Número de Expediente 2397/04
N° | Origen | Tipo | Extracto |
---|---|---|---|
2397/04 | Senado De La Nación | Proyecto De Ley | FALCO . PROYECTO DE LEY OTORGANDO UN SUBSIDIO PARA EL MUNICIPIO DE ALLEN , RIO NEGRO , DESTINADO A LA ADQUISICION DE EQUIPOS DE SONIDO PARA EL TEATRO LOCAL . |
Listado de Autores |
---|
Falco
, Luis
|
Fechas en Dir. Mesa de Entradas
MESA DE ENTRADAS | DADO CUENTA | Nº DE D.A.E. |
---|---|---|
09-08-2004 | 11-08-2004 | 150/2004 Tipo: NORMAL |
Fecha de Ingreso a Dir. Gral. de Comisiones
DIR. GRAL. de COMISIONES | INGRESO DEL DICTAMEN A LA MESA DE ENTRADAS |
---|---|
10-08-2004 | 27-10-2004 |
Giros del Expediente a Comisiones
COMISIÓN | FECHA DE INGRESO | FECHA DE EGRESO |
---|---|---|
DE PRESUPUESTO Y HACIENDA
ORDEN DE GIRO: 1 |
11-08-2004 | 27-10-2004 |
ENVIADO AL ARCHIVO : 10-01-2005
Resoluciones
SENADO |
---|
FECHA DE SANCION: 10-11-2004 |
SANCION: APROBO |
COMENTARIO: |
APROBADO COMO: Proyecto de Comunicacion |
NOTA:SE AP. UN PC |
Órdenes del Día
NÚMERO | DE FECHA | ESTADO | ANEXO |
---|---|---|---|
1434/04 | 28-10-2004 | APROBADA | Sin Anexo |
PRESIDENCIA/OFICIALES VARIOS
ORIGEN | TIPO | NUMERO | FECHA | AR |
---|---|---|---|---|
PE | RP | 660/05 | 05-12-2005 |
En proceso de carga
Senado de la Nación
Secretaría Parlamentaria
Dirección Publicaciones
(S-2397/04)
PROYECTO DE LEY
El Senado y Cámara de Diputados,...
Artículo 1°- Otórguese un subsidio de $ 14.500 (pesos catorce mil
quinientos), al Municipio de la localidad de Allen, departamento de
General Roca, provincia de Río Negro.
Art. 2°- Dicho subsidio deberá ser destinado como único fin para
Proveer al Teatro Municipal de la localidad de Allen de equipos de
sonido y luminarias apropiadas para su normal funcionamiento.
Art. 3°- A los efectos de dar cumplimiento a la presente ley, el
Municipio de la localidad de Allen, deberá sancionar dentro del plazo
de seis meses, a contar desde la sanción de la presente, la ordenanza
que "Declare de Interés Municipal Proveer al Teatro Municipal de
equipos de sonido y luminarias apropiadas para su normal
funcionamiento".
Art. 4°- Si no se diere cumplimiento al cargo impuestos en el artículo
3° de la presente ley, sin causa que lo justifique, el Estado Nacional
podrá revocar la efectiva transferencia de las partidas asignadas, sin
que ello autorice al municipio a reclamar indemnización alguna al
respecto.
Art. 5°- Los gastos que demande el cumplimiento de la presente ley
serán imputados a las partidas asignadas al Programa de Desarrollo y
Acción Cultural, de la Secretaría de Cultura de la Nación, por la Ley
de Presupuesto General de la Administración Nacional para el ejercicio
2004.
Art. 6°- En virtud de la Delegación de Facultades establecidas en la
Ley de Presupuesto General de la Administración Nacional para el
ejercicio 2004, al Jefe de Gabinete de Ministros, instrúyase al mismo a
disponer las reestructuraciones presupuestarias que considere
necesarias a los efectos de cumplir con las disposiciones de la
presente ley.
Art. 7°- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Luis A. Falcó.-
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
El Poder Ejecutivo nacional, a través del Jefe de Gabinete de Ministros
el pasado 16 de septiembre de 2003 ingresó por Mesa de Entradas de la
Honorable Cámara de Diputados de la Nación el Proyecto de Ley de
Presupuesto General de la Administración nacional para el Ejercicio
Fiscal del año 2004.
El procedimiento se realizó como todos los años sobre la base de lo
establecido por el artículo 75, inciso 8 de la CONSTITUCION NACIONAL
referido a la atribución con que cuenta este Honorable Cuerpo
Legislativo de fijar anualmente el Presupuesto general de Gastos y
Cálculo de Recursos de la Administración Nacional, y de acuerdo al
artículo 100, inciso 6, de la Carta Magna que asigna al jefe de
Gabinete de Ministros la responsabilidad de enviar al Congreso el
Proyecto de Presupuesto Nacional, previo tratamiento en acuerdo de
gabinete y aprobación del Poder Ejecutivo Nacional.
En el mensaje de dicho Proyecto de Ley se puso de manifiesto la
importancia fundamental, tanto desde el punto de vista del control
republicano de la gestión que el Gobierno previa desarrollar, como de
su empleo como instrumento de política económica y social. Asimismo, la
necesidad de realizar un esfuerzo de contención de los gastos
primarios, preservando los programas sociales prioritarios (de empleo y
de emergencia alimentaria y sanitaria), y de fortalecer el plan de
obras públicas. Dicho Proyecto hoy es Ley de la Nación y rige la vida
de económica, política y social de todos los argentinos.
En el marco de la política de gasto público para el actual año 2004, el
Gobierno Nacional propuso continuar con la implementación de medidas
tendientes a superar la situación de riesgo colectivo originadas por
las graves circunstancias económicas y sociales atravesadas por el
país. Con ese objetivo, en el actual presupuesto nacional se continuó
dando prioridad a los gastos sociales, a los de ciencia y tecnología y
a las asignaciones que tuvieran un efecto positivo en las economías
regionales. Vale decir que en la elaboración de lo proyectado para el
año 2004 se contemplaron especialmente los requerimientos provenientes
de dichas áreas.
Es en el marco de estas ideas que hoy proponemos a través del presente
Proyecto de Ley, a las autoridades de la Secretaría de Cultura de la
Nación, la posibilidad de proveer al Teatro Municipal de la ciudad
rionegrina de Allen de equipos de sonido y luminarias apropiadas para
su normal funcionamiento.
Desde hace cuatro años el Director de Cultura de la localidad ha venido
desplegando esfuerzos para la restauración de las instalaciones del
Teatro Municipal con la sola ayuda de siete mujeres y tres trabajadores
remunerados por el Plan Trabajar y el apoyo de la comunidad. Así es
como hoy, esta verdadera Casa de la Cultura luce como en sus mejores
épocas pudiéndole brindar a los vecinos los servicios culturales para
los que fue concebida allá por 1935.
Este teatro, de 400 m2 de superficie, constituye una de las mejores
construcciones de la Arquitectura que engalana a la ciudad y forma
parte del propio edificio de la intendencia. El salón fue construido
por los antiguos pobladores como centro de reunión, expresión cultural
y solaz. Desde entonces, infinidad de grupos culturales han pasado por
su escenario realizando sus presentaciones.
Este Teatro es una verdadera maravilla que merece todo el apoyo de las
autoridades nacionales para desempeñar su misión con autonomía y
calidad. La edificación cuenta con 224 butacas (teniendo capacidad para
400), su piso es de pinotea y su techo, elaborado con planchas de
material acústico, se ubica a 6,20 metros de altura. El escenario tiene
una boca de 7 metros de ancho y 4 metros de alto, siendo el sistema de
apertura y cierre de telón en base a poleas y sogas. La caja interna
del escenario es de 9 m x 9 m x 14 m de altura. Los camarines y baños
son amplios guardando armonía estética con el conjunto de la obra.
El subsidio de $ 14.500 (pesos catorce mil quinientos), que mediante
este Proyecto de Ley se establece, es para proveer al salón de equipos
de sonido y de luces indispensables para su normal funcionamiento. En
la actualidad, el teatro sólo cuenta con luces de sala y
desafortunadamente, a pesar de los esfuerzos municipales para
conseguirlos, no posee luminarias y artefactos de sonido para
acondicionar debidamente el escenario.
El señor Director de Cultura de Allen, Fernando Zalazar, ha realizado
los estudios básicos y solicitado diversos presupuestos para cubrir tal
necesidad. Como las cifras, sin ser extremadamente elevadas, exceden la
capacidad presupuestaria del área, surge la propuesta de establecerla
mediante el presente subsidio.
Esta erogación, que ronda los 14.500 pesos, servirá para dejar al
teatro en optimas condiciones al servicio de la ciudadanía. Y así será,
como este centro de expresión artística y recreación cultural
inaugurado el 8 de julio de 1937, tendrá por muchos años el esplendor
soñado y la capacidad de generar eventos culturales que la ciudad de
Allen merece.
Por los motivos expuestos y teniendo en cuenta que la erogación
necesaria para volver realidad este proyecto cultural, excede
largamente las posibilidades financieras del municipio, es que pongo a
consideración de mis pares el presente Proyecto de Ley, solicitándoles
su voto afirmativo para su pronta aprobación.
Luis A. Falcó.-
Secretaría Parlamentaria
Dirección Publicaciones
(S-2397/04)
PROYECTO DE LEY
El Senado y Cámara de Diputados,...
Artículo 1°- Otórguese un subsidio de $ 14.500 (pesos catorce mil
quinientos), al Municipio de la localidad de Allen, departamento de
General Roca, provincia de Río Negro.
Art. 2°- Dicho subsidio deberá ser destinado como único fin para
Proveer al Teatro Municipal de la localidad de Allen de equipos de
sonido y luminarias apropiadas para su normal funcionamiento.
Art. 3°- A los efectos de dar cumplimiento a la presente ley, el
Municipio de la localidad de Allen, deberá sancionar dentro del plazo
de seis meses, a contar desde la sanción de la presente, la ordenanza
que "Declare de Interés Municipal Proveer al Teatro Municipal de
equipos de sonido y luminarias apropiadas para su normal
funcionamiento".
Art. 4°- Si no se diere cumplimiento al cargo impuestos en el artículo
3° de la presente ley, sin causa que lo justifique, el Estado Nacional
podrá revocar la efectiva transferencia de las partidas asignadas, sin
que ello autorice al municipio a reclamar indemnización alguna al
respecto.
Art. 5°- Los gastos que demande el cumplimiento de la presente ley
serán imputados a las partidas asignadas al Programa de Desarrollo y
Acción Cultural, de la Secretaría de Cultura de la Nación, por la Ley
de Presupuesto General de la Administración Nacional para el ejercicio
2004.
Art. 6°- En virtud de la Delegación de Facultades establecidas en la
Ley de Presupuesto General de la Administración Nacional para el
ejercicio 2004, al Jefe de Gabinete de Ministros, instrúyase al mismo a
disponer las reestructuraciones presupuestarias que considere
necesarias a los efectos de cumplir con las disposiciones de la
presente ley.
Art. 7°- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Luis A. Falcó.-
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
El Poder Ejecutivo nacional, a través del Jefe de Gabinete de Ministros
el pasado 16 de septiembre de 2003 ingresó por Mesa de Entradas de la
Honorable Cámara de Diputados de la Nación el Proyecto de Ley de
Presupuesto General de la Administración nacional para el Ejercicio
Fiscal del año 2004.
El procedimiento se realizó como todos los años sobre la base de lo
establecido por el artículo 75, inciso 8 de la CONSTITUCION NACIONAL
referido a la atribución con que cuenta este Honorable Cuerpo
Legislativo de fijar anualmente el Presupuesto general de Gastos y
Cálculo de Recursos de la Administración Nacional, y de acuerdo al
artículo 100, inciso 6, de la Carta Magna que asigna al jefe de
Gabinete de Ministros la responsabilidad de enviar al Congreso el
Proyecto de Presupuesto Nacional, previo tratamiento en acuerdo de
gabinete y aprobación del Poder Ejecutivo Nacional.
En el mensaje de dicho Proyecto de Ley se puso de manifiesto la
importancia fundamental, tanto desde el punto de vista del control
republicano de la gestión que el Gobierno previa desarrollar, como de
su empleo como instrumento de política económica y social. Asimismo, la
necesidad de realizar un esfuerzo de contención de los gastos
primarios, preservando los programas sociales prioritarios (de empleo y
de emergencia alimentaria y sanitaria), y de fortalecer el plan de
obras públicas. Dicho Proyecto hoy es Ley de la Nación y rige la vida
de económica, política y social de todos los argentinos.
En el marco de la política de gasto público para el actual año 2004, el
Gobierno Nacional propuso continuar con la implementación de medidas
tendientes a superar la situación de riesgo colectivo originadas por
las graves circunstancias económicas y sociales atravesadas por el
país. Con ese objetivo, en el actual presupuesto nacional se continuó
dando prioridad a los gastos sociales, a los de ciencia y tecnología y
a las asignaciones que tuvieran un efecto positivo en las economías
regionales. Vale decir que en la elaboración de lo proyectado para el
año 2004 se contemplaron especialmente los requerimientos provenientes
de dichas áreas.
Es en el marco de estas ideas que hoy proponemos a través del presente
Proyecto de Ley, a las autoridades de la Secretaría de Cultura de la
Nación, la posibilidad de proveer al Teatro Municipal de la ciudad
rionegrina de Allen de equipos de sonido y luminarias apropiadas para
su normal funcionamiento.
Desde hace cuatro años el Director de Cultura de la localidad ha venido
desplegando esfuerzos para la restauración de las instalaciones del
Teatro Municipal con la sola ayuda de siete mujeres y tres trabajadores
remunerados por el Plan Trabajar y el apoyo de la comunidad. Así es
como hoy, esta verdadera Casa de la Cultura luce como en sus mejores
épocas pudiéndole brindar a los vecinos los servicios culturales para
los que fue concebida allá por 1935.
Este teatro, de 400 m2 de superficie, constituye una de las mejores
construcciones de la Arquitectura que engalana a la ciudad y forma
parte del propio edificio de la intendencia. El salón fue construido
por los antiguos pobladores como centro de reunión, expresión cultural
y solaz. Desde entonces, infinidad de grupos culturales han pasado por
su escenario realizando sus presentaciones.
Este Teatro es una verdadera maravilla que merece todo el apoyo de las
autoridades nacionales para desempeñar su misión con autonomía y
calidad. La edificación cuenta con 224 butacas (teniendo capacidad para
400), su piso es de pinotea y su techo, elaborado con planchas de
material acústico, se ubica a 6,20 metros de altura. El escenario tiene
una boca de 7 metros de ancho y 4 metros de alto, siendo el sistema de
apertura y cierre de telón en base a poleas y sogas. La caja interna
del escenario es de 9 m x 9 m x 14 m de altura. Los camarines y baños
son amplios guardando armonía estética con el conjunto de la obra.
El subsidio de $ 14.500 (pesos catorce mil quinientos), que mediante
este Proyecto de Ley se establece, es para proveer al salón de equipos
de sonido y de luces indispensables para su normal funcionamiento. En
la actualidad, el teatro sólo cuenta con luces de sala y
desafortunadamente, a pesar de los esfuerzos municipales para
conseguirlos, no posee luminarias y artefactos de sonido para
acondicionar debidamente el escenario.
El señor Director de Cultura de Allen, Fernando Zalazar, ha realizado
los estudios básicos y solicitado diversos presupuestos para cubrir tal
necesidad. Como las cifras, sin ser extremadamente elevadas, exceden la
capacidad presupuestaria del área, surge la propuesta de establecerla
mediante el presente subsidio.
Esta erogación, que ronda los 14.500 pesos, servirá para dejar al
teatro en optimas condiciones al servicio de la ciudadanía. Y así será,
como este centro de expresión artística y recreación cultural
inaugurado el 8 de julio de 1937, tendrá por muchos años el esplendor
soñado y la capacidad de generar eventos culturales que la ciudad de
Allen merece.
Por los motivos expuestos y teniendo en cuenta que la erogación
necesaria para volver realidad este proyecto cultural, excede
largamente las posibilidades financieras del municipio, es que pongo a
consideración de mis pares el presente Proyecto de Ley, solicitándoles
su voto afirmativo para su pronta aprobación.
Luis A. Falcó.-