Número de Expediente 1814/97
N° | Origen | Tipo | Extracto |
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1814/97 | Senado De La Nación | Proyecto De Ley | ROMERO FERIS : PROYECTO DE LEY SUSTITUYENDO EL ART. 315 DEL CODIGO PROCESAL CIVIL Y COMERCIAL DE LA NACION , EN LO QUE RESPECTA A LA DECLARACION DE CADUCIDAD . |
Listado de Autores |
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Romero Feris
, Jose Antonio
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Fechas en Dir. Mesa de Entradas
MESA DE ENTRADAS | DADO CUENTA | Nº DE D.A.E. |
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04-09-1997 | 10-09-1997 | 95/1997 Tipo: NORMAL |
Fecha de Ingreso a Dir. Gral. de Comisiones
DIR. GRAL. de COMISIONES | INGRESO DEL DICTAMEN A LA MESA DE ENTRADAS |
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04-09-1997 | 23-10-1998 |
Giros del Expediente a Comisiones
COMISIÓN | FECHA DE INGRESO | FECHA DE EGRESO |
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ORDEN DE GIRO: |
15-12-1998 | 28-02-1999 |
ORDEN DE GIRO: |
15-12-1998 | 28-02-1999 |
ORDEN DE GIRO: |
04-09-1997 | 23-10-1998 |
ORDEN DE GIRO: |
04-09-1997 | 10-09-1997 |
EL EXPEDIENTE CADUCO EL 28-02-1999
ENVIADO AL ARCHIVO : 17-05-1999
OBSERVACIONES |
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EL 10-09-97 SE GIRO UNICAMENTE A LEGISLACION GENERAL |
Órdenes del Día
NÚMERO | DE FECHA | ESTADO | ANEXO |
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1124/98 | 26-10-1998 | APROBADA | Sin Anexo |
En proceso de carga
S-97-1814:ROMERO FERIS.
PROYECTO DE LEY
El Senado y Cámara de Diputados,...
Artículo 1 .- Sustitúyese el texto del artículo 315 del Código
Procesal Civil y Comercial de la Nación de la siguiente manera:
Artículo 315.- Quienes pueden pedir la declaración.
Oportunidad.
Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo siguiente, la
declaración de caducidad podrá ser pedida en primera instancia por
cualesquiera que tenga interés directo en dicha sanción; en el
incidente, por el contrario de quien lo hubiese promovido, en el
recurso, por la parte recurrida. La petición deberá formularse
antes de consentir el solicitante cualquier actuación del tribunal
o de la parte, posterior al vencimiento del plazo legal, y se
sustanciará únicamente con un traslado a la parte contraria.
El pedido de caducidad de la segunda instancia importa el
desistimiento del recurso interpuesto por el peticionario en el
caso de que aquel prosperase".
Art. 2 .- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
José A. Romero Feris.
LOS FUNDAMENTOS DE ESTE PROYECTO DE LEY SE ENCUENTRAN PUBLICADOS EN
EL D.A.E. 95/97.
- A la Comisión de Legislación General.