 3 .- Los cadáveres mencionados en el artículo 1 , no
reclamados por sus descendientes, podrán seguir a disposición de
las instituciones que los albergan, las que deberán custodiarlos
conforme con la dignidad humana que tienen.
Art. 4 .- Se invita a las provincias a adherir a la presente
ley.
Art. 5 .- Deróganse todas las disposiciones que se opongan a
la presente ley.
Art. Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Olijela del Valle Rivas.
LOS FUNDAMENTOS DE ESTE PROYECTO DE LEY SE ENCUENTRAN PUBLICADOS
EN EL D.A.E. 177)6.