Número de Expediente 2290/05
| N° | Origen | Tipo | Extracto |
|---|---|---|---|
| 2290/05 | Senado De La Nación | Proyecto De Ley | MAZA Y OTROS : PROYECTO DE LEY MODIFICANDO EL ART. 28 DE LA LEY DE IMPUESTO AL VALOR AGREGADO ( T.O. 1977 Y S/M ) REDUCIENDO LA ALICUOTA A LA VENTA DE ENERGIA ELECTRICA DESTINADA EXCLUSIVAMENTE A LA EXTRACCION DE AGUA SUBTERRANEA UTILIZADA PARA RIEGO AGRICOLA .- |
| Listado de Autores |
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Maza
, Ada Mercedes
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Pichetto
, Miguel Ángel
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López Arias
, Marcelo Eduardo
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Capitanich
, Jorge Milton
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Fechas en Dir. Mesa de Entradas
| MESA DE ENTRADAS | DADO CUENTA | Nº DE D.A.E. |
|---|---|---|
| 01-08-2005 | 10-08-2005 | 116/2005 Tipo: NORMAL |
Fecha de Ingreso a Dir. Gral. de Comisiones
| DIR. GRAL. de COMISIONES | INGRESO DEL DICTAMEN A LA MESA DE ENTRADAS |
|---|---|
| 03-08-2005 | SIN FECHA |
Giros del Expediente a Comisiones
| COMISIÓN | FECHA DE INGRESO | FECHA DE EGRESO |
|---|---|---|
| DE PRESUPUESTO Y HACIENDA
ORDEN DE GIRO: 1 |
03-08-2005 | 28-02-2007 |
EL EXPEDIENTE CADUCO EL 28-02-2007
ENVIADO AL ARCHIVO : 17-03-2007
En proceso de carga
Senado de la Nación
Secretaría Parlamentaria
Dirección Publicaciones
(S-2290/05)
PROYECTO DE LEY
El Senado y Cámara de Diputados,...
ARTICULO 1°. Incorpórese a continuación del inciso k del cuarto párrafo del art. 28 de la Ley de Impuesto
al Valor Agregado, texto ordenado en 1.997 y sus modificaciones, el siguiente texto:
I) La venta de energía eléctrica destinada exclusivamente a la extracción de agua subterránea utilizada
para riego agrícola.
ARTICULO 2°. La presente Ley entrará en vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial y tendrá
efectos para los hechos imponibles que se perfeccionen a partir del primer día del mes siguiente a dicha
publicación.
ARTICULO 3°. Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Ada M. Maza.- Miguel A. Pichetto.- Marcelo E. López Arias.- Jorge M. Capitanich.-
FUNDAMENTOS.
Señor Presidente
No es ajeno a la realidad de nuestro país el enorme esfuerzo que deben realizar nuestros productores
agrícolas por el aumento constante y generalizado de los insumos y demás elementos que son necesarios para
dicha explotación.
El presente Proyecto propone propiciar una reducción de la alícuota a la venta de energía eléctrica
destinada exclusivamente a la extracción de agua subterránea utilizada para riego agrícola y que esto
produce un abaratamiento del costo de los insumos que impactan en la producción agropecuaria nacional.
Esto es necesario encuadrarlo en el incremento de los habitantes a nivel mundial y está íntimamente
relacionada a la demanda de alimentos. Hay que tener en cuenta que se ha incrementado la superficie
sembrada en nuestro país y también el rendimiento por hectárea ya que Argentina produce el 6.5% de la
producción de cereales a nivel mundial.
Este Proyecto es de gran importancia ya que permitiría tener una reducción de costos en los insumos con el
consecuente y directo beneficio a nuestros productores, especialmente a aquellos productores que
desarrollan esta actividad en zonas áridas y que se encuentran en evidentes e importantes desventajas
comparativas con otras zonas más beneficiadas por la naturaleza.
Tanto es así, que la extracción de agua subterránea debe hacerse por medio de perforaciones a una
profundidad de entre 1.000 a 1.500 o más metros. Esta vital extracción demanda el uso de equipos de bombas
de gran potencia con el alto consumo de energía que esto implica.
No hay que olvidar que en vastas zonas de nuestro territorio sufren el flagelo de la sequía y que han
sido declaradas zonas de emergencia hídrica.
Señor Presidente, por todo lo expuesto es que solicito a mis pares la aprobación de éste Proyecto de Ley.
Ada M. Maza.- Miguel A. Pichetto.- Marcelo E. López Arias.- Jorge M. Capitanich.-



