Número de Expediente 22/04
N° | Origen | Tipo | Extracto |
---|---|---|---|
22/04 | Particulares | Peticiones | BLUMBERG , JUAN CARLOS : FORMULA PETITORIO SOLICITANDO SE IMPULSE LA SANCION DE LEGISLACION DESTINADA AL CONTROL DE ACTOS DELICTIVOS . |
Fechas en Dir. Mesa de Entradas
MESA DE ENTRADAS | DADO CUENTA | Nº DE D.A.E. |
---|---|---|
01-04-2004 | 07-04-2004 | Sin asignar |
Fecha de Ingreso a Dir. Gral. de Comisiones
DIR. GRAL. de COMISIONES | INGRESO DEL DICTAMEN A LA MESA DE ENTRADAS |
---|---|
02-04-2004 | SIN FECHA |
Giros del Expediente a Comisiones
COMISIÓN | FECHA DE INGRESO | FECHA DE EGRESO |
---|---|---|
DE JUSTICIA Y ASUNTOS PENALES
ORDEN DE GIRO: 1 |
02-04-2004 | 28-02-2005 |
EL EXPEDIENTE CADUCO EL 28-02-2005
ENVIADO AL ARCHIVO : 12-01-2006
En proceso de carga
(P-022/04)
Buenos Aires 1 de abril de 2004.
Señor Vicepresidente
Presidente del Honorable Senado de la Nación
D. Daniel Scioli
Tengo el honor de dirigirme a V. E., a fin de solicitarle tenga a bien
impulsar la sanción, en la Honorable Cámara a vuestro cargo, de la
legislación penal que contemple los siguientes puntos:
1- Una ley que reprima la portación de armas con pena de prisión no
excarcelable.
2- Una ley que obligue a la registración pública de la telefonía
celular móvil, con indicación de los datos personales del titular y su
documentación . Asimismo, se registren quienes venden o alquilan dichos
aparatos. Prohibición de venta a quienes registren antecedentes penales.
Regular la facultad de las fuerzas de seguridad a verificar la titularidad
en la vía pública y al secuestro de la tenencia irregular.
3- Adoptar un sistema de documentación personal (D.N.I.) que impida su
falsificación o adulteración, similar al implementado con los pasaportes.
4- Legislar un sensible aumento en las penas mínimas y máximas
para los delitos de homicidio, secuestro y violación (mínimo 20 años) y
establecer un régimen de especial severidad, cuando en el delito participen
o estén involucrados funcionarios o miembros de las fuerzas de seguridad.
Las penas sean siempre de cumplimiento efectivo y total . Sin salidas
anticipadas en ningún caso. Modificación del régimen de imputabilidad penal
de los menores.
5- Modificar la pena en condenas por dos o más hechos. Las penas deben
sumarse sin límite máximo.
6- Que la pena perpetua sea perpetua. No más 25 años de máximo.
7- Legislar imponiendo para los encarcelados -sean procesados o
condenados- una reeducación a través del trabajo. Establecer un mínimo de 8
horas diarias en trabajos para la comunidad, obras públicas nacionales,
provinciales o municipales. Asimismo se instalen talleres, industrias o
manufacturas de cualquier tipo en el interior de las cárceles para el
trabajo y el aprendizaje de artes y oficios.
El trabajo dignifica tanto al hombre libre como al detenido.
Todas estas medidas requieren también una verdadera reforma del sistema
judicial, a los efectos de obtener una justicia rápida, efectiva y con
jueces idóneos, para garantizar la plena vigencia del estado de derecho.
Por todo lo expuesto le solicito inste a la pronta sanción de las leyes
solicitadas, se acompañará a la brevedad las firmas de quienes adhieran a
esta solicitud, en ejercicio del derecho a peticionar que establece la
Constitución Nacional.
Finalmente le recuerdo que todos merecemos vivir seguros dentro del marco de
la ley .
Que la ley se cumpla, hoy y siempre.
Saluda a V. E. con la mayor consideración.
Juan Carlos Blumberg.-
D.N.I. 7.755.967
Buenos Aires 1 de abril de 2004.
Señor Vicepresidente
Presidente del Honorable Senado de la Nación
D. Daniel Scioli
Tengo el honor de dirigirme a V. E., a fin de solicitarle tenga a bien
impulsar la sanción, en la Honorable Cámara a vuestro cargo, de la
legislación penal que contemple los siguientes puntos:
1- Una ley que reprima la portación de armas con pena de prisión no
excarcelable.
2- Una ley que obligue a la registración pública de la telefonía
celular móvil, con indicación de los datos personales del titular y su
documentación . Asimismo, se registren quienes venden o alquilan dichos
aparatos. Prohibición de venta a quienes registren antecedentes penales.
Regular la facultad de las fuerzas de seguridad a verificar la titularidad
en la vía pública y al secuestro de la tenencia irregular.
3- Adoptar un sistema de documentación personal (D.N.I.) que impida su
falsificación o adulteración, similar al implementado con los pasaportes.
4- Legislar un sensible aumento en las penas mínimas y máximas
para los delitos de homicidio, secuestro y violación (mínimo 20 años) y
establecer un régimen de especial severidad, cuando en el delito participen
o estén involucrados funcionarios o miembros de las fuerzas de seguridad.
Las penas sean siempre de cumplimiento efectivo y total . Sin salidas
anticipadas en ningún caso. Modificación del régimen de imputabilidad penal
de los menores.
5- Modificar la pena en condenas por dos o más hechos. Las penas deben
sumarse sin límite máximo.
6- Que la pena perpetua sea perpetua. No más 25 años de máximo.
7- Legislar imponiendo para los encarcelados -sean procesados o
condenados- una reeducación a través del trabajo. Establecer un mínimo de 8
horas diarias en trabajos para la comunidad, obras públicas nacionales,
provinciales o municipales. Asimismo se instalen talleres, industrias o
manufacturas de cualquier tipo en el interior de las cárceles para el
trabajo y el aprendizaje de artes y oficios.
El trabajo dignifica tanto al hombre libre como al detenido.
Todas estas medidas requieren también una verdadera reforma del sistema
judicial, a los efectos de obtener una justicia rápida, efectiva y con
jueces idóneos, para garantizar la plena vigencia del estado de derecho.
Por todo lo expuesto le solicito inste a la pronta sanción de las leyes
solicitadas, se acompañará a la brevedad las firmas de quienes adhieran a
esta solicitud, en ejercicio del derecho a peticionar que establece la
Constitución Nacional.
Finalmente le recuerdo que todos merecemos vivir seguros dentro del marco de
la ley .
Que la ley se cumpla, hoy y siempre.
Saluda a V. E. con la mayor consideración.
Juan Carlos Blumberg.-
D.N.I. 7.755.967