Número de Expediente 200/06
N° | Origen | Tipo | Extracto |
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200/06 | Senado De La Nación | Proyecto De Ley | BASUALDO : PROYECTO DE LEY CREANDO LAS JORNADAS NACIONALES DE EDUCACION AMBIENTAL , A LLEVARSE A CABO EN LOS ESTABLECIMIENTOS EDUCACIONALES . |
Listado de Autores |
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Basualdo
, Roberto Gustavo
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Fechas en Dir. Mesa de Entradas
MESA DE ENTRADAS | DADO CUENTA | Nº DE D.A.E. |
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03-03-2006 | 15-03-2006 | 10/2006 Tipo: NORMAL |
Fecha de Ingreso a Dir. Gral. de Comisiones
DIR. GRAL. de COMISIONES | INGRESO DEL DICTAMEN A LA MESA DE ENTRADAS |
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13-03-2006 | SIN FECHA |
Giros del Expediente a Comisiones
COMISIÓN | FECHA DE INGRESO | FECHA DE EGRESO |
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ORDEN DE GIRO: 1 |
13-03-2006 | 29-02-2008 |
DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE
ORDEN DE GIRO: 2 |
13-03-2006 | 28-02-2008 |
DE PRESUPUESTO Y HACIENDA
ORDEN DE GIRO: 3 |
13-03-2006 | 28-02-2008 |
EL EXPEDIENTE CADUCO EL 29-02-2008
ENVIADO AL ARCHIVO : 30-06-2008
En proceso de carga
Senado de la Nación
Secretaría Parlamentaria
Dirección Publicaciones
(S-200/06)
PROYECTO DE LEY
El Senado y Cámara de Diputados,...
ARTICULO 1: Crease las Jornadas Nacionales de Educación Ambiental, a llevarse a cabo en establecimientos educativos en todo el territorio nacional.
ARTICULO 2: Todo establecimiento educativo, comprendido en la Ley 24.195 en sus ciclos de educación general básica y educación polimodal, deberán incluir dichas jornadas es el transcurso del año lectivo.
ARTICULO 3: De acuerdo a lo establecido en el articulo 2°, los criterios a desarrollar serán los siguientes:
a) Conciencia: Toma de conciencia, comprensión y sensibilidad en el medio ambiente y sus problemas.
b) Valores: Valorización del medio ambiente y motivación y voluntad para conservar y mejorar el medio ambiente para generaciones presentes y futuras.
c) Capacidad: Para identificar problemas ambientales y poder contribuir en la solución a través de acciones positivas de los estudiantes.
d) Participación: Compromiso activo utilizando conocimientos, conceptos y valores para la solución de los problemas actuales y prevención de futuros.
ARTICULO 4: El Ministerio de Educación de la Nación, será el órgano de aplicación y organismo rector encargado de planificar, ejecutar y fiscalizar las acciones de las jornadas. Asimismo la autoridad de aplicación establecerá las características de dichas jornadas, adecuándolo al nivel y modalidad a desarrollarse de acuerdo a los objetivos de la Ley Federal de Educación.
ARTICULO 5: En el marco de las Jornadas de Educación Ambiental, el Ministerio de Educación podrá coordinar acciones conjuntas con los organismos provinciales, a fin de poder garantizar la implementación de las jornadas en establecimientos educativos, de todas las jurisdicciones del país.
ARTICULO 6 : El Ministerio de Educación de la Nación, arbitrara los medios para la capacitación del personal idóneo, a fin de dar cumplimiento a la presente ley.
ARTICULO 7: Invítese a las Provincias a adherir al presente cuerpo legal a través del mecanismo que corresponda.
ARTICULO 8: El Poder Ejecutivo Nacional, deberá reglamentar la presente ley en un plazo de 60 días de su publicación.
ARTICULO 9: El Poder Ejecutivo mediante decreto distributivo del año en curso redistribuirá las partidas de gastos de la Administración Nacional, de tal forma de generar recursos afectados a las Jornadas de Educación Ambiental.
ARTICULO 10: Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Roberto Basualdo.-
FUNDAMENTOS
Sr. Presidente:
El papel que cumple la educación ambiental, es la de fomentar el desarrollo de una conciencia ecológica en los habitantes, de modo tal que puedan adquirir hábitos de conductas que favorezcan el cuidado y la prevención del medio ambiente.
Creemos preciso antes de abordar la temática del proyecto, dar una concepto de Educación Ambiental, y que si bien existen gran cantidad de definiciones, podemos nombrar la del Congreso Internacional sobre la Educación y formación relativas al Medio Ambiente (Moscú 1987): ¿La educación ambiental se concibe como un proceso permanente en el que los individuos y la colectividad cobran conciencia de su medio y adquieren los conocimientos, los valores, la experiencia y la voluntad de hacerlos actuar individual y colectivamente, para resolver los problemas actuales y futuros del medio ambiente¿.
Ahora bien, el presente proyecto tiene como propósito la creación de las Jornadas de Educación Ambiental, destinadas a la prevención y conservación del medio ambiente, a llevarse a cabo en establecimientos educativos en todo el territorio nacional.
El objetivo propuesto en estas jornadas, es poner al alcance de los estudiantes la comprensión y conocimiento acerca de los problemas que confrontamos las generaciones presentes y futuras, como así también promover cambios de conductas, para armonizar nuestro accionar con el funcionamiento de la naturaleza comenzando desde las cosas pequeñas.
Cabe destacar que la UNESCO, permanentemente en sus recomendaciones plantea la necesidad de programas que abarquen todos los niveles de la educación, como así también programas dirigidos al publico en general con la intención de educarlo en cuanto a las acciones sensillas que pueden realizar.
En cuanto a la forma de implementar este proyecto, creemos en darle un marco generador distinto a lo que generalmente se pretende, vale decir no insertarlo como una materia dentro del ámbito educativo, sino como jornadas. Vale decir, que el medio utilizado, es mucho mas creativo para los estudiantes y económicamente es mucho mas accesible llevarlo a cabo por el Poder Ejecutivo, ya que no generaría tantos gastos.
Es por todo lo expuesto e instando el articulo 41 de nuestra Constitución Nacional, es que solicito a mis pares me acompañen en la aprobación del presente proyecto de ley.
Roberto Basualdo.-