Número de Expediente 2314/04

Origen Tipo Extracto
2314/04 Senado De La Nación Proyecto De Declaración JENEFES : PROYECTO DE DECLARACION MANIFESTANDO BENEPLACITO POR LA CREACION DEL COMITE SANITARIO Y FITOSANITARIO INTEGRADO POR EL SENASA Y EL SENASAG .
Listado de Autores
Jenefes , Guillermo Raúl

Fechas en Dir. Mesa de Entradas

MESA DE ENTRADAS DADO CUENTA Nº DE D.A.E.
03-08-2004 04-08-2004 145/2004 Tipo: NORMAL

Fecha de Ingreso a Dir. Gral. de Comisiones

DIR. GRAL. de COMISIONES INGRESO DEL DICTAMEN A LA MESA DE ENTRADAS
04-08-2004 18-08-2004

Giros del Expediente a Comisiones

COMISIÓN FECHA DE INGRESO FECHA DE EGRESO
DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA
ORDEN DE GIRO: 1
04-08-2004 18-08-2004

ENVIADO AL ARCHIVO : 28-09-2004

Resoluciones

SENADO
FECHA DE SANCION: 01-09-2004
SANCION: APROBO
COMENTARIO:
NOTA:

Órdenes del Día

NÚMERO DE FECHA ESTADO ANEXO
884/04 19-08-2004 APROBADA Sin Anexo
En proceso de carga
Senado de la Nación
Secretaría Parlamentaria
Dirección Publicaciones

(S-2314/04)

PROYECTO DE DECLARACION

El Senado de la Nación

DECLARA:

Su beneplácito por la creación del Comité Sanitario y
Fitosanitario, integrado por SENASA de Argentina y el SENASAG de
Bolivia, instituido mediante el Protocolo Adicional al Acuerdo Marco
para la Promoción de la Cooperación y de la Integración Económica y
Comercial entre la República de Bolivia y la República Argentina,
suscripto el 15 de julio de 2004, en la ciudad de Santa Cruz, Bolivia.

Guillermo R. Jenefes.-

FUNDAMENTOS

Señor Presidente:

Las autoridades sanitarias de Bolivia y de Argentina acordaron la
cooperación sanitaria mutua, para ello se firmó un protocolo que crea
el Comité Sanitario y Fitosanitario integrado por SENASA de Argentina y
el SENASAG de Bolivia, con la coordinación de los ministerios de
Relaciones Exteriores de ambos países.

La importancia de este protocolo radica en alcanzar un comercio
bilateral sin que éste presente un riesgo sanitario (sanidad animal,
vegetal o inocuidad alimentaria), de esta manera, las medidas
sanitarias o fitosanitarias deben basarse en principios científicos y
en una evaluación de riesgo apropiada, manteniéndose sólo cuando
existan fundamentos que las sustenten. Bajo ningún concepto, dichas
medidas deben constituir una restricción encubierta al comercio, ni
tener por objeto crear obstáculos innecesarios entre las partes.

Asimismo, a través del presente Protocolo se constituye el Comité
Sanitario y Fitosanitario que será presidido por las máximas
autoridades del Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria
(SENASA) POR LA República Argentina y del Servicio Nacional de Sanidad
Agropecuaria e Inocuidad Alimentaria (SENASAG) por la República de
Bolivia a fin de armonizar una recíproca cooperación que redundará en
el mutuo beneficio de las partes y, en particular, facilitará el
incremento del comercio de productos vegetales.

Señor Presidente, es notoria la necesidad de desarrollar y ampliar el
nivel de cooperación bilateral en el campo de la agricultura y, en
particular, con el interés de proteger sus respectivos territorios de
plagas y enfermedades y mejorar la sanidad animal, vegetal y la
inocuidad de los alimentos.

Por todos los motivos expuestos, es que solicito a mis pares me
acompañen en el presente proyecto.

Guillermo R. Jenefes.-