Número de Expediente 2161/03

Origen Tipo Extracto
2161/03 Senado De La Nación Proyecto De Ley CURLETTI E ISIDORI : PROYECTO DE LEY INCORPORANDO A LOS DEPARTAMENTOS DE GRAL . GUEMES Y ALMIRANTE BROWN , DEL CHACO , EN LOS ALCANCES DEL ARTICULO 3° DE LA LEY 24714 ( ASIGNACIONES FAMILIARES ) .
Listado de Autores
Curletti , Mirian Belén
Isidori , Amanda Mercedes

Fechas en Dir. Mesa de Entradas

MESA DE ENTRADAS DADO CUENTA Nº DE D.A.E.
19-09-2003 01-10-2003 129/2003 Tipo: NORMAL

Fecha de Ingreso a Dir. Gral. de Comisiones

DIR. GRAL. de COMISIONES INGRESO DEL DICTAMEN A LA MESA DE ENTRADAS
22-09-2003 SIN FECHA

Giros del Expediente a Comisiones

COMISIÓN FECHA DE INGRESO FECHA DE EGRESO
DE TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL
ORDEN DE GIRO: 1
22-09-2003 28-02-2005
DE PRESUPUESTO Y HACIENDA
ORDEN DE GIRO: 2
22-09-2003 28-02-2005

EL EXPEDIENTE CADUCO EL 28-02-2005

ENVIADO AL ARCHIVO : 23-01-2006

En proceso de carga
Senado de la Nación
Secretaría Parlamentaria
Dirección Publicaciones

(S-2161/03)

PROYECTO DE LEY

El Senado y Cámara de Diputados,...

Artículo 1º: Modifícase el art. 3º de la Ley 24714, el que quedará
redactado de la siguiente manera:

"ARTICULO 3°-Quedan excluídos de las prestaciones de esta ley, con
excepción de las asignaciones por maternidad y por hijos con
discapacidad, los trabajadores que perciban una remuneración superior a
$ 1500.

Para los que trabajen en las Provincias de La Pampa. Neuquén, Río
Negro, Chubut, Santa Cruz, Tierra del Fuego, Antártida e Islas del
Atlántico Sur, o en los Departamentos de Antofagasta de la Sierra
(exclusivamente para los que se desempeñen en la actividad minera) de
la Provincia de Catamarca; o en los Departamentos de Cochinoca,
Humahuaca, Rinconada, Santa Catalina, Susques y Yavi de la Provincia de
Jujuy; o en el Distrito Las Cuevas del Departamento de Las Heras, en
los Distritos de Potrerillos, Carrizal, Agrelo, Ugarteche, Perdriel y
las Compuertas del Departamento de Luján de Cuyo, en los Distritos de
Santa Clara, Zapata, San José y Anchoris del Departamento Tupungato, en
los Distritos de Los Arboles, Los Chacayes y Campo de los Andes del
Departamento de Tunuyán, en el Distrito de Pareditas del Departamento
San Carlos, en el Distrito de Cuadro Benegas del Departamento San
Rafael, en los Distritos Malargüe, Río Grande, Río Barrancas, Agua
Escondida del Departamento Malargüe, en los Distritos Russell, Cruz de
Piedra, Las Barrancas y Lumlunta del Departamento Maipú, en los
Distritos de El Mirador, Los Campamentos, Los Arboles, Reducción y
Medrano del Departamento Rivadavia de la Provincia de Mendoza; o en los
Departamentos de General San Martín (excepto Ciudad de Tartagal y su
ejido urbano), Rivadavia, Los Andes, Santa Victoria y Orán (excepto
ciudad de San Ramón de la Nueva Oran y su ejido urbano) de la Provincia
de Salta, o en los Departamentos Bermejo, Ramón Lista y Matacos de la
Provincia de Formosa, o en los Departamentos General Güemes y Almirante
Brown de la Provincia del Chaco, la remuneración deberá ser superior a
$ 1.800 para excluir al trabajador del cobro de las prestaciones
previstas en la presente ley.

Artículo 2º: Incorpórese a continuación del artículo 18º, el Artículo
18º Bis de la Ley 24.714, con el siguiente texto:

"Artículo 18º bis: Para los trabajadores a que hace mención el párrafo
segundo del artículo 3°, los importes de las prestaciones establecidas
en los incisos a) a h) del artículo 18º, se incrementarán en un treinta
por ciento (30%)."

Artículo 3º: Comuníquese al Poder Ejecutivo.

Mirian Curletti.- Amanda M. Isidori. -
FUNDAMENTOS

Señor Presidente:

La Ley 24.714 instituye un Régimen de Asignaciones Familiares
incluyendo la determinación de conceptos, alcances, prestaciones y
montos a percibir por parte de los trabajadores en relación de
dependencia con el sector privado.

En cuanto al alcance de los beneficios de asignaciones familiares,
determina los montos límites de las remuneraciones alcanzadas,
indicando para excepciones territoriales un techo superior en función
de factores que justifican un tratamiento diferencial.

Analizando estos factores y la ubicación de las zonas favorecidas,
consideramos con justicia, la incorporación de los Departamentos
General Güemes y Almirante Brown de la provincia del Chaco, los que se
encuentran lindantes al territorio seleccionado para la provincia de
Formosa (Dptos. Bermejo, Ramón Lista y Matacos).

Es sabido, que existe una fuerte dicotomía entre la región pampeana
desarrollada y el resto del país con sus economías regionales atrasadas
y en desventajas competitivas. Sin embargo, en la mayor parte de estas
regiones, son más las potencialidades -en recursos naturales y humanos-
que las limitaciones infranqueables. Es por ello, que un aspecto de
ventaja que implique un directo beneficio sobre el salario de las
familias receptoras, repercute abiertamente en un mejoramiento de la
distribución de recursos y calidad de vida de la sociedad involucrada.

Sobre esta base, nos permitimos proponer un incremento del treinta por
ciento, en los beneficios directos por asignaciones familiares a ésta
franja seleccionada en el segundo párrafo del artículo 3º de la ley
24714.

De hecho, el principal factor de atraso está ligado a las políticas
económicas aplicadas durante décadas que han conducido a muchas de
estas economías regionales a una situación de estancamiento y
fatalismo, las cuales han provocado en su principal motor de
desarrollo, el sector agropecuario, el desaprovechamiento de ventajas
naturales, así como una escasa aplicación de las tecnologías
disponibles.

La incorporación de la zona indicada para la Provincia del Chaco,
refiere a la región conocida como el Impenetrable Chaqueño, la que hace
parte de la 2° reserva mundial de biodiversidad reconocida por
Naciones Unidas en el año 1997, comprende los Departamentos General
Güemes y Almirante Brown, con una superficie total de 42.763 kilómetros
cuadrados y una población dispersa o agrupada en pequeños asentamientos
humanos de 65.324 habitantes. Existen comunidades y familias aborígenes
dispersas (principalmente de la etnia guaraní: Tobas, Mocovíes, Wichis
y Matacos).

En estos departamentos la tenencia de la tierra es muy desigual.
Predominan los grandes latifundios (campos de mas de 30.000 has.)
dedicados en forma extensiva a la explotación de la madera y la
ganadería bovina, y pequeños productores (menos de 500 has/ familia)
que se dedican principalmente a la cría de ganado caprino, la
apicultura y la extracción de maderas duras para la elaboración de
postes y carbón sumando un total de 4.190 familias.

El principal problema de la zona es la falta de agua para consumo
humano y agropecuario. Las grandes distancias generan aislamiento de
las familias rurales, sin posibilidad de informarse, capacitarse,
vender sus productos excedentes y mejorar sus fincas rurales.

Los problemas indicados, generan bajos rendimientos productivos, mala
calidad de la hacienda, deterioro de los recursos naturales y
reducciones progresivas en los ingresos de los productores, lo que esta
llevando a las economías familiares, no solo a situaciones de
subsistencia, sino de marginación extrema. Es frecuente encontrar
productores agropecuarios y sus familias en condiciones similares a las
que existían a fines del siglo XIX, con sus necesidades básicas
totalmente insatisfechas.

Emergen de este contexto, nuevos pobres que reclaman soluciones, en el
sentido de hacer más digna la vida de los hombres de campo y brindar a
las futuras generaciones igualdad de oportunidades y posibilidades.

El área seleccionada a incorporar a las excepciones al Régimen de
Asignaciones Familiares, alberga a familias en relación de dependencia
de los Departamentos General Güemes y Almirante Brown insertas en el
impenetrable chaqueño, que viven, por las propias condiciones de
hábitat, en situación de extrema vulnerabilidad, con menores
posibilidades de desarrollo por carencia de infraestructuras básicas,
agua para consumo humano y agropecuario.

Estas familias que coexisten con una realidad de pobreza y aislamiento,
sin apoyo e intervención externa, seguirán inmersas en el subdesarrollo
y economía de subsistencia dado que los departamentos de Almirante
Brown y Gral. Güemes tienen los mayores índices de Necesidades Básicas
Insatisfechas de la Provincia del Chaco y de la Argentina.

Por lo expuesto, Señor Presidente, solicitamos la aprobación del
presente proyecto de ley.

Mirian Curletti.- Amanda M. Isidori. -