Número de Expediente 2398/04

Origen Tipo Extracto
2398/04 Senado De La Nación Proyecto De Ley FALCO : PROYECTO DE LEY OTORGANDO UN SUBSIDIO PARA EL MUNICIPIO DE ALLEN , RIO NEGRO , DESTINADO A LA CONSTRUCCION DE LA RED DE ALUMBRADO PUBLICO EN EL PARQUE INDUSTRIAL .
Listado de Autores
Falco , Luis

Fechas en Dir. Mesa de Entradas

MESA DE ENTRADAS DADO CUENTA Nº DE D.A.E.
09-08-2004 11-08-2004 150/2004 Tipo: NORMAL

Fecha de Ingreso a Dir. Gral. de Comisiones

DIR. GRAL. de COMISIONES INGRESO DEL DICTAMEN A LA MESA DE ENTRADAS
10-08-2004 27-10-2004

Giros del Expediente a Comisiones

COMISIÓN FECHA DE INGRESO FECHA DE EGRESO
DE PRESUPUESTO Y HACIENDA
ORDEN DE GIRO: 1
11-08-2004 27-10-2004

ENVIADO AL ARCHIVO : 06-01-2005

Resoluciones

SENADO
FECHA DE SANCION: 17-11-2004
SANCION: APROBO
COMENTARIO:
APROBADO COMO: Proyecto de Comunicacion
NOTA:

Órdenes del Día

NÚMERO DE FECHA ESTADO ANEXO
1435/04 28-10-2004 APROBADA Sin Anexo
En proceso de carga
Senado de la Nación
Secretaría Parlamentaria
Dirección Publicaciones

(S-2398/04)

PROYECTO DE LEY

El Senado y Cámara de Diputados,...

Artículo 1°- Otórguese un subsidio de $ 39.892 (pesos treinta y nueve
mil ochocientos noventa y dos), al Municipio de la localidad de Allen,
departamento de General Roca, provincia de Río Negro.

Art. 2°- Dicho subsidio deberá ser destinado como único fin para la
Construcción de la Red de Alumbrado Público en el Parque Industrial de
Allen.

Art. 3°- A los efectos de dar cumplimiento a la presente ley, el
Municipio de la localidad de Allen, deberá sancionar dentro del plazo
de seis meses, a contar desde la sanción de la presente ley, la
ordenanza que "Declare de Interés Municipal la Construcción de la Red
de Alumbrado Público en el Parque Industrial de la localidad".

Art. 4°- Si no se diere cumplimiento al cargo impuestos en el artículo
3° de la presente ley, sin causa que lo justifique, el Estado Nacional
podrá revocar la efectiva transferencia de las partidas asignadas, sin
que ello autorice al municipio a reclamar indemnización alguna al
respecto.

Art. 5°- Los gastos que demande el cumplimiento de la presente ley
serán imputados a las partidas asignadas a "Gastos
Prioritarios/Economías Regionales/Plan Nacional de Obras Municipales"
del Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios,
por la Ley de Presupuesto General de la Administración Nacional para el
ejercicio 2004.

Art. 6°- En virtud de la Delegación de Facultades establecidas en la
Ley de Presupuesto General de la Administración Nacional para el
ejercicio 2004, al Jefe de Gabinete de Ministros, instrúyase al mismo a
disponer las reestructuraciones presupuestarias que considere
necesarias a los efectos de cumplir con las disposiciones de la
presente ley.

Art. 7°- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

Luis A. Falcó.-

FUNDAMENTOS

Señor presidente:

El Poder Ejecutivo nacional, a través del Jefe de Gabinete de Ministros
el pasado 16 de septiembre de 2003 ingresó por Mesa de Entradas de la
Honorable Cámara de Diputados de la Nación el Proyecto de Ley de
Presupuesto General de la Administración nacional para el Ejercicio
Fiscal del año 2004.

El procedimiento se realizó como todos los años sobre la base de lo
establecido por el artículo 75, inciso 8 de la CONSTITUCION NACIONAL
referido a la atribución con que cuenta este Honorable Cuerpo
Legislativo de fijar anualmente el Presupuesto general de Gastos y
Cálculo de Recursos de la Administración Nacional, y de acuerdo al
artículo 100, inciso 6, de la Carta Magna que asigna al jefe de
Gabinete de Ministros la responsabilidad de enviar al Congreso el
Proyecto de Presupuesto Nacional, previo tratamiento en acuerdo de
gabinete y aprobación del Poder Ejecutivo Nacional.

En el mensaje de dicho Proyecto de Ley se puso de manifiesto la
importancia fundamental, tanto desde el punto de vista del control
republicano de la gestión que el Gobierno previa desarrollar, como de
su empleo como instrumento de política económica y social. Asimismo, la
necesidad de realizar un esfuerzo de contención de los gastos
primarios, preservando los programas sociales prioritarios (de empleo y
de emergencia alimentaria y sanitaria), y de fortalecer el plan de
obras públicas. Dicho Proyecto hoy es Ley de la Nación y rige la vida
de económica, política y social de todos los argentinos.

En el marco de la política de gasto público para el actual año 2004, el
Gobierno Nacional propuso continuar con la implementación de medidas
tendientes a superar la situación de riesgo colectivo originadas por
las graves circunstancias económicas y sociales atravesadas por el
país. Con ese objetivo, en el actual presupuesto nacional se continuó
dando prioridad a los gastos sociales, a los de ciencia y tecnología y
a las asignaciones que tuvieran un efecto positivo en las economías
regionales. Vale decir que en la elaboración de lo proyectado para el
año 2004 se contemplaron especialmente los requerimientos provenientes
de dichas áreas. A tales requerimientos se los denominaron dentro del
Presupuesto de la Administración Nacional como "Gastos Prioritarios".

En cuanto a los Gastos Prioritarios en el rubro Economías Regionales,
corresponde mencionar el Plan de Inversión de la Dirección Nacional de
Vialidad, el Plan Más Escuelas Mejor Educación, la Atención del Estado
de Emergencia por Inundaciones, y el Plan Nacional de Obras Municipales
del Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios

A este último plan, con un presupuesto anual para el ejercicio 2004 de
$ 41.111.000 (pesos cuarenta y un millones ciento once mil) es al que
está dirigido el presente Proyecto de Ley, y que tiene por objeto dar
respuesta al demorado pedido de miles de vecinos de la localidad de
Allen.

La obra en cuestión permitirá el mejoramiento de la calidad urbano
ambiental de la ciudad revalorizando su área central y favoreciendo el
perfil productivo de la localidad. La zona a proveer del servicio de
iluminación se encuentra en los Accesos Amadeo Biló, Martín Fierro,
Ruta Provincial 65 y calle asfaltada sin nombre. La designación
catastral es la 04 - 1 - H - 003, Manzanas 1 a 22.

La realización del proyecto beneficiará a 25 industrias, al total de
las parcelas que componen el Parque y a la ciudad en general. El
tendido de la red lumínica no sólo significará disponer de visibilidad
en horas nocturnas sino también darle un impulso a la productividad
coadyuvando a acrecentar las condiciones de seguridad de Allen.

Estudios desarrollados por la municipalidad determinaron la necesidad
de emplazar 46 artefactos con un total de 70 lámparas a vapor de sodio
de alta presión de 250 w cada una y otros 29 artefactos, de similares
especificaciones técnicas, para cubrir la totalidad del frente sur del
Parque.

El costo estimado del alumbrado interno asciende a $ 16.730,80 y el
costo del alumbrado perimetral a $ 23.161,50. El costo total de las dos
etapas es de $ 39.892,30.

Según se afirma en la memoria descriptiva del proyecto, realizada por
la Dirección de Planeamiento de la Secretaría de Obras y Servicios
Públicos de la comuna que me fuera remitida mediante la nota N° 202/04
suscrita por el señor Intendente Municipal, Carlos Sánchez, "la
realización de la obra de alumbrado público interno y perimetral del
Parque Industrial representa un avance de gran importancia hacia la
optimización de los servicios brindados a las industrias instalados en
él".

Vale la pena destacar que esta obra ayudará a incrementar los niveles
de ocupación laboral dotando al Parque Industrial de Allen de un
servicio elemental y necesario para toda ciudad que tenga la
posibilidad de experimentar un fuerte proceso de expansión de la
actividad económica.

Como la erogación necesaria para volver realidad este proyecto excede
largamente las posibilidades financieras del municipio y de la
provincia, es que solicito por este medio el otorgamiento de un
subsidio para la ejecución de las obras.

Por los motivos expuestos pongo a consideración de mis pares el
presente Proyecto de Ley, solicitándoles su voto afirmativo para su
pronta aprobación.

Luis A. Falcó.-