Número de Expediente 1949/02

N° Origen Tipo Extracto
1949/02 Senado De La Nación Proyecto De Ley CAPITANICH : PROYECTO DE LEY REFORMANDO EL CODIGO ELECTORAL ACERCA DE LA CALIDAD DE LOS CANDIDATOS .
Listado de Autores
Capitanich , Jorge Milton

Fechas en Dir. Mesa de Entradas

MESA DE ENTRADAS DADO CUENTA Nº DE D.A.E.
16-08-2002 28-08-2002 220/2002 Tipo: NORMAL

Fecha de Ingreso a Dir. Gral. de Comisiones

DIR. GRAL. de COMISIONES INGRESO DEL DICTAMEN A LA MESA DE ENTRADAS
20-08-2002 SIN FECHA

Giros del Expediente a Comisiones

COMISIÓN FECHA DE INGRESO FECHA DE EGRESO
DE ASUNTOS CONSTITUCIONALES
ORDEN DE GIRO: 1
03-03-2003 29-02-2004

ORDEN DE GIRO: 1
21-08-2002 28-02-2003

EL EXPEDIENTE CADUCO EL 29-02-2004

ENVIADO AL ARCHIVO : 25-03-2004

OBSERVACIONES
REPRODUCIDO POR EL S-290/04.
En proceso de carga
Senado de la Nación
Secretaría Parlamentaria
Dirección Publicaciones

S-02-1949: CAPITANICH

PROYECTO DE LEY

El Senado y Cámara de Diputados,...

Artículo 1°- Incorpórase a partir de la vigencia de la presente ley,
como artículo 14 bis en el Título I, Capítulo I del Código Electoral
Nacional según texto ordenado del Decreto 2135//83, modificado por las
Leyes 19.945, 23.247, 23.476, 24.012, 24.444 y 24.904, el siguiente:

"Artículo 14 bis: Todos aquellos ciudadanos que se postulen para ocupar
cargos electivos en los Poderes Ejecutivos y Legislativos nacionales,
provinciales o municipales, deberán presentar al momento de oficializar
la lista o sus candidaturas ante la Junta Electoral respectiva, los
siguientes requisitos:

a) Certificado de buena conducta, antecedentes policiales y judiciales;

b) Declaración Jurada Patrimonial;

c) Ultimas cinco (5) Declaraciones juradas Impositivas presentadas ante
la DGI;

d) Exámenes pre-ocupacionales que comprenden los estudios, que se
detallan a continuación;

a. Examen físico completo, que abarque todos los aparatos y sistemas,
incluyendo agudeza visual cercana y lejana.

b. Radiografía panorámica del tórax.

c. Electrocardiograma.

d. Exámenes de laboratorios: a) hemograma completo, b)
eritrosedimentación, c) uremia, d) glucemia, e) reacción para
investigación de Chagas Mazza, f) orina completo.

e. Estudios neurológicos y psiquiátricos.

f. Declaración jurada del postulante respecto a alguna patología de su
conocimiento.


La presentación de la documentación solicitada es inexcusable para
todos aquellos postulantes a cargos electivos. Quien no lo hiciere,
quedará automáticamente inhabilitado para la candidatura.

Los exámenes deberán efectuarse y emanar de Instituciones Oficiales. En
la oportunidad mencionada en el primer párrafo de este artículo, se
labrará Acta Notarial en presencia de los miembros de la Junta
Electoral."

Art. 2°- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

Jorge M. Capitanich.-

LOS FUNDAMENTOS DEL PRESENTE PROYECTO SE ENCUENTRAN PUBLICADOS EN EL
DAE 220/02.

-A la Comisión de Asuntos Constitucionales.-