Número de Expediente 196/06
N° | Origen | Tipo | Extracto |
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196/06 | Senado De La Nación | Proyecto De Ley | BASUALDO : PROYECTO DE LEY SOBRE CONDICIONES PARA EL ACCESO A LOS PROGRAMAS DE CREDITO PARA LA PRODUCCION OTORGADOS POR EL ESTADO . |
Listado de Autores |
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Basualdo
, Roberto Gustavo
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Fechas en Dir. Mesa de Entradas
MESA DE ENTRADAS | DADO CUENTA | Nº DE D.A.E. |
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03-03-2006 | 15-03-2006 | 10/2006 Tipo: NORMAL |
Fecha de Ingreso a Dir. Gral. de Comisiones
DIR. GRAL. de COMISIONES | INGRESO DEL DICTAMEN A LA MESA DE ENTRADAS |
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13-03-2006 | SIN FECHA |
Giros del Expediente a Comisiones
COMISIÓN | FECHA DE INGRESO | FECHA DE EGRESO |
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DE ECONOMÍAS REGIONALES, ECONOMIA SOCIAL, MICRO, PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA
ORDEN DE GIRO: 1 |
13-03-2006 | 28-02-2008 |
DE ECONOMÍA NACIONAL E INVERSIÓN
ORDEN DE GIRO: 2 |
13-03-2006 | 28-02-2008 |
EL EXPEDIENTE CADUCO EL 29-02-2008
ENVIADO AL ARCHIVO : 17-07-2008
En proceso de carga
Senado de la Nación
Secretaría Parlamentaria
Dirección Publicaciones
(S-196/06)
PROYECTO DE LEY
El Senado y Cámara de Diputados,...
ARTÍCULO 1º : Quedan comprendidos en el ámbito de la presente ley, los créditos otorgados por el Estado Nacional, a través del Consejo Federal de Inversiones y a través de la Subsecretaria de Pequeñas y Medianas Empresas, ya sea por vía directa o por concurso de proyectos.
ARTICULO 2°: En el otorgamiento de los créditos mencionados en el artículo 1º , los organismos intervinientes no podrán exigir garantías que superen el 100 % del Importe solicitado.
ARTICULO 3°: En el caso de que el crédito sea destinado a la compra de bienes inmuebles destinados a la producción, ya sean campos, fincas, terrenos o galpones, la garantía deberá recaer sobre el bien adquirido con dicho préstamo.
ARTICULO 4°: El Poder Ejecutivo nacional reglamentará esta ley dentro de los sesenta (60) días de promulgada.
ARTICULO 5° :Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Roberto Basualdo.-
FUNDAMENTOS
Señor Presidente:
Los programas de crédito para la producción que viene otorgando el Estado desde hace muchos años tienen por finalidad incrementar la producción, financiar nuevos emprendedores y proyectos innovadores.
Pero a la hora de acceder a un préstamo, otorgado por el estado, en donde uno supone que las condiciones de acceso son mas favorables que en la banca privada, nos encontramos con que se piden garantías superiores al 130 % del importe del préstamo.
No solo que el monto a garantizar tiene que superar el monto del préstamo, además, no puede recaer la garantía sobre los bienes a adquirir con dicho empréstito.
En algunos casos el monto solicitado es para la adquisición de predios destinados a la producción, en cuyo caso tranquilamente podría servir para que el Estado se cubra por el importe del crédito.
Dado que los empréstitos del Estado son para los mas débiles de la cadena productiva, sea cualquiera el rubro donde actúe, las condiciones deben ser mas favorables para dichos emprendedores o empresarios.
Hoy como actúan estos organismos, pidiendo garantías excesivas, solo califican para los prestamos las empresas que mas dinero tienen y las cuales no les haría falta la ayuda estatal. En cambio los que verdaderamente necesitan una mano del Estado se quedan afuera.
Para que no siga sucediendo esto de darle mas al que mas tiene y menos al que menos tiene es que solicito la aprobación del presente proyecto de ley.
Roberto Basualdo.-