Número de Expediente 205/03
N° | Origen | Tipo | Extracto |
---|---|---|---|
205/03 | Senado De La Nación | Proyecto De Ley | ISIDORI Y OTROS :PROYECTO DE LEY SOBRE ACCESO A LA SALUD BUCAL .- |
Listado de Autores |
---|
Isidori
, Amanda Mercedes
|
Maestro
, Carlos
|
Raso
, Marta Ethel
|
Lescano
, Marcela Fabiana
|
Moro
, Eduardo Aníbal
|
Fechas en Dir. Mesa de Entradas
MESA DE ENTRADAS | DADO CUENTA | Nº DE D.A.E. |
---|---|---|
13-03-2003 | 26-03-2003 | 15/2003 Tipo: NORMAL |
Fecha de Ingreso a Dir. Gral. de Comisiones
DIR. GRAL. de COMISIONES | INGRESO DEL DICTAMEN A LA MESA DE ENTRADAS |
---|---|
14-03-2003 | 04-07-2003 |
Giros del Expediente a Comisiones
COMISIÓN | FECHA DE INGRESO | FECHA DE EGRESO |
---|---|---|
ORDEN DE GIRO: |
18-03-2003 | 04-07-2003 |
ENVIADO AL ARCHIVO : 11-08-2003
Resoluciones
SENADO |
---|
FECHA DE SANCION: 23-07-2003 |
SANCION: APROBO |
COMENTARIO: |
APROBADO COMO: Proyecto de Comunicacion |
NOTA: |
Órdenes del Día
NÚMERO | DE FECHA | ESTADO | ANEXO |
---|---|---|---|
417/03 | 16-07-2003 | APROBADA | Sin Anexo |
PRESIDENCIA/OFICIALES VARIOS
ORIGEN | TIPO | NUMERO | FECHA | AR |
---|---|---|---|---|
PE | RP | 444/03 | 16-12-2003 |
En proceso de carga
Senado de la Nación
Secretaría Parlamentaria
Dirección Publicaciones
(S-0205/03)
PROYECTO DE LEY
El Senado y Cámara de Diputados,...
Artículo. 1°.- La presente ley establece la garantía de acceso a toda
la
población a políticas de promoción, prevención y la rehabilitación de
la salud bucal.
Art. 2°.- El Ministerio de Salud de la Nación se constituye como la
autoridad de aplicación de la presente ley.
Art. 3°.- La promoción y prevención de la salud bucal será implementada
mediante la ejecución de campañas informativas y atención en los
efectores públicos de salud, tanto hospitales como centros de atención
primaria.
Art. 4°.- Las personas que no posean cobertura social y recurran para
su atención al sistema de salud pública, serán beneficiarias de las
políticas de promoción, prevención y rehabilitación de la salud bucal
que promueve la presente ley, garantizando especialmente el acceso de
aquellos grupos social y económicamente desfavorecidos.
Art. 5°.- Para el caso de aquellas personas que hayan sufrido una
pérdida total o parcial de piezas dentarias, viéndose perjudicadas en
sus funciones orales, se proveerá su rehabilitación mediante la
provisión de prótesis dentarias totales o parciales removibles de bajo
costo.
Art. 6°.- Se invita a las provincias y a la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires a adherir a la presente ley.
Art. 7°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Amanda M. Isidori. - Marta E. Raso.- Marcela F. Lescano.- Eduardo A.
Moro.- Carlos M. Maestro.-
F U N D A M E N T O S
Señor Presidente:
Si comprendemos por salud el estado completo de bienestar físico,
mental y social del hombre dentro de su medio social, la enfermedad
puede ser entendida como la pérdida de aquel equilibrio físico, mental
y social.
Las acciones de prevención son aquellos procedimientos por medio de los
que se evita la enfermedad o se detiene su avance, en cualquiera de sus
etapas. Prevenir significa realizar acciones antes que se produzca
efectivamente el daño que causa la enfermedad, es anticiparse. En
salud bucal es anticiparse a que el daño en los tejidos duros y blandos
deterioren y enfermen al individuo en un periodo pre - patogénico,
patogénico y sus resultados.
Se distinguen tres niveles en las acciones de prevención, la prevención
primaria: que comprende el período pre - patogénico, cuyo objetivo es
la promoción y la protección especifica contra las distintas
enfermedades; la prevención secundaria, que se aplica cuando la
enfermedad ya esta instalada, pero puede detectarse lo más procedente
posible; y la prevención terciaria, en la etapa tardía del periodo
patogénico e incluye la rehabilitación.
La salud bucal, en tanto es uno de los aspectos de la salud integral de
las personas, debe ser entendida como uno de los objetivos dentro de
las políticas públicas. Siendo esta dimensión de la salud tan
importante para las funciones de la alimentación, la fonación y la
salud en general, es necesario promover aquellas medidas tendientes a
proteger las condiciones de salud bucal de toda la población, teniendo
especial cuidado hacia los grupos más vulnerables, y haciendo
particular foco en los procesos preventivos.
En necesario por tanto, mantener la salud bucal de las personas durante
todos los ciclos de su vida, en caso de enfermedad detener el progreso
rápidamente y rehabilitar la función perdida, y por sobre todo
incentivar las personas para la prevención de la salud y brindarle
educación para la salud. La prevención en salud bucal debe comenzar
desde la primera etapa de la vida del niño, aún cuando se encuentra en
gestación.
Frente a la pérdida de piezas dentarias se puede promover la
rehabilitación de la salud por medio de las prótesis dentales. El
sistema estomatogmático está compuesto por el sistema osteodentario,
sistema articular (articulaciones témporo - mandibulares) y el sistema
neuromuscular. En conjunto regulan las funciones de masticación,
deglución, fonación, el estado postural y la respiración.
Las personas llegan a perder sus piezas dentarias por padecer de caries
o enfermedades periodontales. Esta problemática afecta especialmente a
la población adulta mayor y a sectores carenciados. La afección del
sistema osteodentario producida por la pérdida total o parcial de
dientes afecta al conjunto de funciones que regula el sistema
estomatogmático, produciendo deficiencias en las mismas, generando un
desequilibrio mayor en el desempeño de las funciones del cuerpo. Las
prótesis, en este marco de problema, aparecen como una forma de
rehabilitar la salud bucal del paciente. La restauración protética no
tiene sólo una función estética sino, y por sobre todo, funcional.
En definitiva, consideramos necesario promover todas las acciones
necesarias para conseguir una buena salud bucal en toda la población,
apuntando fundamentalmente a los sectores de menores recursos, en tanto
esta dimensión de la salud afecta seriamente al desenvolvimiento
favorable de las condiciones de vida de las personas.
Por todo lo anterior, es que solicito a los miembros de esta Honorable
Cámara la aprobación del presente proyecto de ley.
Amanda M. Isidori. - Marta E. Raso.- Marcela F. Lescano.- Eduardo A.
Moro.- Carlos M. Maestro.-
Secretaría Parlamentaria
Dirección Publicaciones
(S-0205/03)
PROYECTO DE LEY
El Senado y Cámara de Diputados,...
Artículo. 1°.- La presente ley establece la garantía de acceso a toda
la
población a políticas de promoción, prevención y la rehabilitación de
la salud bucal.
Art. 2°.- El Ministerio de Salud de la Nación se constituye como la
autoridad de aplicación de la presente ley.
Art. 3°.- La promoción y prevención de la salud bucal será implementada
mediante la ejecución de campañas informativas y atención en los
efectores públicos de salud, tanto hospitales como centros de atención
primaria.
Art. 4°.- Las personas que no posean cobertura social y recurran para
su atención al sistema de salud pública, serán beneficiarias de las
políticas de promoción, prevención y rehabilitación de la salud bucal
que promueve la presente ley, garantizando especialmente el acceso de
aquellos grupos social y económicamente desfavorecidos.
Art. 5°.- Para el caso de aquellas personas que hayan sufrido una
pérdida total o parcial de piezas dentarias, viéndose perjudicadas en
sus funciones orales, se proveerá su rehabilitación mediante la
provisión de prótesis dentarias totales o parciales removibles de bajo
costo.
Art. 6°.- Se invita a las provincias y a la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires a adherir a la presente ley.
Art. 7°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Amanda M. Isidori. - Marta E. Raso.- Marcela F. Lescano.- Eduardo A.
Moro.- Carlos M. Maestro.-
F U N D A M E N T O S
Señor Presidente:
Si comprendemos por salud el estado completo de bienestar físico,
mental y social del hombre dentro de su medio social, la enfermedad
puede ser entendida como la pérdida de aquel equilibrio físico, mental
y social.
Las acciones de prevención son aquellos procedimientos por medio de los
que se evita la enfermedad o se detiene su avance, en cualquiera de sus
etapas. Prevenir significa realizar acciones antes que se produzca
efectivamente el daño que causa la enfermedad, es anticiparse. En
salud bucal es anticiparse a que el daño en los tejidos duros y blandos
deterioren y enfermen al individuo en un periodo pre - patogénico,
patogénico y sus resultados.
Se distinguen tres niveles en las acciones de prevención, la prevención
primaria: que comprende el período pre - patogénico, cuyo objetivo es
la promoción y la protección especifica contra las distintas
enfermedades; la prevención secundaria, que se aplica cuando la
enfermedad ya esta instalada, pero puede detectarse lo más procedente
posible; y la prevención terciaria, en la etapa tardía del periodo
patogénico e incluye la rehabilitación.
La salud bucal, en tanto es uno de los aspectos de la salud integral de
las personas, debe ser entendida como uno de los objetivos dentro de
las políticas públicas. Siendo esta dimensión de la salud tan
importante para las funciones de la alimentación, la fonación y la
salud en general, es necesario promover aquellas medidas tendientes a
proteger las condiciones de salud bucal de toda la población, teniendo
especial cuidado hacia los grupos más vulnerables, y haciendo
particular foco en los procesos preventivos.
En necesario por tanto, mantener la salud bucal de las personas durante
todos los ciclos de su vida, en caso de enfermedad detener el progreso
rápidamente y rehabilitar la función perdida, y por sobre todo
incentivar las personas para la prevención de la salud y brindarle
educación para la salud. La prevención en salud bucal debe comenzar
desde la primera etapa de la vida del niño, aún cuando se encuentra en
gestación.
Frente a la pérdida de piezas dentarias se puede promover la
rehabilitación de la salud por medio de las prótesis dentales. El
sistema estomatogmático está compuesto por el sistema osteodentario,
sistema articular (articulaciones témporo - mandibulares) y el sistema
neuromuscular. En conjunto regulan las funciones de masticación,
deglución, fonación, el estado postural y la respiración.
Las personas llegan a perder sus piezas dentarias por padecer de caries
o enfermedades periodontales. Esta problemática afecta especialmente a
la población adulta mayor y a sectores carenciados. La afección del
sistema osteodentario producida por la pérdida total o parcial de
dientes afecta al conjunto de funciones que regula el sistema
estomatogmático, produciendo deficiencias en las mismas, generando un
desequilibrio mayor en el desempeño de las funciones del cuerpo. Las
prótesis, en este marco de problema, aparecen como una forma de
rehabilitar la salud bucal del paciente. La restauración protética no
tiene sólo una función estética sino, y por sobre todo, funcional.
En definitiva, consideramos necesario promover todas las acciones
necesarias para conseguir una buena salud bucal en toda la población,
apuntando fundamentalmente a los sectores de menores recursos, en tanto
esta dimensión de la salud afecta seriamente al desenvolvimiento
favorable de las condiciones de vida de las personas.
Por todo lo anterior, es que solicito a los miembros de esta Honorable
Cámara la aprobación del presente proyecto de ley.
Amanda M. Isidori. - Marta E. Raso.- Marcela F. Lescano.- Eduardo A.
Moro.- Carlos M. Maestro.-