Número de Expediente 2445/03
N° | Origen | Tipo | Extracto |
---|---|---|---|
2445/03 | Senado De La Nación | Proyecto De Comunicación | ~~~MAZA : PROYECTO DE COMUNICACION SOLICITANDO INFORMES ACERCA DE LOS BENEFICIOS OTORGADOS EN EL MARCO DE LA LEY 22021 ( PROMOCION INDUSTRIAL ) . |
Listado de Autores |
---|
Maza
, Ada Mercedes
|
Fechas en Dir. Mesa de Entradas
MESA DE ENTRADAS | DADO CUENTA | Nº DE D.A.E. |
---|---|---|
10-10-2003 | 15-10-2003 | 145/2003 Tipo: NORMAL |
Fecha de Ingreso a Dir. Gral. de Comisiones
DIR. GRAL. de COMISIONES | INGRESO DEL DICTAMEN A LA MESA DE ENTRADAS |
---|---|
14-10-2003 | SIN FECHA |
Giros del Expediente a Comisiones
COMISIÓN | FECHA DE INGRESO | FECHA DE EGRESO |
---|---|---|
DE INDUSTRIA Y COMERCIO
ORDEN DE GIRO: 1 |
14-10-2003 | 28-02-2005 |
DE ECONOMÍAS REGIONALES, ECONOMIA SOCIAL, MICRO, PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA
ORDEN DE GIRO: 2 |
14-10-2003 | 28-02-2005 |
DE PRESUPUESTO Y HACIENDA
ORDEN DE GIRO: 3 |
14-10-2003 | 28-02-2005 |
EL EXPEDIENTE CADUCO EL 28-02-2005
ENVIADO AL ARCHIVO : 05-05-2005
En proceso de carga
Senado de la Nación
Secretaría Parlamentaria
Dirección Publicaciones
(S.-2.445/03)
PROYECTO DE COMUNICACIÓN
El Senado de la Nación
Vería con agrado que el Poder Ejecutivo Racio-nal, a través de la
Administración Federal de Ingre-sos Públicos, se sirva informar:
1. Monto de beneficios promocionales para acti-vidades industriales
otorgados a las empresas be-neficiarias en el marco del régimen
previsto en la ley 22.021 (modificada por las leyes 22.702 y 22.973); y
decreto reglamentario 804/96 y debidamente acre-ditados en las cuentas
corrientes computarizadas, discriminado por año y por provincia
(Catamarca, La Rioja, San Juan y San Luis).
2. Monto de la utilización efectiva de los benefi-cios promocionales
otorgados a las empresas be-neficiarias en el marco del régimen
especial de fran-quicias tributarias establecido por las normas
citadas, discriminado por año y por provincia (Ca-tamarca, La Rioja,
San Juan y San Luis).
Ada Maza.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
La ley 22.021 de mayo de 1979 estableció un ré-gimen especial de
franquicias tributarias con el fin de estimular el desarrollo económico
de la provin-cia de La Rioja.
Esta ley también establece franquicias para acti-vidades económicas que
se desarrollen en las pro-vincias de Catamarca y San Luis,
complementando el régimen de promoción que, incluyendo a la pro-vincia
de San Juan, se llamó Acta de Reparación Histórica.
Asimismo el decreto 804/96 reglamentó la forma de presentación que
deberían cumplimentar los ti-tulares de los proyectos promovidos.
Este decreto estableció en su artículo 6° que "los montos pendientes de
acreditación en la cuenta co-rriente computarizada respectiva por
reclamos in-terpuestos ante la comisión asesora creada por el artículo
18 de la ley 23.658, detraídos los adelantos provisorios utilizados,
previstos en el artículo 28 del decreto 2.054/92, serán acreditados,
siempre que dichos reclamos fueran resueltos favorablemente, en forma
proporcional a los montos adjudicados por los años restantes de la vida
del proyecto".
Es por ello que me dirijo al Poder Ejecutivo na-cional para que, por
intermedio de la Administración Federal de Ingresos Públicos, se sirva
brindar la in-formación solicitada ya que la misma resulta de
sig-nificativa importancia a los efectos de conocer ca-balmente la real
incidencia del régimen promocional a nivel presupuestario y su efectiva
utilización por parte de las empresas beneficiarias.
Por todo lo expuesto, solicito el voto afirmativo de mis pares al
presente proyecto.
Ada Maza.
Secretaría Parlamentaria
Dirección Publicaciones
(S.-2.445/03)
PROYECTO DE COMUNICACIÓN
El Senado de la Nación
Vería con agrado que el Poder Ejecutivo Racio-nal, a través de la
Administración Federal de Ingre-sos Públicos, se sirva informar:
1. Monto de beneficios promocionales para acti-vidades industriales
otorgados a las empresas be-neficiarias en el marco del régimen
previsto en la ley 22.021 (modificada por las leyes 22.702 y 22.973); y
decreto reglamentario 804/96 y debidamente acre-ditados en las cuentas
corrientes computarizadas, discriminado por año y por provincia
(Catamarca, La Rioja, San Juan y San Luis).
2. Monto de la utilización efectiva de los benefi-cios promocionales
otorgados a las empresas be-neficiarias en el marco del régimen
especial de fran-quicias tributarias establecido por las normas
citadas, discriminado por año y por provincia (Ca-tamarca, La Rioja,
San Juan y San Luis).
Ada Maza.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
La ley 22.021 de mayo de 1979 estableció un ré-gimen especial de
franquicias tributarias con el fin de estimular el desarrollo económico
de la provin-cia de La Rioja.
Esta ley también establece franquicias para acti-vidades económicas que
se desarrollen en las pro-vincias de Catamarca y San Luis,
complementando el régimen de promoción que, incluyendo a la pro-vincia
de San Juan, se llamó Acta de Reparación Histórica.
Asimismo el decreto 804/96 reglamentó la forma de presentación que
deberían cumplimentar los ti-tulares de los proyectos promovidos.
Este decreto estableció en su artículo 6° que "los montos pendientes de
acreditación en la cuenta co-rriente computarizada respectiva por
reclamos in-terpuestos ante la comisión asesora creada por el artículo
18 de la ley 23.658, detraídos los adelantos provisorios utilizados,
previstos en el artículo 28 del decreto 2.054/92, serán acreditados,
siempre que dichos reclamos fueran resueltos favorablemente, en forma
proporcional a los montos adjudicados por los años restantes de la vida
del proyecto".
Es por ello que me dirijo al Poder Ejecutivo na-cional para que, por
intermedio de la Administración Federal de Ingresos Públicos, se sirva
brindar la in-formación solicitada ya que la misma resulta de
sig-nificativa importancia a los efectos de conocer ca-balmente la real
incidencia del régimen promocional a nivel presupuestario y su efectiva
utilización por parte de las empresas beneficiarias.
Por todo lo expuesto, solicito el voto afirmativo de mis pares al
presente proyecto.
Ada Maza.