Número de Expediente 2320/06

Origen Tipo Extracto
2320/06 Senado De La Nación Proyecto De Comunicación ESCUDERO : PROYECTO DE COMUNICACION SOLICITANDO INFORMES ACERCA DE LAS RAZONES POR LAS CUALES NO HA SIDO PUBLICADO EL INFORME ANUAL DE ESTADISTICAS POLICIALES AÑO 2005 Y OTRAS CUESTIONES CONEXAS .
Listado de Autores
Escudero , Sonia Margarita

Fechas en Dir. Mesa de Entradas

MESA DE ENTRADAS DADO CUENTA Nº DE D.A.E.
30-06-2006 12-07-2006 104/2006 Tipo: NORMAL

Fecha de Ingreso a Dir. Gral. de Comisiones

DIR. GRAL. de COMISIONES INGRESO DEL DICTAMEN A LA MESA DE ENTRADAS
11-07-2006 SIN FECHA

Giros del Expediente a Comisiones

COMISIÓN FECHA DE INGRESO FECHA DE EGRESO
DE JUSTICIA Y ASUNTOS PENALES
ORDEN DE GIRO: 1
12-07-2006 28-02-2008

EL EXPEDIENTE CADUCO EL 29-02-2008

ENVIADO AL ARCHIVO : 01-08-2008

En proceso de carga

Senado de la Nación
Secretaría Parlamentaria
Dirección Publicaciones

(S-2320/06)

PROYECTO DE COMUNICACION

El Senado de la Nación

Vería con agrado que el Poder Ejecutivo Nacional, por intermedio del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, informe:

1.- Las razones por las cuales aun no ha sido publicado el Informe Anual de Estadísticas Policiales Año 2005, que la ley 25.266 le impone realizar a la Dirección Nacional de Política Criminal dependiente de ese Ministerio, solicitando además que se arbitren los medios conducentes a su inmediata publicación.

2.- Asimismo, se remitan a este cuerpo los datos estadísticos parciales disponibles correspondientes al año en curso, discriminados por tipo de delito y lugar de ocurrencia.

Sonia Escudero.

FUNDAMENTOS

Señor Presidente:

Desde el año 1999, la Dirección Nacional de Política Criminal, dependiente del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, viene implementando el Sistema Nacional de Estadística Criminal (SNEC), a los efectos de llevar adelante un programa de recolección, producción y análisis de informaciones estadísticas sobre el delito en nuestro país.

Asimismo, en cumplimiento de lo normado la Ley 25.266 (modificatoria de la ley 22.117, que regula el funcionamiento del Registro Nacional de Reincidencia) todos los tribunales del país con competencia en materia penal, así como los representantes del Ministerio Público, la Policía Federal Argentina, las policías provinciales, las fuerzas de seguridad, los servicios penitenciarios y, en su caso, las Fuerzas Armadas, deben remitir a la Dirección Nacional de Política Criminal, los datos que esta dependencia les requiera con el fin de confeccionar anualmente la estadística general sobre la criminalidad en el país y el funcionamiento de la justicia.-

Uno de los componentes esenciales del SNEC, es el Sistema Nacional de Información Criminal (SNIC), que tiene por objeto recopilar, procesar y analizar las estadísticas policiales y de las fuerzas de seguridad. En base a estos datos, y en cumplimiento de lo normado por la ley 25.266, la Dirección Nacional de Política Criminal centraliza y analiza esta información, publicando anualmente un informe de estadísticas policiales, donde se vuelcan los indicadores de ocurrencia de delitos, se realizan comparaciones con períodos anteriores, y se extraen las conclusiones del caso.

Debe destacarse que a la fecha no ha sido publicado el informe anual correspondiente al pasado año, que es aguardado con expectativa, con el objeto de confrontar mediante indicadores objetivos la sensación de inseguridad que experimenta nuestra sociedad.

Este significativo informe, no es el único que evidencia una sustancial demora en su producción o publicación, ya que tampoco se encuentran actualizadas las encuestas de victimización, que también constituyen un componente del Sistema Nacional de Estadística Criminal.

No cabe duda alguna, que las estadísticas de delitos constituyen una herramienta de fundamental importancia para el diseño, planificación y ejecución de políticas en materia de seguridad, y para la formulación de los programas específicos para actuar sobre la problemática delictiva, tanto en la faz preventiva como punitiva.

En razón de ello, solicitamos, además, que se provean aquellos datos disponibles que se refieran al año en curso y permitan determinar el aumento o disminución de la actividad delictiva discriminándose por área territorial y tipo de delito.

Si bien la normativa vigente impone a la Dirección de Política Criminal la elaboración de un informe anual, entendemos pertinente que este cuerpo pueda acceder a datos parciales más inmediatos, que si bien no cuenten con la amplitud del informe anual, permitan esbozar tendencias en términos del acontecer delictivo.

Por lo anteriormente expuesto, solicito a los Senadores integrantes de este cuerpo, la aprobación del proyecto de comunicación puesto en consideración.

Sonia Escudero.