Número de Expediente 2663/06
N° | Origen | Tipo | Extracto |
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2663/06 | Senado De La Nación | Proyecto De Comunicación | FALCO: PROYECTO DE COMUNICACION SOLICITANDO LAS MEDIDAS PARA EXHIBIR CORTOMETRAJES PRECEDIENDO A LOS LARGOMETRAJES EN TODO EL PAIS. |
Listado de Autores |
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Falco
, Luis
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Fechas en Dir. Mesa de Entradas
MESA DE ENTRADAS | DADO CUENTA | Nº DE D.A.E. |
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27-07-2006 | 02-08-2006 | 119/2006 Tipo: NORMAL |
Fecha de Ingreso a Dir. Gral. de Comisiones
DIR. GRAL. de COMISIONES | INGRESO DEL DICTAMEN A LA MESA DE ENTRADAS |
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31-07-2006 | 13-10-2006 |
Giros del Expediente a Comisiones
COMISIÓN | FECHA DE INGRESO | FECHA DE EGRESO |
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DE SISTEMAS, MEDIOS DE COMUNICACIÓN Y LIBERTAD DE EXPRESIÓN
ORDEN DE GIRO: 1 |
31-07-2006 | 13-10-2006 |
ENVIADO AL ARCHIVO : 10-01-2007
Resoluciones
SENADO |
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FECHA DE SANCION: 22-11-2006 |
SANCION: APROBO |
COMENTARIO: |
NOTA: |
Órdenes del Día
NÚMERO | DE FECHA | ESTADO | ANEXO |
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1055/06 | 18-10-2006 | APROBADA |
PRESIDENCIA/OFICIALES VARIOS
ORIGEN | TIPO | NUMERO | FECHA | AR |
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PE | RP | 94/08 | 04-06-2008 |
En proceso de carga
Senado de la Nación
Secretaría Parlamentaria
Dirección de Publicaciones
(S-2663/06)
PROYECTO DE COMUNICACION
El Senado de la Nación
Se dirige al Poder Ejecutivo nacional para que, por medio de la Secretaria de Cultura y Medios y el INCAA -Instituto Nacional de Cine y Artes Audiovisuales-, articule los mecanismos necesarios a los fines de exhibir cortometrajes precediendo a los largometrajes, en todas las salas del país, en cumplimiento de la Ley Nacional de Fomento de la Actividad Cinematográfica Nº 17.741, artículos 9, 42, 43, 44 y 45.-
Luis A. Falcó.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
El cine es una de las formas de expresión artística más representativas de una nación. Y en la Argentina existe un amplio espectro de realizadores audiovisuales, reconocidos en todo el territorio nacional, así como internacionalmente.
Desde que entró plenamente en vigencia el texto ordenado de la Ley Nacional de Fomento de la Actividad Cinematográfica Nº 17.741 en el año 2001 y a través de sus sucesivos decretos reglamentarios que implicaron la autonomía y pleno uso de fondos crediticios del INCAA -Instituto Nacional de Cine y Artes Audiovisuales- como ente que regula e impulsa la realización de filmes Argentinos, los cineastas cuentan con un marco legal que los favorece e incentiva en su labor. El cine es mucho más que un hecho artístico que puede dar a conocer determinada cultura dondequiera que se de exhiba. Es además, una industria, con todo lo que ello implica.
Un gran número de los realizadores de cine que trabajan en la actualidad han comenzado en el cine dirigiendo cortos en soporte de cinta de video o en material fílmico analógico. A modo de ejemplo se puede citar los casos de Oscar Barney Finn y su corto ¿Los otros¿ de 1971; Lucrecia Martel, quien dirigió en 1988 el cortometraje ¿El 56¿, y ¿Rey muerto¿ en 1995; o Israel Adrián Caetano, director de ¿Cuesta abajo¿ (1995) y ¿Blanco y negro¿ (1993). Los cortometrajes ¿Cuesta abajo¿ y ¿Rey muerto¿, se estrenaron comercialmente como parte del proyecto "Historias breves", junto a realizaciones de Daniel Burman, Ulises Rosell, Bruno Stagnaro, Paula Hernández y Sandra Gugliotta entre otros. "Historias breves" es un concurso organizado periódicamente por el Instituto Nacional de Cine y Artes Audiovisuales, y su primera edición fue estrenada en 1995 con el objetivo de promover un recambio dentro de la nueva camada de la producción nacional.
La Ley nacional Nº 17.741 promueve la realización y exhibición de cortometrajes en salas comerciales a través de su artículo 9º y más específicamente alude a éstos en su Capitulo IX, artículos 42 al 45. Sin embargo, su texto es poco claro en lo referente al efectivo cumplimiento efectivo de la exhibición de cortometrajes en las salas nacionales antes de largometrajes, y da lugar a confusiones con el artículo 46 de la citada Ley, que habla de los segmentos dedicados a la ¿Prensa filmada¿, imprecisión de la que se valen los empresarios dueños de salas cinematográficas y distribuidores para exhibir publicidad como si se tratara de cortometrajes. Las únicas salas del circuito de distribución cinematográfica nacional que exhiben cortometrajes antes de largometrajes son las que pertenecen al INCAA, mientras que en las salas privadas depende pura y exclusivamente de la voluntad de sus titulares.
La labor artística de realizadores de cine, expresada mediante cortometrajes merece ser apoyada, fomentada y fuertemente impulsada por el INCAA, no sólo mediante concursos para la producción, sino para la exhibición en salas, previsto por el texto ordenado de la Ley nacional Nº 17.741, la cual debe tener cumplimiento efectivo. Por ello es que solicito a los señores legisladores me acompañen con su voto positivo en el presente proyecto de comunicación.-
Luis A. Falcó.