Número de Expediente 177/04
N° | Origen | Tipo | Extracto |
---|---|---|---|
177/04 | Senado De La Nación | Proyecto De Declaración | PRADES : PROYECTO DE DECLARACION EXPRESANDO BENEPLACITO POR LA 1° JORNADA POR LOS DERECHOS DE LA MUJER EN CALETA OLIVIA , SANTA CRUZ . |
Listado de Autores |
---|
Prades
, Carlos Alfonso
|
Fechas en Dir. Mesa de Entradas
MESA DE ENTRADAS | DADO CUENTA | Nº DE D.A.E. |
---|---|---|
04-03-2004 | 18-03-2004 | 14/2004 Tipo: NORMAL |
Fecha de Ingreso a Dir. Gral. de Comisiones
DIR. GRAL. de COMISIONES | INGRESO DEL DICTAMEN A LA MESA DE ENTRADAS |
---|---|
05-03-2004 | SIN FECHA |
Giros del Expediente a Comisiones
COMISIÓN | FECHA DE INGRESO | FECHA DE EGRESO |
---|---|---|
DE POBLACIÓN Y DESARROLLO HUMANO
ORDEN DE GIRO: 1 |
05-03-2004 | 21-04-2004 |
ENVIADO AL ARCHIVO : 20-05-2004
Resoluciones
SENADO |
---|
FECHA DE SANCION: 21-04-2004 |
SANCION: APROBO |
COMENTARIO: SOBRE TABLAS |
NOTA: |
En proceso de carga
Senado de la Nación
Secretaría Parlamentaria
Dirección Publicaciones
(S-0177/04)
PROYECTO DE DECLARACIÓN
El Senado de la Nación
DECLARA:
Expresar su beneplácito por la realización de la 1° Jornada por los
"Derechos de la Mujer" organizada por el Centro de Jubilados y
Pensionados de la Asociación de Trabajadores del Estado (A.T.E) de la
ciudad de Caleta Olivia - Santa Cruz, con el objeto de conmemorar y
celebrar el Día Internacional de la Mujer.
Carlos A. Prades.-
FUNDAMENTOS
Señor Presidente:
El 8 de marzo se celebra el Día
Internacional de la Mujer, por tal motivo el Centro de Jubilados y
pensionados de la Asociación de Trabajadores del Estado de Caleta
Olivia, ha organizado para el día 6 de Marzo la 1° Jornada por los
"Derechos de la Mujer" con la finalidad no sólo de rendir homenaje a
las ciudadanas de esa localidad sino también de generar una toma de
conciencia colectiva sobre los Derechos Humanos que le brindan
protección a la Mujer y la facultan para actuar ante situaciones de
injusticia, discriminación, intolerancia o maltrato que atenten contra
su dignidad.
La DECLARACIÓN UNIVERSAL DE DERECHOS
HUMANOS, que tiene Jerarquía Constitucional a partir de su ratificación
en el año 1994, establece el principio de la no discriminación y
proclama que todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad
y derechos y que toda persona tiene todos los derechos y libertades
proclamados en dicha Declaración, sin distinción alguna, incluida la
distinción por razón de sexo.
En cuanto a la DECLARACIÓN SOBRE EL DERECHO Y EL DEBER DE LOS
INDIVIDUOS, LOS GRUPOS Y LAS INSTITUCIONES DE PROMOVER Y PROTEGER LOS
DERECHOS HUMANOS Y LAS LIBERTADES FUNDAMENTALES UNIVERSALMENTE
RECONOCIDOS, Reafirma la importancia de la observancia de los
propósitos y principios de la Carta de las Naciones Unidas para la
promoción y la protección de todos los derechos humanos y libertades
fundamentales para todas las personas en todos los países del mundo, y
en su artículo 6° enuncia:
Toda persona tiene derecho, individualmente y con otras:
a) A conocer, recabar, obtener, recibir y poseer información sobre
todos los derechos humanos y libertades fundamentales, con inclusión
del acceso a la información sobre los medios por los que se da efecto a
tales derechos y libertades en los sistemas legislativo, judicial y
administrativo internos;
b) Conforme a lo dispuesto en los instrumentos de derechos humanos y
otros instrumentos internacionales aplicables, a publicar, impartir o
difundir libremente a terceros opiniones, informaciones y conocimientos
relativos a todos los derechos humanos y las libertades fundamentales;
c) A estudiar y debatir si esos derechos y libertades fundamentales se
observan, tanto en la ley como en la práctica, y a formarse y mantener
una opinión al respecto, así como a señalar a la atención del público
esas cuestiones por conducto de esos medios y de otros medios
adecuados.
También en su artículo 16° afirma:
"Los particulares, las organizaciones no gubernamentales y las
instituciones pertinentes tienen la importante misión de contribuir a
sensibilizar al público sobre las cuestiones relativas a todos los
derechos humanos y las libertades fundamentales mediante actividades de
enseñanza, capacitación e investigación en esas esferas con el objeto
de fortalecer, entre otras cosas, la comprensión, la tolerancia, la paz
y las relaciones de amistad entre las naciones y entre todos los grupos
raciales y religiosos, teniendo en cuenta las diferentes mentalidades
de las sociedades y comunidades en las que llevan a cabo sus
actividades"...
Razón por la cual el Senado de la Nación felicita y alienta la
organización de Jornadas de ésta índole, transmite su adhesión al
Centro de Jubilados y pensionados de la Asociación de Trabajadores del
Estado de Caleta Olivia - Santa Cruz e invita a la misma a continuar
con estas actividades y a promocionar la existencia de una variedad de
Instrumentos Internacionales de Derechos Humanos que respaldan a la
Mujer:
1. Declaración sobre Eliminación de la Discriminación contra la mujer.
2. Convención sobre la Eliminación de todas las formas de
discriminación contra la mujer.
3. Declaración sobre la protección de la mujer y el niño en estados de
emergencia o de conflicto armado.
4. Declaración sobre la Eliminación de la Violencia contra la Mujer.
5. Protocolo Facultativo de la Convención sobre la Eliminación de todas
las formas de discriminación contra la mujer.
La Declaración sobre la eliminación de la discriminación contra la
mujer considera que la discriminación contra la mujer es incompatible
con la dignidad humana y con el bienestar de la familia y de la
sociedad, impide su participación en la vida política, social,
económica y cultural de sus países en condiciones de igualdad con el
hombre, y constituye un obstáculo para el pleno desarrollo de las
posibilidades que tiene la mujer de servir a sus países y a la
humanidad.
El 8 de Marzo de cada año permite rememorar la importancia de la
contribución de la mujer a la vida social, política, económica y
cultural, así como su función en la familia y especialmente en la
educación de los hijos.
La máxima participación tanto de las mujeres como de los hombres en
todos los campos es indispensable para el desarrollo total de un país,
el bienestar del mundo y la causa de la paz, razón por la cual es
fundamental garantizar el reconocimiento universal, de hecho y en
derecho, del principio de igualdad del hombre y la mujer, no sólo una
vez al año sino cotidianamente. Justamente este tipo de iniciativas
cumplen con este mandato.
Es por lo expuesto anteriormente, que invito a mis pares a que me
acompañen en el presente Proyecto de Declaración.
Carlos A. Prades.-
Secretaría Parlamentaria
Dirección Publicaciones
(S-0177/04)
PROYECTO DE DECLARACIÓN
El Senado de la Nación
DECLARA:
Expresar su beneplácito por la realización de la 1° Jornada por los
"Derechos de la Mujer" organizada por el Centro de Jubilados y
Pensionados de la Asociación de Trabajadores del Estado (A.T.E) de la
ciudad de Caleta Olivia - Santa Cruz, con el objeto de conmemorar y
celebrar el Día Internacional de la Mujer.
Carlos A. Prades.-
FUNDAMENTOS
Señor Presidente:
El 8 de marzo se celebra el Día
Internacional de la Mujer, por tal motivo el Centro de Jubilados y
pensionados de la Asociación de Trabajadores del Estado de Caleta
Olivia, ha organizado para el día 6 de Marzo la 1° Jornada por los
"Derechos de la Mujer" con la finalidad no sólo de rendir homenaje a
las ciudadanas de esa localidad sino también de generar una toma de
conciencia colectiva sobre los Derechos Humanos que le brindan
protección a la Mujer y la facultan para actuar ante situaciones de
injusticia, discriminación, intolerancia o maltrato que atenten contra
su dignidad.
La DECLARACIÓN UNIVERSAL DE DERECHOS
HUMANOS, que tiene Jerarquía Constitucional a partir de su ratificación
en el año 1994, establece el principio de la no discriminación y
proclama que todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad
y derechos y que toda persona tiene todos los derechos y libertades
proclamados en dicha Declaración, sin distinción alguna, incluida la
distinción por razón de sexo.
En cuanto a la DECLARACIÓN SOBRE EL DERECHO Y EL DEBER DE LOS
INDIVIDUOS, LOS GRUPOS Y LAS INSTITUCIONES DE PROMOVER Y PROTEGER LOS
DERECHOS HUMANOS Y LAS LIBERTADES FUNDAMENTALES UNIVERSALMENTE
RECONOCIDOS, Reafirma la importancia de la observancia de los
propósitos y principios de la Carta de las Naciones Unidas para la
promoción y la protección de todos los derechos humanos y libertades
fundamentales para todas las personas en todos los países del mundo, y
en su artículo 6° enuncia:
Toda persona tiene derecho, individualmente y con otras:
a) A conocer, recabar, obtener, recibir y poseer información sobre
todos los derechos humanos y libertades fundamentales, con inclusión
del acceso a la información sobre los medios por los que se da efecto a
tales derechos y libertades en los sistemas legislativo, judicial y
administrativo internos;
b) Conforme a lo dispuesto en los instrumentos de derechos humanos y
otros instrumentos internacionales aplicables, a publicar, impartir o
difundir libremente a terceros opiniones, informaciones y conocimientos
relativos a todos los derechos humanos y las libertades fundamentales;
c) A estudiar y debatir si esos derechos y libertades fundamentales se
observan, tanto en la ley como en la práctica, y a formarse y mantener
una opinión al respecto, así como a señalar a la atención del público
esas cuestiones por conducto de esos medios y de otros medios
adecuados.
También en su artículo 16° afirma:
"Los particulares, las organizaciones no gubernamentales y las
instituciones pertinentes tienen la importante misión de contribuir a
sensibilizar al público sobre las cuestiones relativas a todos los
derechos humanos y las libertades fundamentales mediante actividades de
enseñanza, capacitación e investigación en esas esferas con el objeto
de fortalecer, entre otras cosas, la comprensión, la tolerancia, la paz
y las relaciones de amistad entre las naciones y entre todos los grupos
raciales y religiosos, teniendo en cuenta las diferentes mentalidades
de las sociedades y comunidades en las que llevan a cabo sus
actividades"...
Razón por la cual el Senado de la Nación felicita y alienta la
organización de Jornadas de ésta índole, transmite su adhesión al
Centro de Jubilados y pensionados de la Asociación de Trabajadores del
Estado de Caleta Olivia - Santa Cruz e invita a la misma a continuar
con estas actividades y a promocionar la existencia de una variedad de
Instrumentos Internacionales de Derechos Humanos que respaldan a la
Mujer:
1. Declaración sobre Eliminación de la Discriminación contra la mujer.
2. Convención sobre la Eliminación de todas las formas de
discriminación contra la mujer.
3. Declaración sobre la protección de la mujer y el niño en estados de
emergencia o de conflicto armado.
4. Declaración sobre la Eliminación de la Violencia contra la Mujer.
5. Protocolo Facultativo de la Convención sobre la Eliminación de todas
las formas de discriminación contra la mujer.
La Declaración sobre la eliminación de la discriminación contra la
mujer considera que la discriminación contra la mujer es incompatible
con la dignidad humana y con el bienestar de la familia y de la
sociedad, impide su participación en la vida política, social,
económica y cultural de sus países en condiciones de igualdad con el
hombre, y constituye un obstáculo para el pleno desarrollo de las
posibilidades que tiene la mujer de servir a sus países y a la
humanidad.
El 8 de Marzo de cada año permite rememorar la importancia de la
contribución de la mujer a la vida social, política, económica y
cultural, así como su función en la familia y especialmente en la
educación de los hijos.
La máxima participación tanto de las mujeres como de los hombres en
todos los campos es indispensable para el desarrollo total de un país,
el bienestar del mundo y la causa de la paz, razón por la cual es
fundamental garantizar el reconocimiento universal, de hecho y en
derecho, del principio de igualdad del hombre y la mujer, no sólo una
vez al año sino cotidianamente. Justamente este tipo de iniciativas
cumplen con este mandato.
Es por lo expuesto anteriormente, que invito a mis pares a que me
acompañen en el presente Proyecto de Declaración.
Carlos A. Prades.-