Número de Expediente 2209/03

Origen Tipo Extracto
2209/03 Senado De La Nación Proyecto De Ley FALCO E ISIDORI : PROYECTO DE LEY ASIGNANDO UNA PARTIDA PRESUPUESTARIA PARA LA CONSTRUCCION DEL CENTRO DE CONGRESOS Y CONVENCIONES DE SAN CARLOS DE BARILOCHE .-
Listado de Autores
Falco , Luis
Isidori , Amanda Mercedes

Fechas en Dir. Mesa de Entradas

MESA DE ENTRADAS DADO CUENTA Nº DE D.A.E.
23-09-2003 01-10-2003 131/2003 Tipo: NORMAL

Fecha de Ingreso a Dir. Gral. de Comisiones

DIR. GRAL. de COMISIONES INGRESO DEL DICTAMEN A LA MESA DE ENTRADAS
24-09-2003 SIN FECHA

Giros del Expediente a Comisiones

COMISIÓN FECHA DE INGRESO FECHA DE EGRESO
DE PRESUPUESTO Y HACIENDA
ORDEN DE GIRO: 1
24-09-2003 28-02-2005

EL EXPEDIENTE CADUCO EL 28-02-2005

ENVIADO AL ARCHIVO : 06-09-2005

En proceso de carga
Senado de la Nación
Secretaría Parlamentaria
Dirección Publicaciones

(S-2209/03)

PROYECTO DE LEY

El Senado y Cámara de Diputados,...


Artículo 1°.- Asígnase al Ente Mixto de Promoción del Centro de
Congresos y Convenciones de San Carlos de Bariloche (EMPROCENTRO),
creado por Ley Provincial de Río Negro Nº 3.334, una partida de $
12.000.000 (pesos doce millones), con el objetivo de construir el
Centro de Congresos y Convenciones en la localidad de San Carlos de
Bariloche, Provincia de Río Negro.

Artículo 2°.- El monto asignado en él articulo 1° de la presente ley se
imputará a las partidas del Ministerio de Planificación Federal,
Inversión Publica y Servicios, correspondientes a la Ley de Presupuesto
Nacional 2004.

Artículo 3°.- Será Autoridad de Aplicación de la presente ley el
Ministerio de Planificación Federal, Inversión Publica y Servicios,
quien podrá en el ámbito de su órbita reasignar los fondos que sean
necesarios, a los efectos de cumplir con él articulo 1° de la presente
ley.

Artículo 4°.- La Autoridad de Aplicación dispondrá de amplias
facultades para controlar y fiscalizar lo actuado por el EMPROCENTRO a
partir de la sanción de la presente ley, como así también de los
estudios de prefactibilidad, desarrollo y ejecución del Centro de
Congresos y Convenciones, que se realizará en la localidad de San
Carlos de Bariloche, provincia de Río Negro, en virtud de lo estipulado
en la presente ley.

Artículo 5°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.


Luis A. Falcó.- Amanda Isidori.-

FUNDAMENTOS

Señor presidente:

Creado por Ley Provincial de Río Negro Nº 3.334, el Ente Mixto de
Promoción del Centro de Convenciones de San Carlos de Bariloche
(EMPROCENTRO) tiene por objeto poder lograr cristalizar esta obra
fundamental para el desarrollo turístico de la ciudad y todo el
corredor de los lagos. Una vez seleccionado el emplazamiento en la Zona
del Puerto San Carlos, frente al Centro Cívico de la ciudad, se
concursó el anteproyecto con la participación activa de destacados
profesionales especialistas en la materia.

El proyecto elegido fue valuado como una brillante resolución en cuanto
a la integración e implantación del conjunto edilicio, asimismo la
relación del Centro de Convenciones con la costa permite al visitante
llegar a la playa y al Puerto de San Carlos en forma paulatina y
armónica. Cabe destacar que la circulación vehicular propuesta en el
proyecto de construcción es generosa, ya que utiliza parte del predio
para resolver los conflictos que pudiera generar una afluencia masiva
de vehículos al Centro Cultural y de Eventos, al mismo tiempo que
resolverá problemas hoy vigentes, como la velocidad. La solución que se
la da al estacionamiento dividido en dos playa permite adaptar
cualquiera de ellas a otros usos y al mismo tiempo hace desaparecer la
imagen de las playas de estacionamiento que hoy presenta la ciudad, que
obstruyen la visual hacia el lago con la presencia de vehículos de gran
porte y casas rodantes.

Es de destacar que el Código Urbano de la Municipalidad de San Carlos
de Bariloche establece para este caso el Rango de Tratamiento III
porque necesita de normas urbanísticas especiales por ser un
emprendimiento de trascendencia importante, y que la tramitación del
mismo requiere de la intervención del Consejo de Planificación
Municipal, que ya se manifestó en forma favorable al proyecto bajo
Dictamen Nº 5-2000, (se adjunta en el anexo del presente proyecto)
estableciendo los parámetros a ser cumplidos y poder ser expuestos ante
los miembros consultivos de la ciudad y de la ciudadanía a través de
audiencias públicas.

Señor presidente, debe considerarse en primer lugar que no existen
actualmente en la Argentina centros de congresos y convenciones de las
características del que se esta proyectando para Bariloche. Este hecho
determina que no se pueda contar con parámetros locales de comparación
o de validación de numerosas variables y supuestos utilizados en
nuestro análisis, y que demuestran sin lugar a dudas la necesidad de
contar con un centro de tales características. Tal como se detalla en
el Informe del Estudio del Mercado, la actividad actual de eventos en
la Argentina se lleva a cabo principalmente en instalaciones que hacen
parte integral de hoteles, lo que lleva a la imposibilidad de
discriminar dicha actividad específica de las demás actividades y
centros de costos y utilidades de un hotel.

Desde la óptica de la demanda, existe un potencial para el desarrollo
futuro de la actividad de congresos y convenciones en San Carlos de
Bariloche, que sin lugar a dudas traerá innumerables beneficios
turísticos y económicos, no solo para la ciudad, sino para toda la
región patagónica.

De la investigación del mercado surge claramente que Bariloche posee
una fuerte imagen entre las empresas y las entidades en nuestro país y
también en el resto del mundo, lo que hace que pueda ser considerado
como destino de eventos nacionales o internacionales. Además, esta
actividad puede potencialmente, y en forma gradual, generar un flujo
importante de viajeros a la ciudad, con todos los beneficios
secundarios que ello implica para la economía regional y local. Es
esencial destacar, sin embargo, que este potencial solamente podrá
alcanzarse en la medida que se logren las mejoras en aspectos que
actualmente limitan la actividad, tales como costos y facilidad de
accesos, y que se utilice una estrategia de promoción en la Argentina y
en el exterior.

De acuerdo con los requisitos de la demanda proyectada para los
primeros diez años de operación del CCyC, se definió una configuración
preliminar para el proyecto, que incluye las áreas dedicadas a la
actividad de eventos, así como todas las áreas complementarias que
hacen al funcionamiento integral del mismo:
ü El área dedicada a Congresos y Convenciones tendría una superficie
total de 2.700 m2, de los cuales 1.600 m2 abarcan los diferentes
salones.
ü La superficie total recomendada del terreno sería de aproximadamente
54.000 m2, de los cuales 11.000 m2 corresponden al edificio, 7.000 m2
al estacionamiento y el resto a la superficie periférica (dimensionada
contemplando futuras ampliaciones)
ü Cabe destacar, sin embargo, que la superficie mínima requerida para
la configuración inicial del CCyC estaría en el orden de los 20.000 m2
ü Esta configuración del CCyC implicaría una inversión estimada de $
11.300.000, basada en una construcción sobre un terreno plano.

Creemos que el primer paso implica la definición dentro del ámbito
Nacional, respecto de la decisión de seguir adelante con el proyecto,
ya que tanto la Provincia de Río Negro como el Municipio de San Carlos
de Bariloche consideran primordial la realización del mismo. Esta
decisión debe tomarse en función de los resultados del Estudio de
Prefactibilidad, que ha analizando las inversiones necesarias y los
beneficios que podría obtener el Sector Público a partir de la
construcción de un Centro de Congresos y Convenciones en Bariloche. Sin
lugar a dudas, dicho estudio es por demás auspicioso y, por tales
motivos, creemos sumamente necesario que el Estado Nacional asigne al
Ente Mixto de Promoción del Centro de Congresos y Convenciones de San
Carlos de Bariloche (EMPROCENTRO), creado por Ley Provincial de Río
Negro Nº 3.334, una partida de $ 12.000.000 en el Presupuesto Nacional
2004, correspondiente al Ministerio de Planificación Federal, Inversión
Pública y Servicios para la construcción del mencionado emprendimiento.

Por los motivos expuestos, y teniendo como objetivo y fin primordial el
del desarrollo del turismo y las economías regionales de nuestro país,
es que solicito a mis pares los Señores Legisladores, la aprobación del
presente Proyecto de Ley.


(*) Nota: se adjunta al presente proyecto de comunicación los
siguientes anexos en treinta y una (31) fojas:

ü Informe del EMPROCENTRO
ü Nota del ex Secretario de Turismo de la Nación Ing. Hernán Lombardi.
ü Nota del Presidente de la Legislatura de Río Negro Ing. Bautista
Mendioroz.
ü 2 Notas del ex Intendente de San Carlos de Bariloche Dr. Atilio
Feudal.
ü Dictamen Nº 5-2000 de la Unidad Coordinadora del Consejo de
Planificación Municipal.


(*) A disposición de los señores Senadores en el expediente original.

Luis A. Falcó.- Amanda Isidori.-