Número de Expediente 195/96

Origen Tipo Extracto
195/96 Senado De La Nación Proyecto De Comunicación LOPEZ Y OTROS : PROYECTO DE COMUNICACION SOLICITANDO INFORMES ACERCA DE LAS VERSIONES PERIODISTICAS REFERIDAS CON LA FIRMA EN EL URUGUAY, DE UN ACUERDO CAMBIANDO EL STATUS JURIDICO DE EXPLOTACION DE LA REPRESA DE SALTO GRANDE, Y OTRAS CUESTIONES CONEXAS.
Listado de Autores
Lopez , Alcides Humberto
Losada , Mario Aníbal
Usandizaga , Horacio Daniel

Fechas en Dir. Mesa de Entradas

MESA DE ENTRADAS DADO CUENTA Nº DE D.A.E.
20-03-1996 20-03-1996 15/1996 Tipo: NORMAL

Fecha de Ingreso a Dir. Gral. de Comisiones

DIR. GRAL. de COMISIONES INGRESO DEL DICTAMEN A LA MESA DE ENTRADAS
21-03-1996 SIN FECHA

Giros del Expediente a Comisiones

COMISIÓN FECHA DE INGRESO FECHA DE EGRESO

ORDEN DE GIRO: 1
21-03-1996 28-02-1998

ORDEN DE GIRO: 2
21-03-1996 28-02-1998

EL EXPEDIENTE CADUCO EL 28-02-1998

ENVIADO AL ARCHIVO : 10-08-1998

En proceso de carga

S-96-0195: LOPEZ Y OTROS

PROYECTO DE COMUNICACION

El Senado de la Nación

Solicitar al Poder Ejecutivo nacional que informe:

1°- Si es verdad que el próximo 21 de marzo se firmará en
Montevideo (R.O.U.) un acuerdo entre las Cancillerías de nuestro país y la
de dicha república, por el cual se cambia el estatus jurídico de
explotación de la represa de Salto Grande que los tratados internacionales
vigentes reservan a ambos Estados a través de la Comisión Técnica Mixta de
Salto Grande.

2°- Si el mencionado acuerdo se formalizará mediante el intercambio
de notas reversales que se efectuaría dicho día en Montevideo por parte de
los vicecancilleres de ambos paises.

3°- Si tiene conocimiento de que la Comisión Técnica Mixta de Salto
Grande habría dictado una resolución mediante la cual se crean dos
organismos subsidiarios de dicho ente internacional por intermedio de los
cuales se comercializaría la energía producida por la represa de Salto
Grande, estando facultados tales organismos a ceder la explotación y/o
vender anticipadamente la energía a producirse, y/o concesionar la gestión
de producción.

4°- En su caso, si el Poder Ejecutivo ha tomado en cuenta que tal
acuerdo de notas reversales implica la modificación de la ley ratificatoria
del Tratado de 1946 entre ambos paises número 13.213, que reserva la
explotación de la obra a un organismo público interestatal cual es la
propia Comisión Técnica Mixta de Salto Grande.

5°- Si es verdad que se ha inscripto en la Secretaría de Energía de
la Nación o en cualquier otro organismo de dependencia de ese Poder
Ejecutivo como empresa "participante" con facultades de comercializar
energía en el mercado eléctrico nacional, la Energy Trader entre cuyos
directivos figuran un ex asesor del secretario de Energía: Bastos, y un
hermano de éste.

6°- Informe si dentro de las futuras acciones de gobierno, y en el
marco del denominado proceso de reforma del Estado, se preve la
liquidación de Agua y Energía de la Nación Sociedad del Estado y, en su
caso, por qué medio u organismo administrativo se contempla liquidar a las
provincias argentinas, y a Entre Ríos en particular, los montos
correspondientes a regalías hidroeléctricas provenientes de la Central
Hidroeléctrica de Salto Grande.

Alcides H. López.- Horacio D. Usandizaga.-
Mario A. Losada.

LOS FUNDAMENTOS DEL PRESENTE PROYECTO DE COMUNICACION SE ENCUENTRAN
PUBLICADOS EN EL DAE N°15/96.

-A las comisiones de Relaciones Exteriores y Culto y de
Energía.-