Número de Expediente 2418/06

Origen Tipo Extracto
2418/06 Senado De La Nación Proyecto De Resolución SALVATORI : PROYECTO DE RESOLUCION SOLICITANDO SE EVALUE LA POSIBILIDAD DE OFRECER LOS SERVICIOS DE CAPACITACION , ASESORAMIENTO Y ASISTENCIA TECNICA , EN MATERIA DE ACCION CONTRA LAS MINAS , DEL CENTRO DE ENTRENAMIENTO DE DESMINADO HUMANITARIO DEL EJERCITO ARGENTINO
Listado de Autores
Salvatori , Pedro

Fechas en Dir. Mesa de Entradas

MESA DE ENTRADAS DADO CUENTA Nº DE D.A.E.
06-07-2006 12-07-2006 107/2006 Tipo: NORMAL

Fecha de Ingreso a Dir. Gral. de Comisiones

DIR. GRAL. de COMISIONES INGRESO DEL DICTAMEN A LA MESA DE ENTRADAS
12-07-2006 21-12-2006

Giros del Expediente a Comisiones

COMISIÓN FECHA DE INGRESO FECHA DE EGRESO
DE DEFENSA NACIONAL
ORDEN DE GIRO: 1
13-07-2006 21-12-2006

ENVIADO AL ARCHIVO : 06-03-2007

Resoluciones

SENADO
FECHA DE SANCION: 13-02-2007
SANCION: APROBO
COMENTARIO:
NOTA:

Órdenes del Día

NÚMERO DE FECHA ESTADO ANEXO
1418/06 26-12-2006 APROBADA
En proceso de carga

Senado de la Nación
Secretaría Parlamentaria
Dirección Publicaciones


(S-2418/06)

PROYECTO DE RESOLUCION

El Senado de la Nación

RESUELVE:

1. Dirigirse al Poder Ejecutivo Nacional con la finalidad de solicitarle que, a través de los organismos correspondientes, evalúe la posibilidad de adoptar las medidas y acciones diplomáticas pertinentes con la finalidad de poner a disposición de los países miembros de las Naciones Unidas, de la Organización de Estados Americanos (OEA), como así también de cualquier otra nación que así lo solicite, la capacitación, asesoramiento y asistencia técnica, en materia de acción contra las minas, del Centro de Entrenamiento de Desminado Humanitario del Ejército Argentino.
2. Solicitarle al Poder Ejecutivo Nacional que, a través del Ministerio de Defensa, arbitre las medidas presupuestarias, administrativas y logísticas que considere pertinentes a los efectos de alentar, apoyar y garantizar la participación de los integrantes de esta unidad militar en las misiones de paz de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) desplegadas por todo el mundo, como así también su permanente participación en las distintas instancias de capacitación y perfeccionamiento internacional en la materia.

Pedro Salvatori.

FUNDAMENTOS

Señor Presidente:

El compromiso de la República Argentina para con la erradicación y destrucción de las minas terrestres se puso de manifiesto ante los ojos de la comunidad internacional el pasado 21 de julio de 1999; momento en el cual nuestro país, a través de la publicación en el Boletín Oficial de la ley 25.112, incorporó a su ordenamiento interno lo establecido en la ¿Convención sobre Prohibición del Empleo, Almacenamiento, Producción y Transferencia de Minas Antipersonal y sobre su Destrucción¿.

En este mismo sentido, cabe destacar que el citado instrumento internacional, adoptado el 18 de septiembre de 1997 en la ciudad de Oslo ¿ Reino de Noruega ¿ no sólo define a través de su texto que se entiende por mina, mina antipersonal y dispositivo antimanipulación, entre otras definiciones, sino que también prevé en sus artículos 4° y 5° la destrucción de las minas antipersonal existentes en su poder o en las zonas minadas.

Por otra parte, y ligado a la cuestión que nos ocupa, el artículo 6° del citado compendio internacional, denominado ¿Cooperación y Asistencia Internacionales¿, establece en sus seis primeros apartados la posibilidad de que los Estados Parte de esta convención no sólo soliciten y reciban asistencia de manos de otro Estado en la materia sino también que aquellas naciones que estén en condiciones de proporcionar asistencia para labores de remoción de minas y actividades relacionadas con ella la podrán canalizar a través del Sistema de las Naciones Unidas.

En tal sentido, el apartado 4 del artículo 6 establece claramente que ¿Cada Estado Parte que esté en condiciones de hacerlo, proporcionará asistencia para las labores de limpieza de minas y actividades relacionadas con ella. Tal asistencia podrá brindarse, inter alia, a través del Sistema de las Naciones Unidas, organizaciones o instituciones internacionales o regionales, organizaciones no gubernamentales, o sobre una base bilateral, o contribuyendo al Fondo Fiduciario Voluntario de las Naciones Unidas para la Asistencia en la Remoción de Minas u otros fondos regionales que se ocupen del tema.¿.

En este orden, y de la lectura del citado apartado, es conducente concluir que la iniciativa legislativa en cuestión encuentra su sustento normativo no sólo en lo establecido en el citado inciso sino también en lo recomendado en las resoluciones de la Organización de Estados Americanos (OEA) que en la materia ha emitido oportunamente.

En función de ello, y de acuerdo a lo que establece la AG/RES 2142 (XXXV_O/05) ¿Las Américas como Zona Libre de Minas Terrestres Antipersonal¿, que resuelve en su punto 1: ¿Instar a los Estados Miembros a continuar considerando la acción contra las minas como una prioridad nacional y regional, y propiciar el impulso político y el aporte de recursos para mantener el liderazgo que las Américas han logrado mundialmente para avanzar en esta tarea humanitaria fundamental.¿

Por tal motivo, nuestro país debería, para estar a la altura de los compromisos internacionales adquiridos oportunamente, asistir a cualquier nación u organismo internacional en materia de Desminado Humanitario; ello en función de la amplia y prestigiosa experiencia que en la temática en cuestión adquirió desde su creación, el Centro de Entrenamiento de Desminado Humanitario del Ejército Argentino en la capacitación e instrucción del personal militar en lo referido a la erradicación de minas antipersonales.

En este sentido, cabe señalar que el 12 de abril de 2000, y mediante la Orden Ejecutiva del Jefe del Estado Mayor General del Ejército Nro 893/00, se creó el Centro de Entrenamiento de Desminado Humanitario del Ejército Argentino (CEDH) como instancia de capacitación en donde los individuos y elementos que integran los contingentes de las organizaciones militares de paz de las Naciones Unidas, se nutren del conocimiento técnico ¿ operativo en lo que respecta a la acción contra las minas.

Al mismo tiempo, el CEDH realiza actividades tan diversas, tales como el dictado de cursos de capacitación y especialización de oficiales y suboficiales del Ejército Argentino y de fuerzas extranjeras, el intercambio de instructores entre el Centro de Entrenamiento en Desminado Humanitario (CEDH) y el Centro de Entrenamiento de Perros (CEP) de los Estados Unidos y el entrenamiento del personal militar que participa de las misiones de paz en Chipre, Kosovo, Haití y Medio Oriente en lo referido a la reducción de riesgo de minas.

Asimismo, cabe destacar que esta unidad militar, ha sido la responsable de la operación del Programa IMSMA (Sistema de Gestión de Información para la Acción contra las Minas), como mecanismo de apoyo para realizar el Estudio de Factibilidad del Desminado en las Islas Malvinas

Sin lugar a dudas, el alto prestigio ganado por los hombres del Centro de Desminado del Ejército Argentino a los ojos de sus pares como de la comunidad internacional se debe, fundamentalmente, al profesionalismo y dedicación que han sido alcanzados luego de años de capacitación y entrenamiento en nuestro país como en el exterior.

En la actualidad; y debido a la delicada situación presupuestaria que atraviesan las fuerzas armadas, considero oportuno que las autoridades nacionales evalúen la posibilidad de adoptar las medidas pertinentes con la finalidad de poner a disposición de los países que así lo requieran la asistencia técnica ¿ operacional de los miembros del CEDH en lo referido al desminado humanitario.

Cabe destacar, que la idea de que los elementos de esta unidad participen a nivel internacional, responde a que considero que la capacidad e idoneidad de los miembros del CEDH podría llegar a contribuir a erradicar, de las zonas en conflicto, las minas antipersonales que pudiesen haberse detectado; todo ello en pos de salvaguardar la integridad física de la población civil como de los elementos militares que pudieran estar desplegados en las misiones de paz de la ONU en dichos territorios.

Señor Presidente, es por todo lo expuesto, y debido a que la participación en el ámbito internacional de los elementos del Centro de Entrenamiento de Desminado Humanitario podría contribuir a reforzar la presencia Argentina en el concierto mundial, así como también a dar claras señales a los ojos del mundo del férreo compromiso que tiene nuestro país en materia de acción contra las minas antipersonales, que solicito la aprobación del presente proyecto de resolución.

Pedro Salvatori.