Número de Expediente 2413/04

Origen Tipo Extracto
2413/04 Senado De La Nación Proyecto De Ley CAPITANICH : PROYECTO DE LEY ESTABLECIENDO UN SISTEMA DE FINANCIAMIENTO DE PROYECTOS DE INVERSION DESTINADO A PROMOVER Y DESARROLLAR ECONOMIAS PROVINCIALES .
Listado de Autores
Capitanich , Jorge Milton

Fechas en Dir. Mesa de Entradas

MESA DE ENTRADAS DADO CUENTA Nº DE D.A.E.
10-08-2004 11-08-2004 151/2004 Tipo: NORMAL

Fecha de Ingreso a Dir. Gral. de Comisiones

DIR. GRAL. de COMISIONES INGRESO DEL DICTAMEN A LA MESA DE ENTRADAS
10-08-2004 SIN FECHA

Giros del Expediente a Comisiones

COMISIÓN FECHA DE INGRESO FECHA DE EGRESO
DE ECONOMÍAS REGIONALES, ECONOMÍA SOCIAL, MICRO, PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA
ORDEN DE GIRO: 1
11-08-2004 28-02-2006

EL EXPEDIENTE CADUCO EL 28-02-2006

ENVIADO AL ARCHIVO : 13-09-2006

En proceso de carga
Senado de la Nación
Secretaría Parlamentaria
Dirección Publicaciones

(S-2413/04)

PROYECTO DE LEY:

El Senado y Cámara de Diputados,...

ARTICULO 1° Establécese un sistema de financiamiento de proyectos de
inversión destinado a ejecutar emprendimientos de hasta un millón de
pesos con el objeto de ampliar la capacidad instalada de plantas
industriales en funcionamiento o promover la sustitución de bienes de
capital existentes o propiciar la inversión de nuevas plantas
industriales preferentemente vinculados a proyectos destinados a
promover y desarrollar economías regionales.

Art. 2°: Facultase al Poder Ejecutivo Nacional (PEN) a través de la
Jefatura de Gabinete de Ministros para reasignar las partidas
presupuestarias destinadas a constituir un Fideicomiso de cien (100)
millones de pesos para orientarlos a las jurisdicciones provinciales
que hasta la fecha de la sanción de la presente ley no cuenten con
proyectos de inversión en la Base de Inversiones del Centro de Estudios
para la Producción.

Art. 3°: El Fideicomiso Industrial creado por el artículo segundo de la
presente ley podrá adquirir acciones de empresas consideradas PYMES en
el marco de 1a ley 25300 con el objeto de financiar los proyectos de
ampliación, perfeccionamiento de nuevas plantas o para la adquisición
de bienes de capital destinado al incremento de la productividad de la
empresa. Las acciones podrán ser adquiridas siempre y cuando la empresa
se encuentre organizada bajo la forma de sociedad anónima conforme las
estipulaciones de la ley 19550 y modificatorias. El fideicomiso
estipulará en el convenio de compra de las acciones las condiciones de
recompra, conforme a parámetros de cotización en el mercado de
capitales o conforme al valor de compra de las mismas por parte del
fideicomiso, el que fuere mayor.

Art. 4°: El fideicomiso diseñar:; un sistema de selección de los
proyectos en base a una ponderación de regiones, empleo directo e
indirecto a generar, volumen de exportaciones posibles, estrategias de
sustitución de importaciones, valor bruto a generar y rentabilidad
estimada y plazo de recompra de las acciones por parte de la empresa
beneficiaria.

Art. 5°- La recuperación de los fondos por parte del fideicomiso
permitirá utilizar parte de estos recursos excedentes para financiar en
forma directa otros proyectos alternativos.

Art. 6°. Comuníquese al Poder Ejecutivo

Jorge M. Capitanich.-

FUNDAMENTOS

Sr. Presidente:

El presente proyecto de financiamiento tiene por objeto corregir
profundas asimetrías de localización de inversiones en extensas
regiones de nuestro país que no cuentan con los requisitos mínimos y
esenciales para ejecutar un plan de inversiones que permita mejorar su
productividad, y consiguientemente su inserción en el mercado nacional
e internacional.

En efecto, el presente proyecto resulta fundamentalmente práctico, y
esta practicidad consiste en establecer un mecanismo de provisión de
fondos en forma directa adquiriendo las acciones de la empresa a
financiar con un pacto de reventa de las mismas en un período
determinado de tiempo, significado el. costo financiero nulo para el
demandante de estos fondos a través de la modalidad de uso fiel capital
propio.

La reglamentación del PEN deberá contemplar la participación del
fideicomiso en ciertas decisiones estratégicas con ejercicio de la
acción de oro, lo cual implica una reforma previa de los estatutos de
la sociedad anónima.

Ninguna PYME puede desarrollarse sin el condimento necesario de
financiamiento, condiciones para la inversión, infraestructura, mercado
interno y externo, accesibilidad a nuevas estrategias de desarrollo de
bienes y servicios para lograr un posicionamiento adecuado.

Muchas veces existen ideas creativas e interesantes, pero no hay
garantías, financiamiento y estrategias posibles de expansión para
atender la demanda. Las líneas de subsidio a las tasas de interés, el
rol de la banca oficial, el supuesto financiamiento de las AFJPs y del
mercado de capitales, o los fondos de garantía no llegan a regiones,
provincias o zonas que más lo necesitan y que tiene ideas creativas
para desarrollarse,

Por lo tanto, se necesita avanzar con una idea innovadora y progresista
que permita financiar ideas y proyectos creativos que premien el
espíritu emprendedor. Este proyecto de ley se encamina hacia una
estrategia de desarrollo con incentivos claros y transparentes que
combinados entre sí potenciarán el desarrollo del país.

Jorge M. Capitanich.-