Número de Expediente 2636/03
N° | Origen | Tipo | Extracto |
---|---|---|---|
2636/03 | Senado De La Nación | Proyecto De Comunicación | BAR : PROYECTO DE COMUNICACION SOLICITANDO QUE LA VACANTE PRODUCIDA EN LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACION , SEA CUBIERTA POR UNA MUJER . |
Listado de Autores |
---|
Bar
, Graciela Yolanda
|
Fechas en Dir. Mesa de Entradas
MESA DE ENTRADAS | DADO CUENTA | Nº DE D.A.E. |
---|---|---|
24-10-2003 | 29-10-2003 | 154/2003 Tipo: NORMAL |
Fecha de Ingreso a Dir. Gral. de Comisiones
DIR. GRAL. de COMISIONES | INGRESO DEL DICTAMEN A LA MESA DE ENTRADAS |
---|---|
28-10-2003 | 03-12-2003 |
Giros del Expediente a Comisiones
COMISIÓN | FECHA DE INGRESO | FECHA DE EGRESO |
---|---|---|
DE JUSTICIA Y ASUNTOS PENALES
ORDEN DE GIRO: 1 |
28-10-2003 | 03-12-2003 |
ENVIADO AL ARCHIVO : 16-02-2004
Resoluciones
SENADO |
---|
FECHA DE SANCION: 17-12-2003 |
SANCION: APROBO |
COMENTARIO: SOBRE TABLAS |
NOTA:CONJ.S.3035/02 |
OBSERVACIONES |
---|
DICTAMEN CON S. 3035/02 |
PRESIDENCIA/OFICIALES VARIOS
ORIGEN | TIPO | NUMERO | FECHA | AR |
---|---|---|---|---|
PE | RP | 248/04 | 29-06-2004 |
En proceso de carga
Senado de la Nación
Secretaría Parlamentaria
Dirección Publicaciones
(S-2636/03)
PROYECTO DE COMUNICACIÓN
El Senado de la Nación
Se dirige al Poder Ejecutivo nacional, a los fines de solicitarle que
atento la vacante producida en la Corte Suprema de Justicia de la
Nación, a raíz de la renuncia del doctor Guillermo López y en
cumplimiento del Articulo 99 inciso 4 de la Constitución Nacional y el
Decreto PEN 222/03, proponga para dicha vacante a una mujer, y de este
modo se garantice la diversidad de género en el mencionado cuerpo.
Graciela Y. Bar.-
FUNDAMENTOS
Señor Presidente:
Atento la renuncia presentada por el ministro de la Corte
Suprema de Justicia de la Nación, Guillermo López, en el día de ayer, y
en el marco de las atribuciones otorgadas por nuestra Carta Magna al
presidente de la Nación en el Articulo 99 inciso 4°, y las
restricciones establecidas por el actual primer mandatario en el
Decreto 222/03, considero pertinente que sea una mujer la elegida para
cubrir dicha vacante.
Es fundamental para el futuro de nuestro máximo tribunal que una mujer
nos represente la Corte Suprema de Justicia Nacional, que sin lugar a
dudas gozará de un amplio y democrático consenso social, dado el actual
descrédito que padece la justicia en la actualidad.
La preelección de candidatos para las coberturas de vacantes en la
Corte es una facultad exclusiva del Presidente de la Nación, quien
asimismo debe posibilitar, de acuerdo a lo dispuesto por el Articulo 3°
del Decreto Nacional 222/03, la inclusión de nuevos miembros que
permitan reflejar las diversidades de género, especialidad y
procedencia regional en el marco del ideal de representación de un país
federal.
Una Corte que esté integrada sólo por hombres es un contrasentido en
una sociedad con instituciones democráticas y a la vez, refleja la
discriminación que sufren las mujeres en el acceso a puestos con alta
responsabilidad en los poderes del Estado, sobretodo considerando que
existen mujeres profesionales altamente calificadas para el cargo.
La Reforma Constitucional de 1994 ha significado un importante avance
cualitativo en el reconocimiento de los derechos de las mujeres, entre
otras reformas, asignó la mayor jerarquía en la pirámide legal a la
Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación
contra la Mujer y garantizó el pleno ejercicio de los derechos
políticos mediante la igualdad real de oportunidades entre varones y
mujeres para el acceso a cargos electivos y partidarios, sin embargo,
la exclusión de la mujer en los altos cargos del Gobierno revela que
aún falta avanzar demasiado en este terreno, dado que actualmente, en
el Poder Ejecutivo Nacional, sólo un ministerio, el de Desarrollo
Social, está a cargo de una mujer.
La marginación de las mujeres en la estructura del Poder Judicial no
sólo habla de desigualdad, es también una muestra concreta de la
exclusión de la mitad de la población. Sin mujeres en la Corte no hay
igualdad y sin igualdad no hay justicia.
Por todo lo expuesto, y porque considero que no existe
excusa válida para que en una institución democrática de nueve miembros
todos sean hombres, es que solicito la aprobación del presente
proyecto.
Graciela Y. Bar.-
Secretaría Parlamentaria
Dirección Publicaciones
(S-2636/03)
PROYECTO DE COMUNICACIÓN
El Senado de la Nación
Se dirige al Poder Ejecutivo nacional, a los fines de solicitarle que
atento la vacante producida en la Corte Suprema de Justicia de la
Nación, a raíz de la renuncia del doctor Guillermo López y en
cumplimiento del Articulo 99 inciso 4 de la Constitución Nacional y el
Decreto PEN 222/03, proponga para dicha vacante a una mujer, y de este
modo se garantice la diversidad de género en el mencionado cuerpo.
Graciela Y. Bar.-
FUNDAMENTOS
Señor Presidente:
Atento la renuncia presentada por el ministro de la Corte
Suprema de Justicia de la Nación, Guillermo López, en el día de ayer, y
en el marco de las atribuciones otorgadas por nuestra Carta Magna al
presidente de la Nación en el Articulo 99 inciso 4°, y las
restricciones establecidas por el actual primer mandatario en el
Decreto 222/03, considero pertinente que sea una mujer la elegida para
cubrir dicha vacante.
Es fundamental para el futuro de nuestro máximo tribunal que una mujer
nos represente la Corte Suprema de Justicia Nacional, que sin lugar a
dudas gozará de un amplio y democrático consenso social, dado el actual
descrédito que padece la justicia en la actualidad.
La preelección de candidatos para las coberturas de vacantes en la
Corte es una facultad exclusiva del Presidente de la Nación, quien
asimismo debe posibilitar, de acuerdo a lo dispuesto por el Articulo 3°
del Decreto Nacional 222/03, la inclusión de nuevos miembros que
permitan reflejar las diversidades de género, especialidad y
procedencia regional en el marco del ideal de representación de un país
federal.
Una Corte que esté integrada sólo por hombres es un contrasentido en
una sociedad con instituciones democráticas y a la vez, refleja la
discriminación que sufren las mujeres en el acceso a puestos con alta
responsabilidad en los poderes del Estado, sobretodo considerando que
existen mujeres profesionales altamente calificadas para el cargo.
La Reforma Constitucional de 1994 ha significado un importante avance
cualitativo en el reconocimiento de los derechos de las mujeres, entre
otras reformas, asignó la mayor jerarquía en la pirámide legal a la
Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación
contra la Mujer y garantizó el pleno ejercicio de los derechos
políticos mediante la igualdad real de oportunidades entre varones y
mujeres para el acceso a cargos electivos y partidarios, sin embargo,
la exclusión de la mujer en los altos cargos del Gobierno revela que
aún falta avanzar demasiado en este terreno, dado que actualmente, en
el Poder Ejecutivo Nacional, sólo un ministerio, el de Desarrollo
Social, está a cargo de una mujer.
La marginación de las mujeres en la estructura del Poder Judicial no
sólo habla de desigualdad, es también una muestra concreta de la
exclusión de la mitad de la población. Sin mujeres en la Corte no hay
igualdad y sin igualdad no hay justicia.
Por todo lo expuesto, y porque considero que no existe
excusa válida para que en una institución democrática de nueve miembros
todos sean hombres, es que solicito la aprobación del presente
proyecto.
Graciela Y. Bar.-