Número de Expediente 1881/07
| N° | Origen | Tipo | Extracto |
|---|---|---|---|
| 1881/07 | Senado De La Nación | Proyecto De Ley | ESCUDERO : PROYECTO DE LEY TRANSFIRIENDO A TITULO GRATUITO A LA PROVINCIA DE SALTA EL DOMINIO DE DIVERSOS INMUEBLES UBICADOS EN LA LOCALIDAD DE LOS BLANCOS , PERTENECIENTES AL ESTADO NACIONAL . |
| Listado de Autores |
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Escudero
, Sonia Margarita
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Fechas en Dir. Mesa de Entradas
| MESA DE ENTRADAS | DADO CUENTA | Nº DE D.A.E. |
|---|---|---|
| 19-06-2007 | 27-06-2007 | 85/2007 Tipo: NORMAL |
Fecha de Ingreso a Dir. Gral. de Comisiones
| DIR. GRAL. de COMISIONES | INGRESO DEL DICTAMEN A LA MESA DE ENTRADAS |
|---|---|
| 22-06-2007 | 14-11-2007 |
Giros del Expediente a Comisiones
| COMISIÓN | FECHA DE INGRESO | FECHA DE EGRESO |
|---|---|---|
| DE ASUNTOS ADMINISTRATIVOS Y MUNICIPALES
ORDEN DE GIRO: 1 |
22-06-2007 | 14-11-2007 |
EL EXPEDIENTE CADUCO EL 28-02-2009
ENVIADO AL ARCHIVO : 16-06-2009
FECHA DE MOCION DE PREFERENCIA: 21-11-2007
PARA:PROXIMA SESION CON DICTAMEN
Resoluciones
| SENADO |
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| FECHA DE SANCION: 28-11-2007 |
| SANCION: APROBO |
| COMENTARIO: SOBRE TABLAS |
| NOTA:PASA A DIP. |
| OBSERVACIONES |
|---|
| PROYECTOS DE LEY QUE HABRIAN CADUCADO EN LA H. CAMARA DE DIPUTADOS POR ISP-26/09 |
Órdenes del Día
| NÚMERO | DE FECHA | ESTADO | ANEXO |
|---|---|---|---|
| 962/07 | 16-11-2007 | ARCHIVADA |
En proceso de carga
Senado de la Nación
Secretaría Parlamentaria
Dirección Publicaciones
(S-1881/07)
PROYECTO DE LEY
El Senado y Cámara de Diputados,...
Artículo 1º- Transfiérese a título gratuito a la Provincia de Salta el dominio de los inmuebles ubicados en la localidad de Los Blancos, Departamento de Rivadavia, sección A, Manzana 11 cuyos catastros se detallan a continuación: Parcela 1 Matrícula 1166; Parcela 2 Matrícula 1165; Parcela 3 Matrícula 1164; Parcela 4 Matrícula 1163; Parcela 5 Matrícula 1162; Parcela 6 Matrícula 1161; Parcela 7 Matrícula 1160; Parcela 8 Matrícula 1171; Parcela 9 Matrícula 1170; Parcela 10 Matrícula 1169; Parcela 11 Matrícula 1168; Parcela 12 Matrícula 1167; cuyo dominio pertenece al Estado Nacional.
Art. 2°- La transferencia de los inmuebles a que se refiere el artículo 1°, se realiza con cargo de construir el Colegio Polimodal Rural de la Localidad de Los Blancos, Departamento de Rivadavia.
Art. 3°- La totalidad de los gastos que se produzcan con motivo de la transferencia dispuesta en el art.1° será a exclusivo cargo del beneficiario.
Art.4°- El Poder Ejecutivo Nacional adoptará las medidas pertinentes a los efectos de concluir la respectiva transferencia en el término de 60 (sesenta) días de la entrada en vigencia de la presente ley. En el documento donde se instrumente dicha transferencia deberá constar explícitamente el destino establecido en el art.2°.
Art. 5°- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Sonia Escudero.-
FUNDAMENTOS
Señor Presidente,
El asignarles utilidad a los bienes para beneficio de la comunidad en su conjunto ha sido parte del espíritu con que ha sido sancionada la ley 24.146 sobre "Transferencia de bienes del Poder Ejecutivo Nacional a favor de las provincias, municipios y comunas".
En este marco, el Programa Nacional 700 escuelas tiene como objetivo contribuir a la provisión de la infraestructura edilicia necesaria para responder a las proyecciones de demanda insatisfecha de Escuela Media y EGB para los próximos cinco años, y al reemplazo de los edificios existentes cuyo grado de obsolescencia físico-funcional represente riesgos para la seguridad de los usuarios o comprometa la funcionalidad adecuada y necesaria para alcanzar los niveles de calidad educativa, requeridos por el mismo.
Con el mismo se propone apoyar a las provincias en el mejoramiento de la calidad, equidad y eficiencia del sistema educativo, como asimismo la formación y desarrollo de una ciudadanía activa, contribuyendo a una oferta más pertinente y a la disminución de la desigualdad social a través del aumento de la escolaridad, la atención de las necesidades educativas de los jóvenes de los sectores que se encuentran en mayor riesgo social y educativo.
Los objetivos generales del Programa están orientados al logro de metas respecto de la cobertura en la Educación Media; el aumento de los años promedio de escolaridad; el rendimiento académico y la eficiencia del gasto educativo provincial.
El fortalecimiento de la escuela media implica actuar sobre las condiciones de desigualdad educativa existente en el nivel anterior de escolaridad. Por ello es necesario también fortalecer en lo pedagógico como en lo edilicio a los establecimientos de EGB 1 y 2 que atiendan a los alumnos en condiciones de mayor pobreza, para mejorar sus trayectorias educativas durante los primeros seis años de escolaridad alcanzando, por una parte, altas tasas de egreso en tiempos adecuados y, por otra, promoviendo la promoción al nivel medio de este sector de la población.
La transferencia de dominio de los inmuebles pertenecientes al Estado Nacional que son objeto de esta ley será destinada a la construcción del Colegio Polimodal Rural en la localidad de Los Blancos, Departamento Rivadavia de la provincia de Salta, en el marco de este programa nacional de construcción de colegios y escuelas, que tanta falta hacen en esa zona tan relegada del país.
En la Argentina, los jóvenes menores de 18 años suman 12.663.622 sobre un total de población de 36.647.788 de habitantes. El deterioro de la situación socioeconómica se refleja en la calidad de vida de los hogares en que viven: en 1993, el 19 por ciento estaba por debajo de la línea de pobreza, seis años más tarde ese porcentaje trepó al 31,3 por ciento.
La absoluta mayoría de estudiantes proviene de esta franja de edad, es decir, que la incidencia de la precariedad en las condiciones de vida repercute necesariamente puertas adentro de la escuela.
El último informe sobre la situación de la infancia en la Argentina, realizado por la ONG ¿Save the children¿, advierte que la población infantil en situación de pobreza es del 48,2 por ciento, y alerta sobre la pertinencia de la frase acuñada en los últimos tiempos: "casi la mitad de los niños son pobres; casi la mitad de los pobres son niños".
De acuerdo con el mencionado informe, los niveles de abandono escolar para una importante proporción de provincias alcanzan valores cercanos al 50 % de chicos de nivel primario, y al 60 % de los jóvenes en el secundario.
Estos fenómenos, considerados a la luz de las situaciones actuales de pobreza, demuestran desempeños sumamente disímiles. Los niños pobres cuentan con un promedio de escolarización cuatro años por debajo del de los niños de los sectores en mejor situación económica. La repetición en el nivel primario se cuadruplica entre una población y otra.
En los sectores más postergados, el abandono en la secundaria se quintuplica, significando que un tercio de los jóvenes más pobres no finalizaron el ciclo. Uno de cada cuatro jóvenes de 14 a 18 años se encuentra excluido de la escuela secundaria, en relación directa con la pobreza del hogar. Los jóvenes pobres entran al secundario, pero no lo finalizan.
El promedio general indica que sólo poco más de la mitad de la población joven logra terminar el nivel medio. Ha sido estudiado que mientras concluyen el secundario más del 92 por ciento de los jóvenes del 20 por ciento de la población con mayores ingresos, sólo lo hacen entre el 13 y el 17 por ciento entre los jóvenes que provienen del 40 por ciento más pobre.
A modo ejemplificativo, mientras que en la Ciudad de Buenos Aires el porcentaje de alumnos que abandona en nivel primario es 5,0 % y en nivel medio es 27,5 %, en la Provincia de Salta ese porcentaje asciende a 29,8 % para el nivel primario, y 61,7 % para el nivel medio (Fuente: Dirección General Red Federal de Información Educativa, MCYE. Datos de 1996).
De acuerdo con las cifras aportadas en 1999 por el Ministerio de Educación de la Nación acerca del gasto educativo por alumno estatal, Salta se ubica en el segundo lugar entre los distritos que menos dinero cuentan para invertir en educación Primaria, Media y Superior no universitaria. Los 716 pesos que le cuesta cada alumno posicionan a esta provincia muy lejos de los 2.698 pesos que eroga el Gobierno de Santa Cruz por cada chico que asiste a escuelas e institutos públicos.
Como sabemos, la pobreza no está repartida uniformemente en nuestro territorio. El Censo Nacional de Población, Hogares y Vivienda (INDEC, 2001) nos muestra que el 14,3% de los hogares en Argentina tiene necesidades básicas insatisfechas (NBI): el porcentaje correspondiente a Rivadavia Banda Norte asciende a la cifra de 58,69 % de su población, según datos proporcionados por el Ministerio del Interior de la Nación. Se trata de hogares con al menos una de las siguientes cinco condiciones: sus miembros viven hacinados, carecen de infraestructura habitacional o sanitaria mínimas, al menos uno de sus niños no está escolarizado y el jefe o la jefa del hogar no completó el tercer grado de educación primaria.
La tasa de analfabetismo en el país según cifras aportadas por el INDEC en el año 2001 es de 2,6 %, mientras que en Salta esa suma asciende al 4,7 %, y en la Ciudad de Buenos Aires desciende a un 0,5%.
En este marco que se nos presenta, no podemos dejar de pensar en la educación como medio de salida de la pobreza, de la exclusión social, y de la discriminación. Sin acceso a la educación no hay posibilidades de vislumbrar un futuro mejor y se coarta toda posibilidad de progreso, condenando a las clases ya condenadas a nacer y morir en la pobreza.
Muchos pensarán que una sola escuela no hace la diferencia. Nosotros sostenemos que si: para la localidad de Los Blancos y sus zonas aledañas, esa va a ser SU escuela.
Por todo lo expuesto, y en la convicción que las necesidades de la localidad -tal como se describió-, demandan una respuesta inmediata, solicito a mis pares su voto positivo en la iniciativa que se presenta.
Sonia Escudero.-



