Número de Expediente 2386/07
N° | Origen | Tipo | Extracto |
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2386/07 | Senado De La Nación | Proyecto De Ley | CURLETTI : PROYECTO DE LEY MODIFICANDO LA LEY 23696 ( REFORMA DEL ESTADO ) , CREANDO UNA COMISION BICAMERAL PARA COORDINAR CON EL PEN EL CUMPLIMIENTO DE LA MENCIONADA NORMA . |
Listado de Autores |
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Curletti
, Mirian Belén
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Fechas en Dir. Mesa de Entradas
MESA DE ENTRADAS | DADO CUENTA | Nº DE D.A.E. |
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31-07-2007 | 22-08-2007 | 107/2007 Tipo: NORMAL |
Fecha de Ingreso a Dir. Gral. de Comisiones
DIR. GRAL. de COMISIONES | INGRESO DEL DICTAMEN A LA MESA DE ENTRADAS |
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14-08-2007 | 24-04-2008 |
Giros del Expediente a Comisiones
COMISIÓN | FECHA DE INGRESO | FECHA DE EGRESO |
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DE ASUNTOS ADMINISTRATIVOS Y MUNICIPALES
ORDEN DE GIRO: 1 |
14-08-2007 | 23-04-2008 |
EL EXPEDIENTE CADUCO EL 28-02-2009
ENVIADO AL ARCHIVO : 25-03-2009
OBSERVACIONES |
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PASA AL ARCHIVO POR ISP 19/09 (EXP.QUE CADUCARON CON OD.PENDIENTE). |
Órdenes del Día
NÚMERO | DE FECHA | ESTADO | ANEXO |
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154/08 | 25-04-2008 | APROBADA |
En proceso de carga
Senado de la Nación
Secretaría Parlamentaria
Dirección Publicaciones
(S-2386/07)
PROYECTO DE LEY
El Senado y Cámara de Diputados,...
Artículo 1.- Modifícase el Artículo 14 de la Ley N° 23.696, de Reforma del Estado, que quedará redactado de la siguiente forma:
¿COMISION BICAMERAL .
Artículo 14.- Créase en el ámbito del Congreso Nacional una Comisión Bicameral integrada por SEIS (6) Senadores y SEIS (6) Diputados, quienes serán elegidos por sus respectivos cuerpos, la que dictará su reglamento interno.
Dicha Comisión tendrá como misión constituir y ejercer la coordinación entre el Congreso Nacional y el Poder Ejecutivo Nacional a los efectos del cumplimiento de la presente ley y sus resultados debiendo informar a los respectivos cuerpos legislativos sobre todo el proceso que se lleve adelante conforme a las disposiciones de esta Ley.
Para cumplir su cometido, la citada Comisión deberá ser informada permanentemente y/o a su requerimiento de toda circunstancia que se produzca en el desenvolvimiento de los temas relativos a la presente ley, remitiéndosele con la información la documentación correspondiente. Podrá requerir información, formular las observaciones, propuestas y recomendaciones que estime pertinente y emitir dictamen en los asuntos a su cargo.
A estos efectos la Comisión Bicameral queda facultada a dictarse sus propios reglamentos de funcionamiento. Asimismo la Auditoría General de la Nación y la Sindicatura General de la Nación actuarán en colaboración permanente con esta Comisión.¿
Artículo 2.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Mirian Curletti.
FUNDAMENTOS
Señor Presidente:
El Artículo 85 de la Constitución Nacional, después de la reforma de 1994, establece que el control externo del sector público nacional en sus aspectos patrimoniales, económicos, financieros y operativos, será una atribución propia del Poder Legislativo, dando origen de esta manera a la Auditoría General de la Nación como organismo de asistencia técnica al Congreso y con autonomía funcional, sustituyendo así al Tribunal de Cuentas de la Nación.
La Ley 24.156, cumpliendo con lo establecido en la Constitución Nacional reglamenta la creación y funcionamiento del mencionado ente. Asimismo, en su Título VI, crea y reglamenta la Sindicatura General de la Nación, órgano de control interno del Poder Ejecutivo Nacional.
La SIGEN es una entidad con personería jurídica, autarquía administrativa y financiera, dependiente de la Presidencia de la Nación. Es materia de su competencia el control interno de los organismos y reparticiones que componen el Poder Ejecutivo Nacional y, así como los entes descentralizados, empresas y sociedades del Estado que dependan del mismo, reemplazando así a la Sindicatura General de Empresas Públicas.
Por lo expuesto, se solicita a este Honorable Senado la aprobación del presente proyecto de Ley.
Mirian Curletti.