Número de Expediente 2457/02

Origen Tipo Extracto
2457/02 Senado De La Nación Proyecto De Ley ARANCIO DE BELLER Y MORALES: PROYECTO DE LEY INCORPORANDO UN INCISO AL ART.30 DE LA LEY 17.671 SOBRE GRATUIDAD DEL D.N.I. PARA MENORES.
Listado de Autores
Arancio de Beller , Lylia Mónica
Morales , Gerardo Rubén

Fechas en Dir. Mesa de Entradas

MESA DE ENTRADAS DADO CUENTA Nº DE D.A.E.
26-09-2002 23-10-2002 268/2002 Tipo: NORMAL

Fecha de Ingreso a Dir. Gral. de Comisiones

DIR. GRAL. de COMISIONES INGRESO DEL DICTAMEN A LA MESA DE ENTRADAS
27-09-2002 SIN FECHA

Giros del Expediente a Comisiones

COMISIÓN FECHA DE INGRESO FECHA DE EGRESO
DE LEGISLACIÓN GENERAL
ORDEN DE GIRO: 1
07-03-2003 29-02-2004
DE JUSTICIA Y ASUNTOS PENALES
ORDEN DE GIRO: 1
03-03-2003 06-04-2003
DE PRESUPUESTO Y HACIENDA
ORDEN DE GIRO: 2
03-03-2003 29-02-2004

ORDEN DE GIRO: 1
27-09-2002 28-02-2003

ORDEN DE GIRO: 2
27-09-2002 28-02-2003

EL EXPEDIENTE CADUCO EL 29-02-2004

ENVIADO AL ARCHIVO : 06-05-2004

OBSERVACIONES
Boletín de Novedades Nro 3 (9-4-03): Dado cuenta cambio de giro a comisiones.
En proceso de carga
Senado de la Nación
Secretaría Parlamentaria
Dirección Publicaciones

S-02-2457:ARANCIO DE BELLER y MORALES.

PROYECTO DE LEY

El Senado y Cámara de Diputados,¿

Artículo 1°.- Incorpórase el inciso d) al artículo 30 de la Ley 17.671, Ley
de Identificación, Registro y Clasificación del Potencial Humano Nacional,
el que quedará redactado de la siguiente manera: Todos los niños de cero a
seis meses de edad, nacidos en el territorio nacional".

Art. 2°.- Derógase el Decreto 1588/02, por el que se limitan los alcances de
la gratuidad del otorgamiento del primer ejemplar del Documento Nacional de
Identidad, y el Decreto 1174/01.

Art. 3°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente se imputará a
las partidas específicas del Registro Nacional de las Personas.

Art. 4°.- Invítase a los gobiernos provinciales y de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires, a tomar las medidas que sea menester a fin de facilitar la
inscripción, registración y documentación de los niños de cero a seis meses
de edad, con el objeto de dar cumplimiento a los objetivos perseguidos por
la presente ley.

Art. 5°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

Mónica Arancio de Beller. - Gerardo R. Morales.

LOS FUNDAMENTOS DE ESTE PROYECTO DE LEY SE ENCUENTRAN PUBLICADOS EN EL
D.A.E. 268/02.

.-A las comisiones de Interior y Justicia y de Presupuesto y
Hacienda.