Número de Expediente 1995/04

Origen Tipo Extracto
1995/04 Senado De La Nación Proyecto De Ley BAR Y MARTINEZ PASS DE CRESTO : PROYECTO DE LEY DECLARANDO DE UTILIDAD PUBLICA Y SUJETOS A EXPROPIACION LOS BIENES QUE SE ENCUENTRAN DENTRO DEL FRIGORIFICO SANTA ELENA , ENTRE RIOS.
Listado de Autores
Bar , Graciela Yolanda
Martínez Pass de Cresto , Laura

Fechas en Dir. Mesa de Entradas

MESA DE ENTRADAS DADO CUENTA Nº DE D.A.E.
01-07-2004 07-07-2004 127/2004 Tipo: NORMAL

Fecha de Ingreso a Dir. Gral. de Comisiones

DIR. GRAL. de COMISIONES INGRESO DEL DICTAMEN A LA MESA DE ENTRADAS
05-07-2004 SIN FECHA

Giros del Expediente a Comisiones

COMISIÓN FECHA DE INGRESO FECHA DE EGRESO
DE ASUNTOS ADMINISTRATIVOS Y MUNICIPALES
ORDEN DE GIRO: 1
05-07-2004 28-02-2006
DE PRESUPUESTO Y HACIENDA
ORDEN DE GIRO: 2
05-07-2004 28-02-2006

EL EXPEDIENTE CADUCO EL 28-02-2006

ENVIADO AL ARCHIVO : 13-09-2006

En proceso de carga
Senado de la Nación
Secretaría Parlamentaria
Dirección Publicaciones

(S-1995/04)

PROYECTO DE LEY

El Senado y Cámara de Diputados,...

ARTICULO 1º: Decláranse de utilidad pública y sujetos a expropiación,
conforme el marco legal de la Ley de Expropiaciones 21499, los bienes
muebles, las maquinarias, herramientas e instalaciones que se encuentran
dentro del inmueble correspondiente al ex Frigorífico Regional Santa Elena,
sito en la ciudad homónima del departamento La Paz, provincia de Entre Ríos.

ARTICULO 2º: En forma previa a la toma de posesión efectiva por parte del
estado nacional y a los fines de la correcta individualización, el Poder
Ejecutivo Nacional, a través del organismo que corresponda, practicará los
actos útiles necesarios para identificar los muebles en cuestión y realizará
un inventario de los bienes muebles no fungibles afectados a la explotación
comercial, detallando en especial su estado de uso y conservación y el valor
de los mismos.

ARTICULO 3º: Es objeto de la presente ley mantener la unidad del negocio que
posibilite la reactivación y explotación comercial del complejo fabril, ex
frigorífico Santa Elena, para lo cual producida la toma de posesión de los
bienes existentes en el inmueble, el poder ejecutivo nacional junto al Banco
de la Nación Argentina, acordarán la venta conjunta y en bloque de los
muebles y los inmuebles referenciados en la presente ley, quedando a cargo
de dicha institución bancaria el proceso de venta.

ARTICULO 4º: Las erogaciones que demande el cumplimiento de la presente Ley
se imputarán a "Rentas Generales" del presupuesto nacional.

ARTICULO 5°: Será autoridad de aplicación de la presente ley, el Ministerio
de Economía y Producción de la Nación, por intermedio del organismo que
corresponda.

ARTICULO 6°: Comuníquese al Poder Ejecutivo.

Graciela Y. Bar.- Laura M. Pass de Cresto.-


FUNDAMENTOS:

Sr. Presidente:

En la ciudad entrerriana de Santa Elena, ubicada a tan sólo 150 kilómetros
de Paraná, funcionó hasta el año 1993 el Frigorífico Santa Elena, que desde
1871, cuando se inició como saladero, constituye la principal fuente de
trabajo para los pobladores de la región.

Este es quizás, uno de los más claros símbolos de las quebradas economías
regionales. Desde sus inicios, hasta su posterior cierre definitivo, el
Frigorífico fue testigo de los grandes cambios en las políticas económicas
de nuestro país, que en sus mejores épocas llegó a exportar a 14 países,
momento en el cual se consolidó como uno de los grupos exportadores de
carnes más importantes de nuestro país.

El Frigorífico Santa Elena, deja de ser un saladero de pueblo cuando en 1880
pasa a manos de una Compañía Alemana, E. Kemmerich que además de preparar
carne salada, monta las plantas de fabricación de carne, peptona y carnes
conservadas. Años después, en 1909 es comprado por una firma inglesa,
Establecimientos Argentinos de Bovril, que sumado a las actividades del
frigorífico, adquiere grandes extensiones de campos para cría e invernada,
hasta que en 1973 es adquirido por la Empresa SAFRA (Sociedad Anónima
Frigorífico Regionales Argentinos) integrada por Friar S.A. y Frymat. Esta
empresa santafesina reorganiza los procesos de producción y, de este modo,
habilita dicha planta a los mercados del mundo.

Tiempo después la empresa es cerrada a causa de una profunda crisis, y es
reabierta por el Estado provincial en 1984 hasta que en el año 1991, al
ritmo de la tendencia nacional de la época, es nuevamente privatizada y
adquiere la propiedad un consorcio integrado por el City Bank y el grupo
Huancayo (Frigorífico Rioplatense) bajo el nombre de Euromarche S.A..

Como consecuencia de los graves avatares económicos que enfrentó, en
noviembre de 1993 cierra definitivamente y despide a todo su personal. Sus
bienes fueron rematados y en la actualidad la propiedad del inmueble se
encuentra en manos del Banco de la Nación Argentina, que adquirió el mismo
haciendo uso del crédito en la subasta judicial; y los muebles que se
detallan en el Anexo*, constituidos, entre otras cosas por maquinarias,
contenedores, cocinas, carros, herramientas e instalaciones, fueron
adquiridos en subasta judicial por capitales privados, específicamente por
el empresario Sergio Taselli. (Causa "Euromarche S.A. s/ Quiebra", Juzgado
Nacional de Primera Instancia en lo Comercial N° 10, Secretaría 19)

Cabe advertir que en una localidad de tan solo 20.000 habitantes el
Frigorífico ocupaba a 2.115 personas en su dotación, sumado al trabajo
secundario que se generaba como consecuencia de dicha explotación, como
proveedores, productores, camioneros, entre otros. Esto refleja que la
principal, o casi única actividad laboral genuina de la zona era esta
planta, por lo que en la actualidad los niveles de desocupación ascienden a
casi el 70 % de la población económicamente activa, lo que ha debido
cubrirse con el otorgamiento de planes de desempleo.

Por todo lo expuesto, y a los efectos de volver a integrar en manos del
estado nacional la unidad de negocio que posibilite la marcha productiva de
este frigorífico y de este modo, se genere trabajo genuino para los
habitantes de la región, es que solicito la aprobación del presente
proyecto.

Graciela Y. Bar.- Laura M. Pass de Cresto.-

* A disposición de los señores Senadores en el expediente original.