Número de Expediente 185/04

Origen Tipo Extracto
185/04 Senado De La Nación Proyecto De Ley MARTINEZ PASS DE CRESTO Y OTROS :PROYECTO DE LEY SOBRE EXENCION DEL PAGO DE IMPUESTOS O GRAVAMENES PARA LA ADQUISICION DE BIENES DE USO POR PARTE DE LOS MUNICIPIOS Y LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES .-
Listado de Autores
Martínez Pass de Cresto , Laura
Paz , Elva Azucena
Latorre , Roxana Itatí
Daniele , Mario Domingo
Caparrós , Mabel Luisa
Agundez , Jorge Alfredo
Oviedo , Mercedes Margarita
Negre de Alonso , Liliana Teresita
Escudero , Sonia Margarita
Gallego , Silvia Ester
Menem , Eduardo
Giusti , Silvia Ester
Martinazzo , Luis Eduardo
Giri , Haide Delia
Mera , Mario Rubén
Isidori , Amanda Mercedes
Sanz , Ernesto Ricardo
Castillo , Oscar Aníbal
Curletti , Mirian Belén
Bussi , Ricardo Argentino
Morales , Gerardo Rubén
Mastandrea , Alicia Ester
Gallia , Sergio Adrián
Cafiero , Antonio Francisco
Taffarel , Ricardo César
Bar , Graciela Yolanda
Jenefes , Guillermo Raúl
Ríos , Roberto Fabián
Colombo de Acevedo , María Teresita Del Valle
Maza , Ada Mercedes

Fechas en Dir. Mesa de Entradas

MESA DE ENTRADAS DADO CUENTA Nº DE D.A.E.
04-03-2004 18-03-2004 15/2004 Tipo: NORMAL

Fecha de Ingreso a Dir. Gral. de Comisiones

DIR. GRAL. de COMISIONES INGRESO DEL DICTAMEN A LA MESA DE ENTRADAS
09-03-2004 SIN FECHA

Giros del Expediente a Comisiones

COMISIÓN FECHA DE INGRESO FECHA DE EGRESO
DE PRESUPUESTO Y HACIENDA
ORDEN DE GIRO: 1
09-03-2004 28-02-2006

EL EXPEDIENTE CADUCO EL 28-02-2006

ENVIADO AL ARCHIVO : 13-09-0006

OBSERVACIONES
INCORPORAN FIRMAS: GIUSTI S-391,CURLETTI S-422,MARTINAZZO S-448,GIRI S-449,MERA S-523,ISIDORI S-544,CASTILLO S-577,BUSSI S-588,SANZ S-589,COLOMBO S-650,MAZA S-651/04.
En proceso de carga
Senado de la Nación
Secretaría Parlamentaria
Dirección Publicaciones

(S-0185/04)

PROYECTO DE LEY

El Senado y Cámara de Diputados,...

Artículo 1°: Las Municipalidades y el gobierno de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires estarán exentas del pago de todo impuesto o gravamen
que correspondiera en la adquisición de bienes de uso.-

Art. 2°: Los bienes adquiridos conforme al beneficio establecido en el
artículo anterior, deberán tener como único destino la realización o
mantenimiento de las políticas de gobierno de las correspondientes
jurisdicciones, no pudiéndose transferir su propiedad, hasta
transcurrido un plazo no menor de cinco (5) años a contar desde el
primero de enero del año siguiente a aquél en que se efectuó la
adquisición por parte del municipio o del gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires.

Art. 3°: Comuníquese al Poder Ejecutivo.

Laura M. Pass de Cresto.- Mabel L. Caparrós.- Mario D. Daniele.- Jorge
A. Agúndez. - Elva A. Paz.- Roxana Latorre.- Mercedes M. Oviedo.-
Silvia E. Gallego.- Eduardo Menem.- Liliana T. Negre de Alonso.-
Sonia M. Escudero.- Graciela Y. Bar.- Ricardo C. Taffarel.- Fabián
Ríos.- Sergio A. Gallia.- Antonio Cafiero.- Alicia E. Mastandrea.-
Gerardo R. Morales.-

FUNDAMENTOS

Señor Presidente:

Es por todos conocida la difícil situación
socioeconómica que atraviesa nuestro país y, en este contexto, los
municipios no sólo no son ajenos a esta realidad, sino que además se
encuentran superados, muchas veces, por la demanda permanente de sus
habitantes.

La recaudación de los ingresos que debieran percibir
los municipios por tasas de servicios, seguridad o higiene,
habilitaciones comerciales o industriales, se torna cada vez más
dificultosa como consecuencia de la situación ya mencionada. Si a esto
sumamos que los costos de mantenimiento de los servicios se han
incrementado notoriamente se plantean dificultades presupuestarias que
impiden la prestación normal de los servicios municipales.

Producto de esta situación es que los intendentes, con
gran dificultad, apenas si pueden cumplir con las obligaciones
naturales de su competencia. Es muy difícil poder emprender obras por
la falta de recursos y obviamente esto genera un gran deterioro en las
comunas.

Las maquinarias destinadas a efectuar tareas propias de
los municipios (retroexcavadoras, recolectoras de basura,
repavimentadoras, desmalezadoras, etc.)en su gran mayoría, se
encuentran en estado deplorable debido a su antigüedad y al uso de las
mismas. Algunas comunas deben pedirlas prestadas o dar en concesión el
servicio para poder realizar las tareas más urgentes.

Este proyecto procura aportar algún tipo de solución
dentro de las economías municipales, facilitando la adquisición de
maquinarias y equipos, con destino a la realización o mantenimiento de
obras viales, de construcción, sanitarias, educacionales, etc.,
mediante la exención de todo tipo de impuesto o gravamen.

Al ser los municipios la célula primordial de la
sociedad y por el contacto inmediato que mantiene con los habitantes,
siendo constante receptor de todo tipo de demandas que a diario
efectúan sus ciudadanos, se transforma en la actualidad en la
institución que más lo contiene en sus necesidades.

En tal sentido cuadra señalar que los municipios se han
constituido en la principal y, en algunos casos, la única fuente
productora de empleos. Todo ello conlleva a que el mayor porcentaje de
los presupuestos municipales estén destinados a los pagos de haberes y
cargas sociales. Con lo cual queda escaso -sino nulo- margen para la
renovación de maquinarias para la prestación de servicios eficientes a
la comunidad.

Los legisladores son conocedores de la realidad de las
provincias y municipios. Nadie mejor que ellos pueden comprender las
circunstancias que atraviesan las comunas. Algunos han sido intendentes
o gobernadores y han padecido las vicisitudes económicas para afrontar
y dar respuestas a los reclamos más urgentes de nuestros vecinos y
además llevar a cabo un correcto plan de gobierno.

El presente proyecto da posibilidades a todos los
municipios por igual, sin distinción de banderías políticas, evitando
así discriminación alguna.

El beneficio otorgado por el presente proyecto delimita
el destino de los bienes que se adquieran mediante el mismo, no
pudiéndose transferir su propiedad por un plazo no menor a cinco años,
facilitando así un correcto aprovechamiento de los mismos.

En la idea, compartida por todos, de reactivar el país,
es que consideramos que la medida propuesta en este proyecto,
contribuirá de manera directa a tal fin. Teniendo en cuenta que hoy los
gobierno municipales no pueden acceder a la posibilidad de comprar
maquinarias y que, con este beneficio y con gran esfuerzo, les
resultaría más viable poder adquirirlas, es dable considerar que habría
una reactivación de manera inmediata en el sector que las fabrica, y
ello además generaría fuentes de trabajo.

Siendo innegable el espíritu federal que propiciamos
con esta iniciativa es que solicitamos a nuestros pares la aprobación
del presente proyecto de ley.

Laura M. Pass de Cresto.- Mabel L. Caparrós.- Mario D. Daniele.- Jorge
A. Agúndez. - Elva A. Paz.- Roxana Latorre.- Guillermo R. Jenefes.-
Mercedes M. Oviedo.- Silvia E. Gallego.- Eduardo Menem.- Liliana T.
Negre de Alonso.- Sonia M. Escudero.- Graciela Y. Bar.- Ricardo C.
Taffarel.- Fabián Ríos.- Sergio A. Gallia.- Antonio Cafiero.- Alicia E.
Mastandrea.- Gerardo R. Morales.-