Número de Expediente 251/96

Origen Tipo Extracto
251/96 Senado De La Nación Proyecto De Ley VERNA Y OTROS : PROYECTO DE LEY SOBRE PRORROGA DEL PACTO FEDERAL PARA EL EMPLEO , LA PRODUCCION Y EL CRECIMIENTO .-
Listado de Autores
Verna , Carlos Alberto
Costanzo , Remo
Yoma , Jorge Raúl

Fechas en Dir. Mesa de Entradas

MESA DE ENTRADAS DADO CUENTA Nº DE D.A.E.
25-03-1996 27-03-1996 19/1996 Tipo: NORMAL

Fecha de Ingreso a Dir. Gral. de Comisiones

DIR. GRAL. de COMISIONES INGRESO DEL DICTAMEN A LA MESA DE ENTRADAS
25-03-1996 07-05-1996

Giros del Expediente a Comisiones

COMISIÓN FECHA DE INGRESO FECHA DE EGRESO

ORDEN DE GIRO: 1
26-03-1996 07-05-1996

ORDEN DE GIRO: 2
26-03-1996 07-05-1996

EL EXPEDIENTE CADUCO EL 28-02-1999

ENVIADO AL ARCHIVO : 15-11-1999

FECHA DE MOCION DE PREFERENCIA: 24-04-1996

PARA:PROXIMA SESION CON DESPACHO DE COMISION.

Resoluciones

SENADO
FECHA DE SANCION: 08-05-1996
SANCION: APROBO
COMENTARIO: CON MODIFICACIONES
NOTA:CONJ. PE .115/96.PASA A DIPUTADOS
OBSERVACIONES
CADUCO EN DUPUTADOS.

Órdenes del Día

NÚMERO DE FECHA ESTADO ANEXO
333/96 08-05-1996 APROBADA Sin Anexo
En proceso de carga

S-96-0251:VERNA Y OTROS.

PROYECTO DE LEY

El Senado y Cámara de Diputados,...

PRORROGA DEL PACTO FEDERAL PARA EL

EMPLEO, LA PRODUCCION Y EL

CRECIMIENTO

Artículo 1°.- Prorrógase con efecto retroactivo al 1° de julio de
1995 la vigencia del Pacto Federal para el Empleo, la Producción y el
Crecimiento hasta el 31 de diciembre de 1996.

Prorrógase, asimismo, hasta esa fecha el plazo para el cumplimiento
de las cláusula del citado pacto, relacionadas exclusivamente a materia
tributaria, y cuyo vencimiento hubiera operado u operase con anterioridad,
y que estuvieran pendientes de implementación. Las normas legales que
implmementen dichas modificaciones deberán ser sancionadas y promulgadas
antes del día 30 de junio de 1996 y hallarse vigentes el día 1° de julio de
1996.

Art. 2°.- Invítase a las provincias a adherir a la presente ley
dentro de los noventa (90) días corridos desde su promulgación. Esta ley
sólo tendrá efectos respecto de las provincias que adhieran en el plazo
establecido.

Art. 3°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

Jorge R. Yoma. - Remo J. Costanzo. -
Carlos A. Verna.

LOS FUNDAMENTOS DE ESTE PROYECTO DE LEY SE ENCUENTRAN PUBLICADOS EN
EL D.A.E. 19/96.

-A las comisiones de Presupuesto y Hacienda y de Asuntos
Constitucionales.