Número de Expediente 2140/03
N° | Origen | Tipo | Extracto |
---|---|---|---|
2140/03 | Senado De La Nación | Proyecto De Comunicación | COLAZO : PROYECTO DE COMUNICACION SOLICITANDO INFORMES ACERCA DE LOS OPERADORES DE RESIDUOS PELIGROSOS . |
Listado de Autores |
---|
Colazo
, Mario Jorge
|
Fechas en Dir. Mesa de Entradas
MESA DE ENTRADAS | DADO CUENTA | Nº DE D.A.E. |
---|---|---|
18-09-2003 | 01-10-2003 | 128/2003 Tipo: NORMAL |
Fecha de Ingreso a Dir. Gral. de Comisiones
DIR. GRAL. de COMISIONES | INGRESO DEL DICTAMEN A LA MESA DE ENTRADAS |
---|---|
19-09-2003 | SIN FECHA |
Giros del Expediente a Comisiones
COMISIÓN | FECHA DE INGRESO | FECHA DE EGRESO |
---|---|---|
ORDEN DE GIRO: 1 |
19-09-2003 | 28-02-2005 |
DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE
ORDEN DE GIRO: 2 |
19-09-2003 | 28-02-2005 |
EL EXPEDIENTE CADUCO EL 28-02-2005
En proceso de carga
Senado de la Nación
Secretaría Parlamentaria
Dirección Publicaciones
(S-2140/03)
PROYECTO DE COMUNICACIÓN
El Senado de la Nación,
Vería con agrado que el Poder Ejecutivo Nacional, a través del
Ministerio de Salud, Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable,
se sirva informar acerca de los siguientes puntos:
1. Si a la fecha existen distintas industrias, transportes, plantas de
tratamiento o disposición y otras actividades en general, que generen u
operen con residuos peligrosos, que no se encuentren debidamente
inscriptos en el Registro Nacional de Generadores y Operadores de
Residuos Peligrosos, de ser así, la lista correspondiente con todos los
antecedentes del tema.
2. La lista de operadores que al día de la fecha se encuentran pasibles
de recibir las sanciones previstas en el artículo 49 de la Ley
24.051/92 y que están operando sin el correspondiente Certificado
Ambiental.
3. La lista de los operadores que han sido inscriptos de oficio por la
autoridad de aplicación, en un todo conforme al artículo 9 de la Ley
24.051/92.
4. La lista de los transportistas de Residuos Peligrosos que a la fecha
hayan incurrido en alguno de los supuestos expresamente prohibidos en
el artículo 29 de la Ley 24.051/92, fundamentalmente los enunciados en
los puntos a) y d).
5. La lista de los transportistas aéreos de Residuos Peligrosos y sus
rutas.
6. La lista de los lugares especialmente acondicionados como Plantas de
Disposición Final (para almacenamiento definitivo de residuos
peligrosos en condiciones exigibles de seguridad ambiental) según
artículo 33 de la Ley 24.051/92.
7. La lista de los lugares destinados últimamente para disposición
final como relleno de seguridad con la especificación de las
condiciones de permeabilidad de suelo, profundidad de nivel freático y
distancia de la periferia de los centros urbanos.
8. Qué contratos se encuentran vigentes y cuáles se prevé firmar con
organismos oficiales competentes y universidades nacionales y
provinciales para el logro de mayor y mejor asistencia técnica.
9. Cuáles son las conclusiones sobre el trabajo realizado por la
Comisión Interministerial de Residuos Peligrosos, en lo que a la
coordinación de las acciones de las diferentes áreas de gobierno se
refiere.
Mario J. Colazo.
F U N D A M E N T O S
Señor Presidente,
Los residuos patológicos son aquellos que poseen características
infecciosas, la infecciosidad identifica a aquellos residuos, capaces
de provocar una enfermedad infecciosa.
El residuo contiene potencialmente, microorganismos patógenos, con
suficiente virulencia y en tal cantidad, que la exposición al mismo por
parte de un huésped susceptible puede derivar en una enfermedad
infecciosa.
Entre los distintos tipos de residuos patológicos se pueden
nombrar: restos de sangre, fluidos humanos y de animales, restos de
órganos, elementos corto-punzantes contaminados y todo aquél material
que haya tenido contacto con microorganismos potencialmente patógenos.
Los sitios donde más comúnmente se desarrollan los residuos patológicos
son los hospitales, clínicas de atención médica u odontológica,
maternidades, laboratorios de análisis clínicos e investigaciones
biológicas, clínicas veterinarias, etc. En general podemos decir,que se
generan en centros de atención de salud humana y animal, centro de
investigaciones biomédicas y en los que se utilicen animales vivos.
Hoy en día las tecnologías más comunes, más utilizadas, que se
encuentran en la Argentina para el tratamiento de los Residuos
Patológicos son: Incineración, Autoclave, Radiondas e irradiación por
60 Co. y las verificaciones "in situ" son inspecciones o auditorías que
se realizan a generadores, transportistas y operadores de residuos
peligrosos con fines de control y fiscalización en cuanto al
cumplimiento de la legislación vigente
El Registro Nacional de Residuos Peligrosos realiza el Control y
Fiscalización de una adecuada gestión de Residuos Patológicos,
efectuando regularmente estas verificaciones "in situ" a los centros de
atención de salud con el fin de verificar el cumplimiento de la Ley
24.051/92 y su Decreto reglamentario 831/93 en lo que hace a la
generación, transporte y operación. Los resultados en muchos casos, son
la clausura de los hornos de incineración de residuos patológicos; en
otras oportunidades se han encontrado residuos patológicos dispuestos
como residuos domiciliarios o retiros por transportistas y operadores
no habilitados.
Señor Presidente, con lo expresado anteriormente queda claro la
importancia y gravedad que reviste la generación, transporte y
operación de los residuos patológicos y es por ese motivo que elevo el
presente proyecto de comunicación para el que solicito la colaboración
de mis pares en su tratamiento.
Mario J. Colazo.
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Secretaría Parlamentaria
Dirección Publicaciones
(S-2140/03)
PROYECTO DE COMUNICACIÓN
El Senado de la Nación,
Vería con agrado que el Poder Ejecutivo Nacional, a través del
Ministerio de Salud, Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable,
se sirva informar acerca de los siguientes puntos:
1. Si a la fecha existen distintas industrias, transportes, plantas de
tratamiento o disposición y otras actividades en general, que generen u
operen con residuos peligrosos, que no se encuentren debidamente
inscriptos en el Registro Nacional de Generadores y Operadores de
Residuos Peligrosos, de ser así, la lista correspondiente con todos los
antecedentes del tema.
2. La lista de operadores que al día de la fecha se encuentran pasibles
de recibir las sanciones previstas en el artículo 49 de la Ley
24.051/92 y que están operando sin el correspondiente Certificado
Ambiental.
3. La lista de los operadores que han sido inscriptos de oficio por la
autoridad de aplicación, en un todo conforme al artículo 9 de la Ley
24.051/92.
4. La lista de los transportistas de Residuos Peligrosos que a la fecha
hayan incurrido en alguno de los supuestos expresamente prohibidos en
el artículo 29 de la Ley 24.051/92, fundamentalmente los enunciados en
los puntos a) y d).
5. La lista de los transportistas aéreos de Residuos Peligrosos y sus
rutas.
6. La lista de los lugares especialmente acondicionados como Plantas de
Disposición Final (para almacenamiento definitivo de residuos
peligrosos en condiciones exigibles de seguridad ambiental) según
artículo 33 de la Ley 24.051/92.
7. La lista de los lugares destinados últimamente para disposición
final como relleno de seguridad con la especificación de las
condiciones de permeabilidad de suelo, profundidad de nivel freático y
distancia de la periferia de los centros urbanos.
8. Qué contratos se encuentran vigentes y cuáles se prevé firmar con
organismos oficiales competentes y universidades nacionales y
provinciales para el logro de mayor y mejor asistencia técnica.
9. Cuáles son las conclusiones sobre el trabajo realizado por la
Comisión Interministerial de Residuos Peligrosos, en lo que a la
coordinación de las acciones de las diferentes áreas de gobierno se
refiere.
Mario J. Colazo.
F U N D A M E N T O S
Señor Presidente,
Los residuos patológicos son aquellos que poseen características
infecciosas, la infecciosidad identifica a aquellos residuos, capaces
de provocar una enfermedad infecciosa.
El residuo contiene potencialmente, microorganismos patógenos, con
suficiente virulencia y en tal cantidad, que la exposición al mismo por
parte de un huésped susceptible puede derivar en una enfermedad
infecciosa.
Entre los distintos tipos de residuos patológicos se pueden
nombrar: restos de sangre, fluidos humanos y de animales, restos de
órganos, elementos corto-punzantes contaminados y todo aquél material
que haya tenido contacto con microorganismos potencialmente patógenos.
Los sitios donde más comúnmente se desarrollan los residuos patológicos
son los hospitales, clínicas de atención médica u odontológica,
maternidades, laboratorios de análisis clínicos e investigaciones
biológicas, clínicas veterinarias, etc. En general podemos decir,que se
generan en centros de atención de salud humana y animal, centro de
investigaciones biomédicas y en los que se utilicen animales vivos.
Hoy en día las tecnologías más comunes, más utilizadas, que se
encuentran en la Argentina para el tratamiento de los Residuos
Patológicos son: Incineración, Autoclave, Radiondas e irradiación por
60 Co. y las verificaciones "in situ" son inspecciones o auditorías que
se realizan a generadores, transportistas y operadores de residuos
peligrosos con fines de control y fiscalización en cuanto al
cumplimiento de la legislación vigente
El Registro Nacional de Residuos Peligrosos realiza el Control y
Fiscalización de una adecuada gestión de Residuos Patológicos,
efectuando regularmente estas verificaciones "in situ" a los centros de
atención de salud con el fin de verificar el cumplimiento de la Ley
24.051/92 y su Decreto reglamentario 831/93 en lo que hace a la
generación, transporte y operación. Los resultados en muchos casos, son
la clausura de los hornos de incineración de residuos patológicos; en
otras oportunidades se han encontrado residuos patológicos dispuestos
como residuos domiciliarios o retiros por transportistas y operadores
no habilitados.
Señor Presidente, con lo expresado anteriormente queda claro la
importancia y gravedad que reviste la generación, transporte y
operación de los residuos patológicos y es por ese motivo que elevo el
presente proyecto de comunicación para el que solicito la colaboración
de mis pares en su tratamiento.
Mario J. Colazo.
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