Número de Expediente 1999/06
N° | Origen | Tipo | Extracto |
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1999/06 | Senado De La Nación | Proyecto De Ley | MASSONI : PROYECTO DE LEY MODIFICANDO DIVERSOS ARTICULOS DE LA LEY 19550 - SOCIEDADES COMERCIALES - . |
Listado de Autores |
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Massoni
, Norberto
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Fechas en Dir. Mesa de Entradas
MESA DE ENTRADAS | DADO CUENTA | Nº DE D.A.E. |
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12-06-2006 | 28-06-2006 | 88/2006 Tipo: NORMAL |
Fecha de Ingreso a Dir. Gral. de Comisiones
DIR. GRAL. de COMISIONES | INGRESO DEL DICTAMEN A LA MESA DE ENTRADAS |
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23-06-2006 | SIN FECHA |
Giros del Expediente a Comisiones
COMISIÓN | FECHA DE INGRESO | FECHA DE EGRESO |
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DE LEGISLACIÓN GENERAL
ORDEN DE GIRO: 1 |
23-06-2006 | 28-02-2008 |
EL EXPEDIENTE CADUCO EL 29-02-2008
ENVIADO AL ARCHIVO : 01-08-2008
En proceso de carga
Senado de la Nación
Secretaría Parlamentaria
Dirección Publicaciones
(S-1999/06)
PROYECTO DE LEY
El Senado y Cámara de Diputados,...
Artículo 1.- Modifiquese el artículo 296 de la ley 19.550 el que quedara redactado de la siguiente manera:
¿Articulo 296. - Responsabilidad. Los síndicos son ilimitada y solidariamente responsables por el incumplimiento de las obligaciones que les imponen la ley, el estatuto y el reglamento, Su responsabilidad se hará efectiva por decisión de la asamblea. La decisión de la asamblea que declare la responsabilidad importa la remoción del síndico.
Su responsabilidad será directa, sin necesidad de la decisión de la Asamblea, cuando se trate de sociedades con participación estatal¿
ARTÍCULO 2- Modifiquese el artículo 299 de la ley 19.550 el que quedara redactado de la siguiente manera:
¿Artículo 299.- Fiscalización estatal permanente. Las asociaciones anónimas, además del control de constitución, quedan sujetas a la fiscalización de la autoridad de contralor de su domicilio, durante su funcionamiento, disolución y liquidación, en cualquiera de los siguientes casos:
1º) Hagan oferta pública de sus acciones o debentures;
2º) Tengan capital social superior a pesos argentinos quinientos ($a 500), monto éste que podrá ser actualizado por el Poder Ejecutivo, cada vez que lo estime necesario
3º) Sean de economía mixta o tengan participación estatal
4º) Realicen operaciones de capitalización, ahorro o en cualquier forma requieran dinero o valores al público con promesas de prestaciones o beneficios futuros;
5º) Exploten concesiones o servicios públicos;
6º) Se trate de sociedad controlante de o controlada por otra sujeta a fiscalización, conforme a uno de los incisos anteriores.¿
ARTICULO 3.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Norberto Massoni.
FUNDAMENTOS
Señor Presidente:
En los últimos tiempos el Estado ha comenzado a adoptar formas jurídicas propias del derecho privado a fin de llevar adelante sus cometidos, dejando de lado el uso de la sociedad anónima con participación estatal mayoritaria, por la de simple sociedad anónima.
Las circunstancias son por cierto comprensibles, pero no debemos olvidar que independientemente de las formas que se adopten, se encuentra en juego patrimonio del estado.
No es conveniente pues, someterlas bajo la orbita del derecho publico ya que las vaciaría de contenido y eficacia, pero si tomar los recaudos que resulten pertinentes.
Es por ello que propongo la modificación de los artículos 296 y 299 de la ley 19550 a fin incrementar los controles y la responsabilidad.
El texto del artículo 296 propuesto tiene como fin que la responsabilidad de los síndicos sea directa sin decisión de la Asamblea de accionistas, cuando exista participación del estado, cualquiera esta sea.
Asimismo el artículo 299 incorpora a las Sociedades Anónimas con participación estatal cualquiera esta sea, como sujeto de la fiscalización de la autoridad de contralor de su domicilio, durante su funcionamiento, disolución y liquidación.
Por estas y por las demás razones que en oportunidad de su tratamiento expondré en el recinto es que solicito la aprobación del presente proyecto de ley.
Norberto Massoni.