Número de Expediente 241/06

Origen Tipo Extracto
241/06 Senado De La Nación Proyecto De Ley ROSSI : REPRODUCE EL PROYECTO DE LEY INSTITUYENDO EL 20 DE NOVIEMBRE COMO DIA NACIONAL DE LA ADOPCION . REF. S. 2557/04
Listado de Autores
Rossi , Carlos Alberto

Fechas en Dir. Mesa de Entradas

MESA DE ENTRADAS DADO CUENTA Nº DE D.A.E.
07-03-2006 15-03-2006 012/2006 Tipo: NORMAL

Fecha de Ingreso a Dir. Gral. de Comisiones

DIR. GRAL. de COMISIONES INGRESO DEL DICTAMEN A LA MESA DE ENTRADAS
13-03-2006 SIN FECHA

Giros del Expediente a Comisiones

COMISIÓN FECHA DE INGRESO FECHA DE EGRESO
DE POBLACIÓN Y DESARROLLO HUMANO
ORDEN DE GIRO: 1
13-03-2006 28-02-2008

EL EXPEDIENTE CADUCO EL 29-02-2008

ENVIADO AL ARCHIVO : 07-08-2008

En proceso de carga

Senado de la Nación
Secretaría Parlamentaria
Dirección Publicaciones


(S-241/06)

Buenos Aires, 2 de marzo de 2006.-

Señor
Presidente del Honorable Senado de la Nación
Lic. DANIEL O. SCIOLI
S/DESPACHO

De mi mayor consideración:

Tengo el agrado de dirigirme a Ud. Con el objeto de solicitarle quiera tener a bien dar por reproducido el Proyecto de Ley de mi autoría registrado bajo el número S-3357/04 por el cual se instituye el día 20 de noviembre como Día Nacional de la Adopción.

Sin otro particular, hago propicia la ocasión para saludarlo con mi más distinguida consideración.

Carlos A. Rossi.-

PROYECTO DE LEY

El Senado y Cámara de Diputados,...

Artículo 1°.- Institúyase en el territorio de la Nación el día 20 de noviembre de cada año como Día Nacional de la Adopción.

Artículo 2°.- Instrúyase al Ministerio de Educación de la Nación para que a través del Consejo Federal de Educación arbitre los medios necesarios para que lo incluya en el calendario escolar.

Artículo 3°.- El Poder Ejecutivo, a través del órgano pertinente desarrollará durante la semana del 13 al 20 de noviembre de cada año, una campaña intensiva de concientización a fin de crear una mentalidad más abierta en la sociedad y brindar un mayor conocimiento y comprensión de los requisitos que deben reunir los aspirantes a adoptar y los beneficios de la misma.

Artículo 4°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

Carlos A. Rossi.-

FUNDAMENTOS

Señor Presidente:

El día 20 de noviembre que se propone en el presente proyecto para la celebración del Día Nacional de la Adopción, no fue una elección azarosa, sino que corresponde al día de la firma de la Convención de los Derechos del Niño y a la Celebración del Día Mundial de los Derechos del Niño.

En la redacción del preámbulo de la citada Convención, se define a la familia como el ¿grupo fundamental de la sociedad y medio natural para el crecimiento y el bienestar de todos sus miembros, y en particular de los niños, quienes deben recibir la protección y asistencia necesarias para poder asumir plenamente sus responsabilidades dentro de la comunidad¿.

Los infantes tienen derecho a cuidados y asistencia, a recibir un pleno y armonioso desarrollo de su personalidad, todos estos, derechos y valores que sólo dentro del seno de una familia pueden inculcarse, en un marco de tolerancia, dignidad y libertad.

El recibir como hijo, de acuerdo a los requisitos y solemnidades que establecen las leyes, al que no lo es naturalmente, implica un compromiso asumido para toda la vida. Por ello el acto de la adopción no nace de un hecho fortuito o inesperado, sino que está fundado en la voluntad conciente de cumplir un deseo de paternidad.

Para arribar a esta decisión, se han debido sortear innumerables vacilaciones y prejuicios. Por ello, es necesario que toda la sociedad esté bien informada sobre cuáles son las diligencias administrativas a realizar y cuáles los requisitos que se solicitan para ser padre adoptante. De este modo, se eliminarán todas las dudas y se agilizará el proceso al conocer los trámites legales correspondientes para concretar el sueño de ser padres.

A los fines indicados en el párrafo anterior, es que en el artículo 3° del presente proyecto, se establece un período dentro del cual los organismo pertinentes darán publicidad de los requisitos administrativos y judiciales a cumplir por los que desean adoptar.

El presente proyecto, está en estrecha relación con la creación del Registro Único de Aspirantes a Guarda con Fines Adoptivos, creado por la ley 25.854 y su antecedente, ley 24.779, modificatoria del Código Civil en materia de adopción plena y simple, listado que solicité pronta instrumentación a través del proyecto S-2068/04, presentado en el mes de julio. Demás está decir que sería conveniente llegar a la fecha indicada del 20 de noviembre para iniciar el presente año conmemorando el Día de la Adopción y la Semana de la Concientización en el tema que nos ocupa.

Por todo lo expuesto, y con el objeto de paliar la deuda que aún tenemos con miles de niños en condiciones de ser adoptados y miles de personas con deseos, capacidad, amor y aptitud de adoptar hijos, que deben sortear innumerables problemas, requisitos y burocracia, para quedarse muchas veces con las manos vacías, es que solicito señor Presidente, la aprobación del presente proyecto.

Carlos A. Rossi.-