Número de Expediente 2249/01
N° | Origen | Tipo | Extracto |
---|---|---|---|
2249/01 | Senado De La Nación | Proyecto De Ley | JENEFES Y OTROS : PROYECTO DE LEY MODIFICANDO EL ART. 3° DEL DECRETO 59/02 (AFECTACION DE MERCADERIAS EN CUSTODIA DE LA AFIP), A FIN DE EXTENDER A LAS PROVINCIAS DICHO BENEFICIO.- |
Listado de Autores |
---|
Jenefes
, Guillermo Raúl
|
Escudero
, Sonia Margarita
|
López Arias
, Marcelo Eduardo
|
Mayans
, José Miguel Ángel
|
Fechas en Dir. Mesa de Entradas
MESA DE ENTRADAS | DADO CUENTA | Nº DE D.A.E. |
---|---|---|
28-02-2002 | 14-03-2002 | 172/2001 Tipo: NORMAL |
Fecha de Ingreso a Dir. Gral. de Comisiones
DIR. GRAL. de COMISIONES | INGRESO DEL DICTAMEN A LA MESA DE ENTRADAS |
---|---|
01-03-2002 | SIN FECHA |
Giros del Expediente a Comisiones
COMISIÓN | FECHA DE INGRESO | FECHA DE EGRESO |
---|---|---|
DE PRESUPUESTO Y HACIENDA
ORDEN DE GIRO: 1 |
03-03-2003 | 04-03-2003 |
ANTERIOR - DE SALUD Y DEPORTE
ORDEN DE GIRO: 2 |
03-03-2003 | 04-03-2003 |
ANTERIOR - PRESUPUESTO Y HACIENDA
ORDEN DE GIRO: 1 |
01-03-2002 | 28-02-2003 |
ASISTENCIA SOCIAL Y SALUD PUBLICA
ORDEN DE GIRO: 2 |
01-03-2002 | 28-02-2003 |
EL EXPEDIENTE CADUCO EL 28-02-2003
ENVIADO AL ARCHIVO : 12-07-2002
En proceso de carga
Senado de la Nación
Secretaría Parlamentaria
Dirección Publicaciones
S-01-2249:JENEFES.
PROYECTO DE LEY
El Senado y Cámara de Diputados,¿
Artículo 1°.- Sustitúyese el artículo 3° del Decreto 59/02, por el siguiente texto:
Cuando se trate de alimentos, artículos para la higiene personal, ropa de cama y de
vestir y calzado, todas ellas mercaderías básicas y de primera necesidad y medicamentos, el
servicio aduanero los pondrá a disposición de la Secretaría General de la Presidencia de la
Nación para que sean afectados para la utilización por algún organismo o repartición
nacional, provincial o municipal, cuando las condiciones de emergencia social del lugar lo
aconsejen, con las formalidades prescriptas en la reglamentación del presente oportunamente
se dicte.
Cuando se tratare de mercaderías básicas y de primera necesidad y medicamentos,
ingresados por algún paso fronterizo provincial, el cincuenta por ciento (50%) de la misma
se pondrá, en forma inmediata, a disposición del organismo social provincial
correspondiente al mismo.
Art. 2°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Guillermo R. Jenefes. - Marcelo E. López Arias. - José M. A. Mayans. - Sonia
Escudero.
LOS FUNDAMENTOS DE ESTE PROYECTO DE LEY SE ENCUENTRAN PUBLICADOS EN EL D.A.E. 172/01.
.-A las comisiones de Presupuesto y Hacienda y de Asistencia Social y Salud
Pública.
Texto Original
Secretaría Parlamentaria
Dirección Publicaciones
S-01-2249:JENEFES.
PROYECTO DE LEY
El Senado y Cámara de Diputados,¿
Artículo 1°.- Sustitúyese el artículo 3° del Decreto 59/02, por el siguiente texto:
Cuando se trate de alimentos, artículos para la higiene personal, ropa de cama y de
vestir y calzado, todas ellas mercaderías básicas y de primera necesidad y medicamentos, el
servicio aduanero los pondrá a disposición de la Secretaría General de la Presidencia de la
Nación para que sean afectados para la utilización por algún organismo o repartición
nacional, provincial o municipal, cuando las condiciones de emergencia social del lugar lo
aconsejen, con las formalidades prescriptas en la reglamentación del presente oportunamente
se dicte.
Cuando se tratare de mercaderías básicas y de primera necesidad y medicamentos,
ingresados por algún paso fronterizo provincial, el cincuenta por ciento (50%) de la misma
se pondrá, en forma inmediata, a disposición del organismo social provincial
correspondiente al mismo.
Art. 2°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Guillermo R. Jenefes. - Marcelo E. López Arias. - José M. A. Mayans. - Sonia
Escudero.
LOS FUNDAMENTOS DE ESTE PROYECTO DE LEY SE ENCUENTRAN PUBLICADOS EN EL D.A.E. 172/01.
.-A las comisiones de Presupuesto y Hacienda y de Asistencia Social y Salud
Pública.
Texto Original