Número de Expediente 1779/07
N° | Origen | Tipo | Extracto |
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1779/07 | Senado De La Nación | Proyecto De Comunicación | MENEM : PROYECTO DE COMUNICACION SOLICITANDO LAS MEDIDAS PARA PROHIBIR LA COMERCIALIZACION DE PRODUCTOS ALIMENTICIOS QUE CONTENGAN GRASAS TRANS .- |
Listado de Autores |
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Menem
, Carlos Saúl
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Fechas en Dir. Mesa de Entradas
MESA DE ENTRADAS | DADO CUENTA | Nº DE D.A.E. |
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07-06-2007 | 27-06-2007 | 81/2007 Tipo: NORMAL |
Fecha de Ingreso a Dir. Gral. de Comisiones
DIR. GRAL. de COMISIONES | INGRESO DEL DICTAMEN A LA MESA DE ENTRADAS |
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SIN FECHA | 07-08-2008 |
14-06-2007 | 04-09-2007 |
Giros del Expediente a Comisiones
COMISIÓN | FECHA DE INGRESO | FECHA DE EGRESO |
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ORDEN DE GIRO: 1 |
09-10-2008 | 28-02-2010 |
DE TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL
ORDEN DE GIRO: 0 |
06-06-2008 | 07-08-2008 |
ORDEN DE GIRO: 0 |
06-06-2008 | 07-08-2008 |
ORDEN DE GIRO: 0 |
14-06-2007 | 04-09-2007 |
ENVIADO AL ARCHIVO : 04-08-2010
Resoluciones
SENADO |
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FECHA DE SANCION: 28-11-2007 |
SANCION: APROBO |
COMENTARIO: CON MODIFICACIONES |
NOTA:SE AP. OTRO PL. CONJ. S. 13,163,616,1278,2349,3439,4236,4370/06,341,608,2049/07 |
SANCION DE LEY |
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FECHA DE SANCION: 13-08-2008 |
NUMERO DE LEY: 26396 |
PODER EJECUTIVO DE LA NACION |
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RESOLUCION: Observacion Parcial |
FECHA: 02-09-2008 |
OBSERVACIONES: SE OBSERVAN LOS ARTS. 5º,11,20 Y 21. (PE 257/08 ) |
DECRETO NUMERO: 1395/08 |
FECHA DEL DECRETO: 02-09-2008 |
OBSERVACIONES |
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DICT. CONJ.; VER S. 13/06 28/02/10 CADUCA LA OBSERVACION , ISP-175/08. |
Órdenes del Día
NÚMERO | DE FECHA | ESTADO | ANEXO |
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739/07 | 05-09-2007 | APROBADA | |
495/08 | 08-08-2008 | APROBADA |
Senado de la Nación
Secretaría Parlamentaria
Dirección Publicaciones
(S-1779/07)
PROYECTO DE COMUNICACION
El Senado de la Nación
COMUNICA:
Vería con agrado que el Poder Ejecutivo, a través de la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica dependiente del Ministerio de Salud, disponga las modificaciones necesarias al Código Alimentario Argentino (Ley 18.284 y su reglamentación) para prohibir la comercialización en el territorio de la República Argentina de productos alimenticios destinados al consumo humano que contengan grasas trans en cualquier proporción, debiéndose implementar una plan de transición hasta llegar a la eliminación absoluta de las mismas.
Carlos S. Menem.
FUNDAMENTOS
Señor Presidente:
A diferencia de otras grasas, la mayoría de los ácidos grasos trans se forman cuando los aceites, que se encuentran en estado líquido, se convierten en grasas sólidas como por ejemplo en la elaboración de frituras y margarina. Esencialmente, los ácidos grasos trans aparecen cuando se agrega hidrógeno a los aceites vegetales, proceso llamado hidrogenación. La hidrogenación retarda la caducidad y mantiene estable el sabor de los alimentos que contienen estas grasas.
A través del proceso de hidrogenación es posible obtener este tipo de lípidos a partir de ciertas grasas vegetales. De forma sencilla y barata se obtienen así grasas y aceites de fritura que son muy útiles para la industria alimentaria, ya que permiten mejorar la perdurabilidad, el sabor y la textura de los productos.
Sin embargo, hay pequeñas cantidades de ácidos grasos trans de manera natural en algunos alimentos, como también están presentes de forma natural en los rumiantes, como las vacas u ovejas. Se generan a causa de la acción de determinadas bacterias en los estómagos de estos animales y se encuentran, en pequeñas cantidades, en su carne y los productos lácteos enteros, los que no llegan a afectar de ninguna manera la salud.
Las grasas trans industriales nacieron en la primera década del siglo XX, aunque su proliferación no llegó hasta los años 60. A partir de entonces, se extendieron rápidamente por su bajo costo y ya que se creía que eran un buen sustitutivo de las grasas de origen animal (saturadas), que, en exceso, tienen un efecto nocivo para la salud. Pronto pasaron a formar parte de muchos de los productos de panificación, horneados y artículos de comida rápida que millones de personas consumen cada día.
Pese a esto, muchas son las voces que, en los últimos tiempos, se alzan contra la utilización de estas grasas en la alimentación debido a los importantes riesgos cardiovasculares que se asocian a su consumo, llegando la Organización Mundial de la Salud a recomendar eliminarlas gradualmente
Recientemente la revista 'The New England Journal of Medicine' publicaba una revisión sobre este tema que repasaba los últimos estudios científicos realizados sobre las grasas 'trans'. En sus conclusiones, este artículo destacaba, entre otras cosas, el hecho de que estos lípidos elevan el nivel de colesterol LDL o "malo", disminuyen la presencia del HDL o "bueno", favorecen la aterosclerosis y aumenta considerablemente el riesgo cardiovascular. Según un reporte de investigadores del Harvard School of Public Health de 1999, por lo menos 30 mil de las muertes al año por ataque cardíaco en los Estados Unidos podría prevenirse si la gente reemplazara las grasas trans por aceites polisaturados o monosaturados.
Según se sostiene en la mayoría de los estudios científicos, el consumo de grasas saturadas conlleva un considerable daño potencial y, sin embargo, ningún beneficio aparente, afirmando que ingerir cinco gramos diarios de estos lípidos aumenta un 25% el riesgo de infarto.
En 2004, Dinamarca se convirtió en el primer país en desterrar de su territorio a los ácidos grasos trans a través de una ley que prohíbe la presencia de más de un 2% de este lípido en cualquier alimento.
En Estados Unidos, que desde enero de 2006 exige que todas las etiquetas nutricionales detallen la presencia de grasas trans en cualquier producto. Nueva York será la primera ciudad de ese país que prohíba las grasas trans. A partir del primero de julio del 2007 la Junta de Salud Pública, ha decidido que los establecimientos de comidas ya no podrán usar los llamados "trans fat" o los aceites para freír que utilizan ese tipo de grasas hidrogenadas. Y para el primero de julio del 2008, tendrán que eliminar toda grasa vegetal artificial de sus comidas.
Una nueva disposición legal para el Mercosur establece que, a partir de agosto del 2006, todos los alimentos envasados deberán indicar en su etiqueta los valores nutricionales, para contribuir a un mayor conocimiento que permita disminuir la incidencia en la salud pública de enfermedades crónicas no transmisibles como la obesidad, la diabetes y enfermedades cardiovasculares.
Dentro de este contexto es necesario que la Argentina avance en el sentido de eliminar las grasas trans de los alimentos, nacionales e importados destinados al consumo humano, sean elaborados de manera industrial o artesanal en restaurantes. Para ello es necesario modificar el Código Alimentario Argentino resultado conveniente que la autoridad de aplicación establezca un régimen de transición para la gradual eliminación de este componente dañino para la salud sin afectar a la industria alimenticia.
Por las razones expuestas solicito la aprobación del presente Proyecto de Comunicación.
Carlos S. Menem.
Texto Original