Número de Expediente 2237/03

Origen Tipo Extracto
2237/03 Senado De La Nación Proyecto De Comunicación TERRAGNO : PROYECTO DE COMUNICACION SOLICITANDO INFORMES ACERCA DE LA QUITA PREVISTA EN LA REESTRUCTURACION DE LA DEUDA .-
Listado de Autores
Terragno , Rodolfo

Fechas en Dir. Mesa de Entradas

MESA DE ENTRADAS DADO CUENTA Nº DE D.A.E.
24-09-2003 01-10-2003 132/2003 Tipo: NORMAL

Fecha de Ingreso a Dir. Gral. de Comisiones

DIR. GRAL. de COMISIONES INGRESO DEL DICTAMEN A LA MESA DE ENTRADAS
25-09-2003 SIN FECHA

Giros del Expediente a Comisiones

COMISIÓN FECHA DE INGRESO FECHA DE EGRESO
DE ECONOMÍA NACIONAL E INVERSIÓN
ORDEN DE GIRO: 1
25-09-2003 28-02-2005

EL EXPEDIENTE CADUCO EL 28-02-2005

ENVIADO AL ARCHIVO : 31-01-0006

En proceso de carga
Senado de la Nación
Secretaría Parlamentaria
Dirección Publicaciones

(S-2237/03)

PROYECTO DE COMUNICACION

El Senado de la Nación

COMUNICA

Solicitar al Poder Ejecutivo que, a través del Ministerio de Economía y
Producción, Secretaría de Finanzas, informe con carácter de urgente:

Si la quita de 75% prevista en los "elementos básicos para una
propuesta", contenidos en el documento "Lineamientos de la
Reestructuración de la Deuda Soberana" (Secretaría de Finanzas,
Ministerio de Economía y Producción, 22 de septiembre de 2003) se
refiere a:

1) Valor "nominal", "de cara" o "facial" de los bonos a ser
"reestructurados". O, en cambio, se refiere a:
2) Valor Presente Neto (VPN) de dichos bonos, calculado en función del
plazo, el período de gracia, las tasas de interés y una quita que puede
ser distinta de 75% del valor nominal.

Roberto Terragno.-





















FUNDAMENTOS

Sr. Presidente:

El 22 de septiembre, el Poder Ejecutivo entregó a representantes de
ambas cámaras del Congreso nacional una carpeta titulada "Lineamientos
de la Reestructuración de la Deuda Soberana", referido a la propuesta
que se hará a los tenedores de bonos emitidos por el Estado nacional
con anterioridad al 31 de diciembre de 2001.

En dicha carpeta (página 37) se lee que "el menú de opciones será
diseñado para obtener una reducción del 75% del stock nominal de la
deuda elegible".

No está claro si el uso de la expresión "stock nominal" significa que
se pretende reducir, en promedio, 75% del valor nominal, también
llamado "valor cara", o "facial", de los respectivos bonos.

Algunas expresiones del Secretario de Finanzas han sugerido que no se
aspira a tal reducción sino a una quita de 75% en el Valor Presente
Neto (VPN).

El VPN es el que resulta de descontar, del monto total que el acreedor
esperaba recibir originalmente, todo lo que pierda por aceptar
reducciones de capital o intereses, y todo lo que deje de ganar por
inmovilizar su capital, durante el período de gracia y a lo largo de
plazos superiores a los previstos originalmente.

Merced a un ejercicio realizado a partir de un modelo econométrico que
diseñara Orlando Ferreres & Asociados, hemos podido establecer lo
siguiente:

1) HIPOTESIS "A". Suponiendo:

Quita respecto del valor nominal
o "facial" ("face value") 75%
Plazo 30 años
Período de gracia 4 años
Tasa de interés Ascendente desde 2% (inicial)
hasta 7% (2019)

El VPN es: 90%.

2) HIPOTESIS "B". Suponiendo:

Quita respecto del valor nominal
o "facial" ("face value") 40%
Plazo 30 años
Período de gracia 4 años
Tasa de interés Ascendente desde 2% (inicial)
hasta 7% (2019)

El VPN es: 71-78%, según las condiciones para cada moneda
(los bonos en yen tendrían tasas más bajas).

3) HIPOTESIS "C". Teniendo en cuenta el Superávit Fiscal Primario y
el Nuevo Financiamiento previsto en el "Programa Financiero" del
Ejecutivo (página 36 de la carpeta referida), si se quisiera que la
quita fuera de 75%, tanto en términos nominales como en VPN, los
términos de la oferta deberían variar sensiblemente:

Plazo Mucho menos de 30 años
Período de gracia Muy corto
Tasa de interés Mucho más altas a las previstas en las hipótesis "A" y
"B"

Esto significa que:

1) Si lo que se propusiera fuese una quita de 75% sobre el valor
nominal (como lo sugiere la carpeta referida y lo han entendido los
medios de comunicación), una negociación basada a 30 años con cuatro de
gracia y un interés tope de 7% podría llevar el VPN a 90%, lo cual
equivaldría casi a una condonación de deuda y sería presumiblemente
rechazado.

2) Si la propuesta estuviera pensada en términos de VNP, no de valor
nominal, y lo que se pretendiera fuese pagar a 30 años con cuatro de
gracia y un interés tope de 7%, entonces la quita sobre el valor
nominal sería de aproximadamente 40%; no 75%.

3) Si se quisiera igualar quita nominal y VNP, habría que renunciar a
las expectativas en cuanto a plazo, período de gracia y bajo interés.

Se comprende que tener precisión sobre este punto es esencial a fin de
evaluar la propuesta del Poder Ejecutivo.

Por lo tanto, solicito la aprobación urgente del presente proyecto de
resolución.

Roberto Terragno.-