Número de Expediente 2606/06

Origen Tipo Extracto
2606/06 Senado De La Nación Proyecto De Comunicación SALVATORI : PROYECTO DE COMUNICACION SOLICITANDO INFORMES SOBRE DIVERSOS ASPECTOS RELACIONADOS CON EL SISTEMA DE INFRAESTRUCTURA DE TRANSPORTE (SIT) .-
Listado de Autores
Salvatori , Pedro

Fechas en Dir. Mesa de Entradas

MESA DE ENTRADAS DADO CUENTA Nº DE D.A.E.
20-07-2006 02-08-2006 117/2006 Tipo: NORMAL

Fecha de Ingreso a Dir. Gral. de Comisiones

DIR. GRAL. de COMISIONES INGRESO DEL DICTAMEN A LA MESA DE ENTRADAS
25-07-2006 SIN FECHA

Giros del Expediente a Comisiones

COMISIÓN FECHA DE INGRESO FECHA DE EGRESO
DE INFRAESTRUCTURA, VIVIENDA Y TRANSPORTE
ORDEN DE GIRO: 1
25-07-2006 28-02-2008

EL EXPEDIENTE CADUCO EL 29-02-2008

ENVIADO AL ARCHIVO : 16-10-2008

En proceso de carga

Senado de la Nación
Secretaría Parlamentaria
Dirección Publicaciones

(S-2606/06)

PROYECTO DE COMUNICACION

El Senado de la Nación

Vería con agrado que el Poder Ejecutivo Nacional, a través del Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios, de acuerdo a lo establecido por el Decreto Nº 976/2001, informe a esta Honorable Cámara sobre los siguientes temas relacionados con el Sistema de Infraestructura de Transporte (SIT) enmarcado dentro del Plan Federal de Infraestructura:

Cuál es el monto total del pago por la compensación establecida mediante dicho Decreto a los distintos concesionarios integrantes de la Red Vial Nacional, desde su fecha de entrada en vigencia hasta la fecha de sanción de este Proyecto de Comunicación.

Cuáles son las obras, y el monto correspondiente a las mismas, de los otros destinos determinados por el Poder Ejecutivo Nacional en relación al desarrollo de la infraestructura vial en el marco de lo establecido por el artículo 23 inciso b) del Decreto N° 976/2001, indicando el criterio utilizado para la asignación de las mismas.

Pedro Salvatori.

FUNDAMENTOS

Sr. Presidente;

El Decreto Nº 1377/2001 establece en su artículo 1º la creación del Sistema de Infraestructura de Transporte (SIT) dentro del Plan Federal de Infraestructura, el cual incluye el Sistema Vial Integrado (SISVIAL) y el Sistema Ferroviario Integrado (SISFER), de acuerdo con lo normado por el Decreto Nº 802/2001 y el Decreto Nº 976/2001. El objetivo prioritario de este Sistema es el de proveer al crecimiento equitativo de la economía nacional y al adelanto y bienestar de las provincias.

De esta forma, desde su concepción, el SIT fue pensado para atender una cuestión clave y relegada de nuestra economía; la infraestructura del transporte y todo lo que ella involucra. En este sentido, se lo dotó con la potestad de coordinar todo lo relacionado con el Sistema Vial y el Sistema Ferroviario a fin de aunar esfuerzos para lograr una solución definitiva a este tema.

Es por ello que resulta imprescindible que esta Honorable Cámara cuente con dicha información, a fin de conocer fehacientemente los criterios utilizados para su distribución, toda vez que el fideicomiso constituido por el Decreto N° 976/2001, no está regido por la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Publico Nacional N° 24.156 y sus modificatorias.

El monto destinado al pago de las compensaciones a los concesionarios viales, determina concretamente que los beneficiarios son los distintos concesionarios de la red vial nacional. Al mismo tiempo, establece que éstos acceden al beneficio por diversos motivos, como son la reducción de las tarifas de peaje establecida en el artículo 10 del Decreto N° 802/2001; la compensación establecida en el Decreto N° 92/2001, entre otras. En virtud de ello, considero oportuno que los miembros de esta Honorable Cámara conozcamos el detalle de dichas operaciones.

Por otro lado, el SIT, por medio de su autoridad de aplicación, cumple un rol trascendental, en cuanto es el encargado de elevar la propuesta al gobierno nacional para el destino de los recursos del fideicomiso a que hace referencia el inciso b) del artículo 23 del Decreto Nº 976/2001. Estos fondos son indispensables para el fomento de la competitividad y el desarrollo del empleo en las economías regionales Sin embargo, lo referido en este punto, queda librado a las decisiones unilaterales del Poder Ejecutivo.

Al mismo tiempo, esta información es prioritaria para nosotros, los representantes de las provincias, ya que la mejora en la infraestructura vial debe ser establecida mediante reglas claras y siguiendo criterios federales. Si bien, está contemplada la participación provincial en la determinación de las necesidades de inversión vial, muchas veces por falta de control o publicidad, se le da prioridad a determinadas obras en ciertas provincias en detrimento de otras.

Finalmente, cabe recordar que el adecuado desarrollo de la infraestructura del transporte tiende a consolidar las distintas regiones del país y a actuar como un elemento estructurador del espacio. Principios enunciados en nuestra Carta Fundamental al establecer en su artículo 75, inciso 19 que es atribución del Congreso ¿...Proveer al crecimiento armónico de la Nación y al poblamiento de su territorio; promover políticas diferenciadas que tiendan a equilibrar el desigual desarrollo relativo de provincias y regiones...¿.

Por los motivos expuestos anteriormente Sr. Presidente, solicito a mis pares la aprobación del presente Proyecto de Comunicación.


Pedro Salvatori.