Número de Expediente 1988/03
N° | Origen | Tipo | Extracto |
---|---|---|---|
1988/03 | Senado De La Nación | Proyecto De Ley | MORALES Y ARANCIO DE BELLER : PROYECTO DE LEY SOBRE SALARIO BASICO , SOCIAL Y GARANTIZADO . |
Listado de Autores |
---|
Morales
, Gerardo Rubén
|
Arancio de Beller
, Lylia Mónica
|
Fechas en Dir. Mesa de Entradas
MESA DE ENTRADAS | DADO CUENTA | Nº DE D.A.E. |
---|---|---|
08-09-2003 | 17-09-2003 | 119/2003 Tipo: NORMAL |
Fecha de Ingreso a Dir. Gral. de Comisiones
DIR. GRAL. de COMISIONES | INGRESO DEL DICTAMEN A LA MESA DE ENTRADAS |
---|---|
09-09-2003 | SIN FECHA |
Giros del Expediente a Comisiones
COMISIÓN | FECHA DE INGRESO | FECHA DE EGRESO |
---|---|---|
DE TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL
ORDEN DE GIRO: 1 |
09-09-2003 | 28-02-2005 |
DE PRESUPUESTO Y HACIENDA
ORDEN DE GIRO: 2 |
09-09-2003 | 28-02-2005 |
EL EXPEDIENTE CADUCO EL 28-02-2005
ENVIADO AL ARCHIVO : 20-01-2006
En proceso de carga
Senado de la Nación
Secretaría Parlamentaria
Dirección Publicaciones
(S-1988/03)
PROYECTO DE LEY
El Senado y Cámara de Diputados,...
ARTÍCULO 1°.- Crease el Salario Básico, Social y Garantizado (SBSG), el
que estará compuesto por la sumatoria del Salario Mínimo, Vital y Móvil
y por el complemento de este, el que será equivalente al CIENTO POR
CIENTO (100%) del valor fijado para el mismo.
ARTÍCULO 2°.- Todo trabajador mayor de (18) años, de las áreas de
salud, seguridad y educación al frente de grado, que cumplan la jornada
legal de trabajo a tiempo completo, tendrán derecho a percibir el
Salario Básico, Social y Garantizado en todo el territorio nacional.
ARTÍCULO 3°.- El Salario Básico, Social y Garantizado se expresará en
montos mensuales, diarios u horarios.
Los subsidios, remuneraciones adicionales o asignaciones por carga de
familia, serán independientes del derecho a la percepción del Salario
Básico, Social y Garantizado, que se prevé en el artículo 1° de la
presente, debiendo considerarse al mismo como remuneración básica,
bruta y mínima, y cuyo goce será garantizado en todos los casos al
trabajador que se encuentre en las condiciones previstas por el
artículo 2° de esta ley.
ARTÍCULO 4°.- El Salario Básico, Social y Garantizado es inembargable
en la proporción que establezca la reglamentación, excepto por deudas
alimentarías.
ARTÍCULO 5°.- El Gobierno Nacional, deberá transferir los recursos
necesarios a las Provincias cuyas remuneraciones actuales no alcancen a
cubrir el monto del (SBSG) que se dispone por la presente ley en
concepto de aporte de Coparticipación adicional, para garantizar
salarios en las áreas de salud, seguridad y educación.
ARTÍCULO 6.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Gerardo R. Morales.- Lylia M. Arancio de Beller.-
FUNDAMENTOS
Señor Presidente,
La situación social en Argentina se ha deteriorado dramáticamente
durante los últimos cuatro años. Los servicios de salud, seguridad y
educación han disminuido y ha habido un significante aumento en el
número de gente viviendo por debajo de la línea de pobreza. Se estima
que el nivel de vulnerabilidad se agudizará con la llegada del invierno
en el hemisferio Sur.
En el Gran Buenos Aires, así como en el norte de Argentina y a lo largo
de la cuenca del Río de La Plata, se encuentran las más altas
concentraciones de poblaciones vulnerables. La situación actual ha
dejado a comunidades, que durante años habían sufrido altos niveles de
pobreza, sin acceso a las necesidades mínimas de alimentación e
higiene.
Debe destacarse que pese a la venta y privatización de empresas y
bienes del estado, el gasto público se incrementó. Las provincias por
su parte arrastran sus propios problemas estructurales y la mayoría
depende de la ayuda federal para el pago de sus obligaciones,
incluyendo sueldos estatales. Esta situación es fuente de problemas
crónicos, con protestas y huelgas de los empleados públicos, incluidos
salud y seguridad.
En relación a la educación, se estima que entre los maestros la
incidencia de la pobreza casi triplica a la de los profesores, hecho
que resulta de la articulación de dos factores visibles: 1) provienen
de familias pertenecientes a estratos más desfavorecidos y 2) perciben
ingresos mensuales inferiores.
Un segundo factor que aporta a las disparidades en la calidad de vida
de los docentes es el lugar del país en que viven. Quienes viven en el
Noroeste del país tienen una probabilidad seis veces mayor de ser
pobres que quienes viven en el Área Metropolitana de Buenos Aires. La
articulación del factor regional y el tipo de docente se potencia, y
lleva a que entre los maestros del Noroeste la incidencia de la pobreza
sea del 36%.
El tercer factor, que es fundamental para entender la heterogeneidad de
situaciones en la calidad de vida de los docentes, es el peso relativo
del salario docente en la economía doméstica. Así, en aquellos hogares
en que la remuneración al trabajo docente es el único ingreso familiar,
la incidencia de la pobreza es tres veces mayor que en aquellos donde
el ingreso docente es minoritario en relación al total de los ingresos
familiares.
Este punto es central, pues la gran diversidad de situaciones en que
están los docentes, resulta fundamentalmente del carácter secundario
que suele tener el salario docente en la economía doméstica (en más de
la mitad de los casos, el salario docente representa menos de la mitad
del ingreso total familiar).
Si la calidad de vida de estas familias dependiera exclusivamente de
los ingresos docentes, un tercio de ellos no estaría en condiciones de
sostener una familia tipo por encima de la línea de pobreza.
Al prolongado conflicto que mantiene el sector educativo por sus
paupérrimas condiciones laborales y salariales se ve sumado, al mismo
padecimiento el de los trabajadores de la salud, entre otros sectores.
La precarización de las condiciones laborales del personal, que en la
mayoría de los hospitales no se les abonan regularmente los sueldos,
ven agravada su situación al afrontar día a día la falta de recursos
humanos, que son insuficientes para resolver la demanda.
Los trabajadores y profesionales de la salud se ven en la necesidad de
reclamar por la recomposición salarial (41% que es lo que se depreció
el salario por la inflación desde diciembre de 2001). A su vez
continúan exigiendo los insumos y recursos humanos necesarios para que
los hospitales y centros de salud funcionen adecuadamente.
La educación, la salud y la seguridad son obligaciones que deben ser
proveídas por el Estado, y todos sus habitantes tienen derecho a estas,
ante ello y por los argumentos aquí esgrimidos, es que solicito la
aprobación del presente proyecto.
Gerardo R. Morales.- Lylia M. Arancio de Beller.-
Secretaría Parlamentaria
Dirección Publicaciones
(S-1988/03)
PROYECTO DE LEY
El Senado y Cámara de Diputados,...
ARTÍCULO 1°.- Crease el Salario Básico, Social y Garantizado (SBSG), el
que estará compuesto por la sumatoria del Salario Mínimo, Vital y Móvil
y por el complemento de este, el que será equivalente al CIENTO POR
CIENTO (100%) del valor fijado para el mismo.
ARTÍCULO 2°.- Todo trabajador mayor de (18) años, de las áreas de
salud, seguridad y educación al frente de grado, que cumplan la jornada
legal de trabajo a tiempo completo, tendrán derecho a percibir el
Salario Básico, Social y Garantizado en todo el territorio nacional.
ARTÍCULO 3°.- El Salario Básico, Social y Garantizado se expresará en
montos mensuales, diarios u horarios.
Los subsidios, remuneraciones adicionales o asignaciones por carga de
familia, serán independientes del derecho a la percepción del Salario
Básico, Social y Garantizado, que se prevé en el artículo 1° de la
presente, debiendo considerarse al mismo como remuneración básica,
bruta y mínima, y cuyo goce será garantizado en todos los casos al
trabajador que se encuentre en las condiciones previstas por el
artículo 2° de esta ley.
ARTÍCULO 4°.- El Salario Básico, Social y Garantizado es inembargable
en la proporción que establezca la reglamentación, excepto por deudas
alimentarías.
ARTÍCULO 5°.- El Gobierno Nacional, deberá transferir los recursos
necesarios a las Provincias cuyas remuneraciones actuales no alcancen a
cubrir el monto del (SBSG) que se dispone por la presente ley en
concepto de aporte de Coparticipación adicional, para garantizar
salarios en las áreas de salud, seguridad y educación.
ARTÍCULO 6.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Gerardo R. Morales.- Lylia M. Arancio de Beller.-
FUNDAMENTOS
Señor Presidente,
La situación social en Argentina se ha deteriorado dramáticamente
durante los últimos cuatro años. Los servicios de salud, seguridad y
educación han disminuido y ha habido un significante aumento en el
número de gente viviendo por debajo de la línea de pobreza. Se estima
que el nivel de vulnerabilidad se agudizará con la llegada del invierno
en el hemisferio Sur.
En el Gran Buenos Aires, así como en el norte de Argentina y a lo largo
de la cuenca del Río de La Plata, se encuentran las más altas
concentraciones de poblaciones vulnerables. La situación actual ha
dejado a comunidades, que durante años habían sufrido altos niveles de
pobreza, sin acceso a las necesidades mínimas de alimentación e
higiene.
Debe destacarse que pese a la venta y privatización de empresas y
bienes del estado, el gasto público se incrementó. Las provincias por
su parte arrastran sus propios problemas estructurales y la mayoría
depende de la ayuda federal para el pago de sus obligaciones,
incluyendo sueldos estatales. Esta situación es fuente de problemas
crónicos, con protestas y huelgas de los empleados públicos, incluidos
salud y seguridad.
En relación a la educación, se estima que entre los maestros la
incidencia de la pobreza casi triplica a la de los profesores, hecho
que resulta de la articulación de dos factores visibles: 1) provienen
de familias pertenecientes a estratos más desfavorecidos y 2) perciben
ingresos mensuales inferiores.
Un segundo factor que aporta a las disparidades en la calidad de vida
de los docentes es el lugar del país en que viven. Quienes viven en el
Noroeste del país tienen una probabilidad seis veces mayor de ser
pobres que quienes viven en el Área Metropolitana de Buenos Aires. La
articulación del factor regional y el tipo de docente se potencia, y
lleva a que entre los maestros del Noroeste la incidencia de la pobreza
sea del 36%.
El tercer factor, que es fundamental para entender la heterogeneidad de
situaciones en la calidad de vida de los docentes, es el peso relativo
del salario docente en la economía doméstica. Así, en aquellos hogares
en que la remuneración al trabajo docente es el único ingreso familiar,
la incidencia de la pobreza es tres veces mayor que en aquellos donde
el ingreso docente es minoritario en relación al total de los ingresos
familiares.
Este punto es central, pues la gran diversidad de situaciones en que
están los docentes, resulta fundamentalmente del carácter secundario
que suele tener el salario docente en la economía doméstica (en más de
la mitad de los casos, el salario docente representa menos de la mitad
del ingreso total familiar).
Si la calidad de vida de estas familias dependiera exclusivamente de
los ingresos docentes, un tercio de ellos no estaría en condiciones de
sostener una familia tipo por encima de la línea de pobreza.
Al prolongado conflicto que mantiene el sector educativo por sus
paupérrimas condiciones laborales y salariales se ve sumado, al mismo
padecimiento el de los trabajadores de la salud, entre otros sectores.
La precarización de las condiciones laborales del personal, que en la
mayoría de los hospitales no se les abonan regularmente los sueldos,
ven agravada su situación al afrontar día a día la falta de recursos
humanos, que son insuficientes para resolver la demanda.
Los trabajadores y profesionales de la salud se ven en la necesidad de
reclamar por la recomposición salarial (41% que es lo que se depreció
el salario por la inflación desde diciembre de 2001). A su vez
continúan exigiendo los insumos y recursos humanos necesarios para que
los hospitales y centros de salud funcionen adecuadamente.
La educación, la salud y la seguridad son obligaciones que deben ser
proveídas por el Estado, y todos sus habitantes tienen derecho a estas,
ante ello y por los argumentos aquí esgrimidos, es que solicito la
aprobación del presente proyecto.
Gerardo R. Morales.- Lylia M. Arancio de Beller.-